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Propiedad by Mind Map: Propiedad

1. Disposiciones Generales

1.1. La Propiedad

1.1.1. La propiedad puede ser ocupada contra la voluntad de su dueño o por causa de utilidad pública. La utilidad publica que hace el gobierno del distrito federal de terrenos apropiados es para venderlos o los alquilan a la gente pobre por una renta módica.

1.2. Propietario

1.2.1. Puede gozar y disponer de las limitaciones y modalidades que fijan las leyes.

1.2.2. El propietario o el inquilino de un predio tiene derecho a las acciones que proceden al mal uso de la propiedad del vecino, se perjudica la seguridad, la salud de los que habitan el predio. Todo propietario tiene derecho a deslindar su propiedad y exigir el amojonamiento de la misma. Tambien tiene derecho y en su caso obligación, de cerrar o cercar su propiedad como lo disponga la ley

1.3. Nadie puede plantear arboles cerca de una heredad ajena, sino a la distancia de dos metros de línea divisora. El propietario puede pedir que se arranque los árboles plantados a menor distancia de su predio de la señalada.

1.3.1. La autoridad

1.3.2. Mediante una indemnización puede ocupar la propiedad particular, deteriorarla y destruirla.

1.3.2.1. Predio

1.3.2.1.1. No le pertenece al dueño del predio los minerales o sustancias mencionadas en el párrafo cuarto del art 27 de la constitución política de los estados unidos. En un predio no pueden hacerse excavaciones o construcciones que hagan perder el sostén necesario al suelo de la propiedad vecina

2. Los tesoros

2.1. El deposito oculto de dinero, alhajas u otros objetos preciosos cuya legítima procedencia se ignore. Nunca un tesoro se considera como fruto de una finca

2.1.1. -El tesoro oculto pertenece al que lo descubre en sitio de su propiedad.  -Si el sitio fuere de dominio del poder publico o perteneciere a alguna persona particular que no sea el mismo descubridor, se aplicara a éste una mitad del tesoro y la otra mitad al propietario del sitio.

2.1.2. Prohibición de desviar aguas a predio vecino

2.1.2.1. El propietario no puede hacer que las aguas, correspondientes a predio discurran a los predios vecinos

2.1.2.1.1. Limite a la libertad de construir, plantar y montar instalación  de terreno propio

2.1.3. Quien descubre un tesoro en suelo ajeno goce del derecho, es necesario que el descubrimiento sea casual

2.1.3.1. El tesoro descubierto en terreno ajeno, por obras practicadas, pertenece íntegramente a éste y si un dueño encuentra el tesoro en la finca o terreno cuyo usufructo pertenece a otra persona. Esta no tendrá parte alguna en el tesoro, pero si de exigir.

3. Dominio de las aguas

3.1. El dueño del predio

3.1.1. si perfora un pozo frotante tiene derecho de disponer de esas aguas; pero si estas pasan de una finca a otra, su aprovechamiento se considera de utilidad publica y quedara sujeto a las disposiciones especiales que sobre el particular se dicten.

3.2. El dominio del dueño

3.2.1. Si el dueño de un predio sobre las aguas no perjudica los derechos que legítimamente hayan podido adquirir a su aprovechamiento los de los predios inferiores. Si alguno perforase o hiciere obras de captación de aguas subterráneas en su propiedad, no esta obligado indemnizar; pero debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el articulo 840

4. La apropiación de los animales

4.1. Los animales sin marca alguna que se encuentran en la propiedad se presume que son del dueño de estas mientras no se apruebe lo contrario.

4.1.1. Caza

4.1.2. El derecho de caza y el de apropiarse los productos de esta en terreno público, se sujetara a las leyes y reglamentos respectivos En terrenos de propiedad particular no puede ejercitarse el derecho, ya sea en el la caza .

4.1.2.1. Los campesinos asalariados y los aparceros gozan del derecho de caza en las fincas donde trabajan  -El ejercicio del derecho de cazar se regirá por los reglamentos administrativos.

4.1.2.1.1. El cazador se hace dueño del animal que caza, por el acto de apoderarse de el, se considera capturado el animal que ha sido muerto por el cazador durante el acto venatorio.

4.2. Aves

4.2.1. En los campos en que hubiere tierras sembradas de cereales u otros frutos pendientes, a los que pudieren perjudicar aquellas aves

4.3. La pesca y el buceo

4.3.1. -En las aguas del dominio del poder público, que sean de uso común, se regirá por lo que dispongan las leyes y reglamentos respectivos.  -El derecho de pesca en aguas particulares, pertenecen a los dueños de los predios en que aquellas se encuentren, con sujeción a las leyes y reglamentos de la materia

4.3.2. La apropiación de los animales domésticos se rige por las disposiciones contenidas en el titulo de los bienes mostrencos.

5. Derecho de accesión

5.1. La propiedad de los bienes da derecho a todo lo que ellos producen, o se les une o incorpora natural o artificialmente. En virtud de él pertenecen al propietario los frutos naturales, los industriales y los civiles. Son frutos naturales, las producciones espontaneas de la tierra, las crías y demás productos de los animales.

5.1.1. Mutación de cauce

5.1.2. Si el cauce es propiedad de la nación, el dominio sobre el mismo quedará a favor de la nación y por el contrario si el cauce es propiedad particular, pertenecerá al dueño del mismo predio que ve restringida su posesión como resultado del cambio de corriente o por una inundación.

5.2. Nacimiento de una isla

5.2.1. Se da de tres formas diferentes, por aluvión, por revulsión y por abrirse la corriente de un rió en dos brazos o ramales.

5.2.2. Para determinar la propiedad sobre la misma se atiende primero al tipo de bien, ya que si es propiedad de la nación, la isla continuará siendo propiedad de la nación; pero, si la isla se forma en aguas particulares, si se formó por aluvión, serán propietarios de la misma, los que lo son de os predios colindantes; si se formó por avulsión, será el propietario de la isla, aquél que sufrió la pérdida del terreno; y cuando la corriente del rio se abre formando dos brazos o ramales formando una isla, esta pertenecerá al dueño del predio inundado.

6. La copropiedad

6.1. Existe la copropiedad cuando una cosa o un derecho patrimonial pertenecen a dos o más personas. Los copropietarios no tienen dominio sobre las partes determinadas de la cosa, sino un derecho de propiedad sobre todas y cada una de las partes de la cosa en cierta proporción.

6.1.1. Son aquellos inmuebles o edificios construidos en un mismo terreno de dominio común y las casas construidas en sitios de dominio de cada propietario, pero que cuentan con espacios comunes.

6.2. Actos de dominio

6.2.1. vtodos los copropietarios tiene derecho de dominio sobre la cosa común, por lo que ninguno de los copropietarios en lo particular puede tomar alguna COPROPIEDAD ó en cuanto a vender, enajenar, o realizar COPRO otro acto traslativo de dominio sobre la cosa común, puesto que eso corresponde que lo determinen todos los copropietarios en común.

6.3. Formas de copropiedad

6.3.1. -Voluntarias y forzosas.  -Temporales y permanentes. -Reglamentadas y no reglamentadas. -Sobre bienes determinados y sobre un patrimonio o universalidad. -Por pacto entre vivos y por causa de muerte. -Por virtud de un hecho jurídico y por virtud de un acto jurídico.

7. Limitaciones

7.1. En nuestra legislación son conocidas como restricciones; son aquellas que reducen el poder que normalmente tiene el dueño sobre su bien originadas por causa de necesidad, utilidad interés social, o la voluntad de las partes.

7.1.1. Humos, Hollines y emanaciones

7.1.1.1. El propietario debe abstenerse de perjudicar la propiedad contiguas o vecinas.

8. Modalidades

8.1. La propiedad de la tierra, se divide en privada, social y pública.

8.1.1. En la privada, la nación transmite el dominio de tierras y agua a los particulares.

8.1.1.1. En lo Social, la nación transmite a las comunidades los ejidos y la propiedad comunal.

8.1.1.1.1. En la pública , la nación se reserva, la propiedad y el dominio directo de determinados bienes .