RRPP y El derecho a la comunicación.

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RRPP y El derecho a la comunicación. by Mind Map: RRPP y El derecho a la comunicación.

1. Características.

1.1. Las Relaciones Públicas implementan técnicas de negociación, marketing y publicidad para complementar y reforzar su desempeño en el marco de un entorno social particular y único

1.2. Con el fin de que una buena imagen de la compania interfiera a través de los sentidos en sus respectivos públicos para así lograr la obtención de mejores posibilidades para competir y obtener mejores dividendos.

1.3. La práctica de las Relaciones Públicas es el arte y la ciencia social de analizar tendencias, predecir sus consecuencias, asesorar a los lideres de organizaciones y poner en práctica programas planificados de acción que servirán a los intereses de la organización y del públicol

2. ¿Que son?

2.1. Las Relaciones Públicas son un conjunto de acciones de comunicación estratégica coordinadas y sostenidas a lo largo del tiempo.

2.2. tienen como principal objetivo fortalecer los vínculos con los distintos públicos, escuchándolos, informándoos y persuadiéndolos para lograr:

2.3. consenso, fidelidad y apoyo de los mismos en acciones presentes y/o futuras.

3. Orientado a:

3.1. Quienes se encargan de las RR. PP. de una empresa o de una organización deben transmitir los valores positivos de la corporación y responder a las inquietudes o quejas de la comunidad. Entre sus objetivos se encuentran definir la identidad de la organización, difundir su filosofía y cuidar su reputación. Para eso se trabaja en conjunto con los medios de comunicación y se organizan diferentes tipos de eventos.

3.2. El público es el elemento más importante de este proceso, y se trata de un grupo de individuos vinculados por afinidades e intereses en común. Dentro de este conjunto distinguimos los siguientes tipos:

3.3. * público interno: se trata del que tiene un vínculo especialmente estrecho con los objetivos de la entidad  * público externo: si bien debe compartir los intereses con la compañía, este grupo de personas no está relacionado directamente con la misma.  * mixto: se encuentra a mitad de camino entre los puntos extremos de los dos tipos de público anteriores; * mixto semi-interno: está compuesto por los parientes de los empleados, los clientes reales y los distribuidores y proveedores que mantienen una relación de exclusividad con la empresa; * mixto semi-externo: pueden ser bancos usados por los accionistas para operar, sindicatos y clientes ocasionales.

4. En el periodismo.

4.1. El Manifiesto de Periodismo y Derechos Humanos:

4.2. La Declaración Universal de los Derechos Humanos debe ser el marco ético del periodismo. El derecho a la información es una condición fundamental para el desarrollo pleno de la democracia, así como para que los ciudadanos puedan opinar y actuar libremente. Los periodistas y las empresas periodísticas deben contribuir a que se respeten los derechos humanos, y su labor debe poner de manifiesto todas sus violaciones.

4.3. La independencia de los periodistas es vital para la sociedad y el periodismo es un servicio público a los ciudadanos que no puede estar sometido a intereses políticos o económicos particulares. La defensa de los Derechos Humanos es una de las tareas primordiales del periodismo y los periodistas no podrán ejercer su labor si sus propios derechos humanos son vulnerados.

5. ¿Que es?

5.1. Desde la concepción del derecho a la comunicación como un derecho humano universal e indivisible, la Cátedra II Derecho de la Comunicación plantea el abordaje conceptual del devenir histórico de la libertad de expresión al derecho a la comunicación.

5.2. Sus fundamentos constitucionales y en los tratados internacionales de derechos humanos, con énfasis en el sistema interamericano.

5.3. Aborda la prohibición de la censura; los derechos del sujeto profesional; las responsabilidades ulteriores del ejercicio del derecho a comunicar (responsabilidades civiles, penales, administrativas y derecho de rectificación o respuesta).

6. Características.

6.1. “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

6.2. Los objetivos generales son: a) Aportar los conocimientos jurídicos pertinentes integrados a la comunicación y Brindar los conocimientos y conceptos jurídicos fundamentales para la concreción del derecho a dar y recibir información tanto para el sujeto profesional como para el sujeto universal.

6.3. Objetivos específicos: a) Conocer, estudiar y reflexionar, desde una mirada multidisciplinaria, los derechos y responsabilidades ulteriores del ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información y Brindar las herramientas para la fundamentalmente jurídica de los derechos constitucionales y de los tratados internacionales de derechos humanos en materia de libertad de expresión y derecho a la comunicación.