Leyes de Juegos y sorteo

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Leyes de Juegos y sorteo by Mind Map: Leyes de Juegos y sorteo

1. SEGOB

1.1. En los permisos que conceda, independientemente de los impuestos,

1.2. Señalará la participación que deba corresponder al gobierno federal; la cual será destinada al mejoramiento de los establecimientos de prevención social y de asistencia, dependientes de SEGOB y de Salubridad y Asistencia, que se expresen en los permisos que se otorguen.

1.3. Ejercerá la vigilancia y control de los juegos con apuestas y sorteos, así como el cumplimiento de esta ley, por medio de los inspectores que designe. Con el mismo fin podrá integrar los organismos o comisiones que estime convenientes.

1.4. Clausurará todo local en el que se efectúen juegos prohibidos o juegos con apuestas y sorteos, que no cuenten con autorización legal, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones que según el caso correspondan.

2. Ningún lugar de juegos con apuestas  o de sorteos, podrá establecerse cerca de escuelas o centros de trabajo.

3. Son los Tribunales Federales los competentes para aplicar las penas a que se refiere esta ley.

3.1. Todas las autoridades federales, locales y la fuerza pública cooperaran con la SEGOB para hacer cumplir las determinaciones que esta dicte de acuerdo con esta ley.

4. No quedan comprendidos en las disposiciones precedentes, los juegos que se celebren en domicilios particulares con el único propósito de diversión o pasatiempo ocasional y se practique habitualmente.

5. Quedan prohibidos en todo el territorio nacional, los juegos de azar y los juegos con apuestas.

5.1. Solo podrán permitirse los sorteos y los juegos de: ajedrez, de damas, domino, dados, boliche, bolos, billar; el de pelota en todas sus formas y denominaciones; las carreras de personas, de vehículos y de animales, y en general toda clase de deportes.

6. Corresponde al ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación (SEGOB)

6.1. La reglamentación, autorización, control y vigilancia de los juegos cuando en ellos medien apuestas de cualquier clase; así como de los sorteos, con excepción del de la Lotería Nacional, que se regirá por su propia ley.

7. Sin permiso de la SEGOB

7.1. No podrá establecerse ni funcionar ninguna casa, o lugar abierto o cerrado, en que se practiquen juegos con apuestas ni sorteos, de ninguna clase.

7.1.1. Ésta fijara en cada caso los requisitos y condiciones que deberán cumplirse.