LEY PENAL DE AMBIENTE

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LEY PENAL DE AMBIENTE by Mind Map: LEY PENAL DE AMBIENTE

1. causas de contaminacion ambiental

2. causas de la contaminacion ambiental

2.1. Desechos sólidos domésticos, desechos sólidos industriales, exceso de fertilizante y productos químicos, tala, quema, basura y el monóxido de carbono de los vehículos.

3. desechos toxicos

3.1. Están previsto en los artículos 62 y 63 de la Ley

4. contaminacion del aire

4.1. adición dañina a la atmósfera de gases tóxicos, CO, u otros que afectan el normal desarrollo de plantas, animales y que afectan negativamente la salud de los humanos

5. ley penal contra los delitos informatico

5.1. Delitos contra los sistemas que utilizan tecnologías de información. a) El acceso indebido a un sistema, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 10 a 50 unidades tributarias (UT); b) El sabotaje o daño a sistemas, incluyendo cualquier acto que altere su funcionamiento, penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de 400 a 800 UT, que aumentará a prisión de cinco a diez años y multa de 500 a 1.000 UT si para su comisión se utiliza un virus o medio análogo. Si se trata de sabotaje o daño culposo, la pena se reduce entre la mitad y dos tercios. Si se trata de sabotaje o acceso indebido a sistemas protegidos, la pena aumenta entre la tercera parte y la mitad; c) La posesión de equipos o prestación de servicios para actividades de sabotaje, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT; d) El espionaje informático, que incluye la obtención, difusión y revelación de información, hechos o conceptos contenidos en un sistema, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT. Si el delito se comete para procurar un beneficio para sí o para otro, la pena aumenta entre un tercio y la mitad. El aumento será de la mitad a dos tercios si se pone en peligro la seguridad del Estado, la confiabilidad de la operación de las personas afectadas o si como resultado de la revelación alguna persona sufre un daño; y e) La falsificación de documentos mediante el uso de tecnologías de información o la creación, modificación o alteración de datos en un documento, penado con prisión de tres a seis años y multa de 300 a 600 UT. Si el delito se comete para procurar un beneficio para sí o para otro, la pena aumenta entre un tercio y la mitad. Si el hecho resulta en un perjuicio para otro, el aumento será de la mitad a dos tercios

5.1.1. Delitos contra la propiedad. La técnica legislativa utilizada en este caso es incorrecta, pues a delitos ya previstos en la codificación penal se les crea una supuesta independencia, cuando la única diferencia existente es el medio utilizado (electrónico en lugar de mecánico o material) y la naturaleza del bien tutelado, que en este caso es intangible, mientras que en los bienes muebles es física. En esta clase se incluyen: a) El hurto, que consiste básicamente en apoderarse de un bien o valor tangible o intangible de carácter patrimonial, sustrayéndolo a su tenedor mediante el acceso, interceptación, interferencia, manipulación o uso de un sistema que utilice tecnologías de información, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT; b) El fraude realizado mediante el uso indebido de tecnologías de información, penado con prisión de tres a siete años y multa de 300 a 700 UT; c) La obtención indebida de bienes o servicios mediante el uso de tarjetas inteligentes (tarjetas de crédito, de débito o de identificación que garanticen el acceso a un sistema reservado u otras similares, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT;

5.1.2. los crímenes por computadora comprenden "cualquier comportamiento criminógeno en el cual la computadora ha estado involucrada como material o como objeto de la acción criminógena, como mero símbolo

5.2. delitos contra el orden economico La apropiación indebida de propiedad intelectual mediante la reproducción, divulgación, modificación o copia de un software, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 100 a 500 UT; y b) La oferta engañosa de bienes o servicios mediante la utilización de tecnologías de la información, penado con prisión de uno a cinco años y multa de 100 a 500 UT, sin perjuicio de la comisión de un delito más grave

5.3. El delito informático implica actividades criminales cometidos en sistemas

5.3.1. Delitos contra los niños, niñas y adolescente. La difusión o exhibición de material pornográfico sin la debida advertencia para que se restrinja el acceso a menores de edad, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT; y b) La exhibición pornográfica de niños o adolescentes, penado con prisión de cuatro a ocho años y multa de 400 a 800 UT.

5.3.2. delitos contra los nños y la publcacion d material ponografico de ellos

5.3.3. tales como robos o hurto, fraudes, falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje

5.3.3.1. Los delitos contra la privacidad de las personas y las comunicaciones son los siguientes: a) La violación de la privacidad de la data o información de carácter personal que se encuentre en un sistema que use tecnologías de información, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT. Esta pena se aumentara de un tercio a la mitad si como consecuencia del delito descrito resulta un perjuicio para el titular de la información o para un tercero; b) La violación de la privacidad de las comunicaciones, penado con prisión de dos a seis años de prisión y una multa de 200 a 600 UT; y c) La revelación indebida de datos o información obtenidos por los medios descritos en los literales a) o b) anteriores, penado con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT. Esta pena se aumentara de un tercio a la mitad si el delito se cometió con fines de lucro o si resulta en un perjuicio para otro.

5.3.4. se encuentran previstas en el art. 2 de la Ley, tales como:

5.3.4.1. Tecnología de Información: rama de la tecnología que se dedica al estudio, aplicación y procesamiento de data, lo cual involucra la obtención, creación, almacenamiento  tales como hardware y software

5.3.4.2. Documento: registro incorporado en un sistema en forma de escrito, video, audio o cualquier otro medio, que contiene data o información acerca de un hecho o acto capaces de causar efectos jurídicos.

5.3.4.2.1. Sistema: cualquier arreglo organizado de recursos y procedimientos diseñados para el uso de tecnologías de información  que combina una serie de datos para cumplir una funcion

5.3.4.3. Data: hechos, conceptos, instrucciones o caracteres representados de una manera apropiada para que sean comunicados, transmitidos o procesados por seres humanos

5.3.4.4. Información: significado que el ser humano le asigna a la data utilizando las convenciones conocidas y generalmente aceptadas

5.3.4.5. software y hardware son dispositivos organizados y trabajande forma independiente

6. sanciona delitos que violan la conservacion ambiental previstas en el art. 24 de la Ley

7. denomina contaminación ambiental a la presencia en el ambiente de cualquier agente (físico, químico o biológico

7.1. sanciones principales tales como: la prisión, el arresto, la multa y otros trabajos comunitarios y sanciones accesorias que se aplicarán a juicio del tribunal

7.2. todas aquellas acciones ilícitas que contravenga con la conservación del medio ambiente se configura en delitos y están previstas en los arts. 28 al 63 de la Ley

8. contaminacion del agua

8.1. incorporación al agua de materias extrañas, como microorganismos, productos químicos, residuos industriales, y de otros tipos o aguas residuales.

9. contaminacion del suelo

9.1. incorporación al suelo de materias extrañas, como basura, desechos tóxicos, productos químicos, y desechos industriales