Clasificación de las Normas Jurídicas

La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.

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Clasificación de las Normas Jurídicas by Mind Map: Clasificación de las  Normas Jurídicas

1. Por el ámbito de su validez

1.1. Temporal

1.1.1. De vigencia determinada pero tambien indeterminadas

1.2. Espacial

1.2.1. Generales y Locales

1.3. Material

1.3.1. Se refiere a aquellas que son de derecho privado o de derecho público

1.4. Personal

1.4.1. Se trata de las que son generalizadas, abstractas e inclusive individualizadas

2. Desde el punto de vista de la violación y de las sanciones de las normas

2.1. Leyes perfectas

2.1.1. Aquellas cuya sanción consiste en la inexistencia o nulidad de los actos que las vulneran.

2.2. Leyes mas que perfectas

2.2.1. Aquellas que no anulan el acto que las vulneran, por haberse consumado éste de un modo irreparable, en cuyo caso se impone al infractor un castigo y además una reparación pecuniaria.

2.3. Leyes menos que perfectas

2.3.1. Aquellas normas cuya violación no impiden que el acto violatorio produzca efectos jurídicos, pero que hacen al sujeto acreedor a un castigo. Por ejemplo, el tutor que se casa con quien ha estado bajo su guarda, el matrimonio no es nulo, pero si ilícito y se aplica una sanción.

2.4. Leyes imperfectas

2.4.1. Aquellas normas cuya infracción carece de sanción. Estas es muy frecuente que se den en derecho público internacional, por ejemplo: deberían sancionar a E.U.A. por bombardear pueblos sin tener pruebas contundentes de que se encuentran los líderes terroristas en ellos, sin embargo, no se hace.

3. Desde el punto de vista de su cualidad o forma de vincular la voluntad de los individuos

3.1. Positivas

3.1.1. Aquellas normas que permiten realizar ciertas conductas, bien sea una acción o una omisión. A su vez, las normas positivas pueden ser preceptivas o permisivas.

3.2. Negativas

3.2.1. Son las que prohíben determinados comportamientos, ya sean de acción o de omisión.

4. Por su función o finalidad

4.1. Normas de Conducta

4.1.1. Son aquellas normas que regulan una conducta de acción u omisión. Su objetivo inmediato es regular los comportamientos de los individuos y las actividades de los grupos y entidades sociales en general.

4.2. Normas de Organización

4.2.1. Son aquellas que adquieren un significado pleno cuando se las relaciona con otras normas a las cuales complementan. Estipulan las condiciones y determinan los medios para la eficacia de las primeras. Por ello, poseen un carácter instrumental, estableciendo la estructura y funcionamiento de óranos, o la regulación de procesos técnicos de identificación y aplicación de las normas.

5. Por su origen

5.1. Negociales

5.1.1. Las contenidas en las cláusulas de los contratos o negocios jurídicos, puesto que lo establecido en ellas por las partes les obliga jurídicamente.

5.2. Legales

5.2.1. Son normas escritas dictadas por los órganos legislativos competentes del Estado.

5.3. Consuetudinarias

5.3.1. Se trata de la repetición reiterada de determinadas conductas, las llamadas “costumbres jurídicas”

5.4. Jurisprudenciales

5.4.1. Normas que provienen de la actividad judicial llevada a cabo por algunos tribunales.

6. Por el grado de imperatividad

6.1. Primarias

6.1.1. Aquellas que ocupan la escala más alta o importante dentro del ordenamiento jurídico, es decir, las que se sitúan en el más alto rango jerárquico.

6.2. Secundarias

6.2.1. Aquellas que ocupan una escala inferior en la jerarquía normativa. Su condición de inferioridad se debe al hecho de no ser válidas por sí mismas, sino que adquieren su condición de validez de otra norma superior.

7. Por la jerarquía formal o el lugar que las normas ocupan en el ordenamiento jurídico

7.1. Taxativas

7.1.1. Son aquellas que no pueden ser derogadas por la voluntad de los particulares a los cuales van dirigidas.

7.2. Dispositivas

7.2.1. Son las que pueden renunciarse por los particulares y que solamente rigen siempre y cuando los sujetos a los cuales van dirigidas no hayan previsto una forma diversa de la establecida en la norma.