Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales

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Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales by Mind Map: Comisariado Ejidal o de Bienes Comunales

1. Facultades y Obligaciones (Art. 33 Ley Agraria)

1.1. Representar al núcleo de población ejidal y administrar los bienes comunes en términos que rige la asamblea con las facultades de un apoderado general para actos de administración, pleitos y cobranzas.

1.2. Procurar que se respeten estrictamente los derechos de los ejidatarios.

1.3. Convocar a la Asamblea en los términos de la ley.

1.4. Dar cuenta a la Asamblea de las labores efectuadas y del movimiento de fondos, así como informar a ésta sobre los trabajos de aprovechamiento de las tierras de uso común y el estado que éstas se encuentren.

1.5. Cumplir con los acuerdos que se toman en la Asamblea.

2. kjk

2.1. Point #1

2.2. Point #2

3. ¿Cómo y cada cuándo se eligen?

3.1. De acuerdo al artículo 37 de la Ley Agraria los miembros del comisariado y del consejo de vigilancia, así como sus suplentes, son electos en Asamblea mediante voto secreto y el conteo y revisión pública e inmediata.

3.2. No reelección., hasta que pasen 3 años mínimo.

4. Concepto

4.1. Representación y gestión administrativa del ejido.

4.2. Lleva la representación jurídica del núcleo agrario ante terceros con fundamento en los acuerdos tomados por la Asamblea legalmente constituida.

4.3. Ejecuta y hace cumplir los acuerdos tomados por la Asamblea,  así como de la representación y gestión administrativa del ejido.

5. Obligaciones del comisariado

5.1. Ser responsable de la permanencia de las cédulas para convocar a Asamblea en lugares fijados para efectos de su publicidad.

5.2. Verificar que se respete el derecho de tanto en su caso de primera enajenación sobre las parcelas en que se hubiere adoptado el dominio pleno.

5.3. Llevar el libro de registro en donde se asentarán los nombres y datos básicos de identificación de los ejidatarios que integran el núcleo de población.