1. ALTA DIRECCIÓN
1.1. responsabilidades
1.1.1. representante legal
1.1.1.1. responsable de establecer y utilizar instrumentos de gestión que garanticen la correcta aplicación y utilización de políticas y normas en materia de control interno, bajo parámetros de calidad, eficiencia y eficacia
1.1.2. directivos
1.1.2.1. aplicación de métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control interno
1.1.3. servidor público
1.1.3.1. como eje del sistema de control interno, tiene la obligación de realizar todas y cada una de sus acciones atendiendo los conceptos de autocontrol y autoevaluación
2. COMITÉ NACIONAL COORDINADOR DE CONTROL INTERNO
2.1. organo de articulación, coordinación y asesoría
2.1.1. en el diseño de estrategias y políticas
2.1.1.1. para el mejoramiento y fortalecimiento del
2.1.1.1.1. Sistema de Control Interno
2.2. conformado por
2.2.1. Director General
2.2.1.1. con voz sin voto
2.2.2. Directores de Area
2.2.3. Jefes de oficina
2.2.4. Secretaria General
2.3. funciones
2.3.1. diseñar estrategias y fijar lineamientos para la determinación, implantación, adaptación, complementación y mejoramiento del Sistema de control Interno a Nivel nacional
2.3.2. evaluar el plan estratégico y los planes operativos, proponer ajustes y recomendaciones y hacer seguimiento
2.3.3. recomendar prioridades para la adopción, adaptación, implantación y optimización de los sistemas de información gerencial, estadístico, financiero, de planeación y de evaluación de procesos, así como para el uso de indicadores de gestión
2.3.4. analizar informes de la oficina de Control Interno o cualquier otro organismo de control; proponer recomendaciones y efectuar seguimiento
2.3.5. presentar propuestas para fomentar la cultura del Autocontrol
2.3.6. orientar la participación del medio externo en el control de la gestión del SENA
2.3.7. realizar seguimiento a las políticas de administración del riesgo
2.3.8. asesorar, evaluar y efectuar seguimiento a los Subcomités de Coordinación del Sistema de Control Interno
2.3.9. elaborar el reglamento para su funcionamiento
2.3.10. lo demás que sean asignadas por ley.
3. SUBCOMITES REGIONALES DE CONTROL INTERNO
3.1. son instancias de coordinación operativa en materia de control interno de
3.1.1. Direcciones Regionales
3.1.2. Subdirecciones de Centro
3.2. conformado por
3.2.1. Director Regional o Subdirector de Centro
3.2.1.1. con voz sin voto
3.2.2. Secretario del Subcomité
3.2.3. Subdirector de Centro o funcionario delegado
3.2.3.1. cuando el subdirector ejerce funciones de D. Regional
3.2.4. Subdirector de Centro o dos funcionarios designados
3.2.4.1. cuando el subdirector ejerce funciones de D. Regional
3.3. funciones
3.3.1. coordinar la implementación y efectuar el seguimiento de las políticas y orientaciones emitidas por el Comité nacional de Coordinación del sistema de Control Interno
3.3.2. Evaluar el cumplimiento de las políticas objetivos, estrategias, planes, programas, normas y procedimientos que desarrollan la misión SENA
3.3.3. construir con la asesoría de la Oficina de Control Interno los mapas de riesgos y monitorear el manejo del riesgo
3.3.4. evaluar las observaciones contenidas en los informes de los órganos de control externo relacionadas con las respectivas direcciones y subdirecciones y determinar los planes de mejoramiento, en coordinación con la Oficina de Control Interno
3.3.5. sensibilizar a la organización en temas de control interno
3.3.6. fomentar cultura del autocontrol
3.3.7. demás que sean asignadas
4. Sistema de Control Interno
4.1. Alta Dirección
4.1.1. implementación y el fortalecimiento
4.1.2. facilitar los recursos necesarios
4.1.3. designar el Representante de la alta dirección
4.2. Comité Nacional Coordinador de Control Interno
4.2.1. recomendar pautas para implementación y fortalecimiento
4.2.2. estudiar el estado del Sistema de Control Interno
4.2.3. aprobar programa anual de auditoría
4.2.4. velar por la implementación de controles
4.3. Subcomités Regionales de Control Interno
4.3.1. coordinar la implementación y el seguimiento de políticas generadas por el Comité Nacional de Coordinación del Sistema de Control Interno
4.3.2. determinar los planes de mejoramiento sobre resultados de auditoría de los entes de control
4.3.3. sensibilizar a la organización en los temas de control interno
4.3.4. fomentar la cultura de autocontrol
4.4. Representantes de la Alta Dirección
4.4.1. Orientar, dirigir y coordinar el proyecto de implementación y fortalecimiento
4.4.2. dirigir y coordinar las actividades del equipo MECI
4.4.3. someter a consideración del Comité Coordinador de Control Interno, la aprobación de actividades de fortalecimiento del MECI
4.5. Equipo MECI
4.5.1. apoyar procesos de implementación y fortalecimiento del MECI
4.5.2. evaluar el estado de la implementación y el fortalecimiento
4.5.3. revisar, analizar y consolidar la información para presentar propuestas
4.6. Servidores Públicos
4.6.1. responsables de la operatividad de procesos, actividades y tareas
4.6.2. supervisión continua de la eficacia de los controles
5. OFICINA DE CONTROL INTERNO
5.1. evalúa y asesora le gestión
5.2. evalúa el Sistema de Control Interno
5.2.1. MECI
5.3. propone al representante legal recomendaciones pertinentes
5.4. principios
5.4.1. autocontrol
5.4.2. autogestión
5.4.3. autoregulación
5.5. responsabilidades
5.5.1. facilitador
5.5.2. evaluador