PRECIOS DE TRANSFERENCIA

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PRECIOS DE TRANSFERENCIA by Mind Map: PRECIOS DE TRANSFERENCIA

1. Libre competencia=economía sana

1.1. Consumidores y productores determinen precios como términos de negociación.

1.1.1. Calidad,cantidad, plazos. Satisfacer a ambas partes.

1.2. Empresa con residencia fiscal en México está regida bajo las leyes del país

1.2.1. Empresa multinacional y sus utilidades deberían quedarse en el país que las genero.

2. A partir de que México forma parte del OCDE y firmó el TLCAN comienza una nueva etapa económica.

2.1. Globalización

2.1.1. Nuevas oportunidadesy reglas para la comercialización de productos y prestación de servicios

2.1.1.1. Convenios para evitar la doble tributación entres los países que integran el TLCAN

2.1.2. Lineamientos del OCDE en materia de precios están en vigor desde 1969

3. 1995 en México la industria maquiladora efectuá acuerdos sobre precios anticipados (APA)

3.1. La ley del ISR estableciò que las empresas mexicanas que realicen operaciones con partes relacionadas extranjeras residentes en el extranjero, deberàn tener la documentaciòn que determine que tales operaciones se estàn realizando de acuerdo con el principio de valor de mercado.

4. Una de las obligaciones que existen para las personas morales que realicen operaciones entre partes  relacionadas, sin importar que las operaciones sean  o hayan sido realizadas entre empresas mexicanas o  mexicanas con extranjeros residentes en el extranje- ro.

4.1. Es que deben obtener y conservar la documentación comprobatoria de sus ingresos, costos y gastos,  para demostrar que el monto de sus ingresos y deducciones se efectuó de acuerdo con los precios o  montos de contraprestaciones que hubieran utilizado  partes independientes en operaciones comparables,

4.1.1. 1. Nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal de las personas relacionadas con quienes celebren operaciones, así como conservar la documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas.

4.1.2. 2. Información relativa a las funciones o activi- dades, activos utilizados y riesgos asumidos por el  contribuyente por cada tipo de operación.

4.1.3. 3. Información y documentación sobre las operaciones realizadas con partes relacionadas y sus importes por cada parte relacionada y por cada tipo de  operación, de acuerdo con la clasificación y datos que  establece el artículo 215 de la LISR.

4.1.4. 4. Método aplicado conforme al artículo 216 de la ley de la materia, incluyendo la información sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación.

5. 1997 surge la necesidad de saber que es y para que sirve su estudios

6. Objetivo

6.1. Cumplir requisitos de LISR

6.2. Respeto de principios y un buen manejo de la competencia económica.

7. La LISR en materia de precios de transferencia se apega a los pronunciamientos  hechos por la OCDE como a las disposiciones fiscales de EU

7.1. Los estudios de precios de tranferencia segùn lo que establece la ley del ISR hace referencia a las operaciones que se realicen entre partes relacionadas extranjeras residentes en el extranjero y nacionales.

7.2. Las disposiciones fiscales en materia de precios de transferencia hacen referencia a operaciones con partes relacionadas extranjeras, pero las fracciones XII y XV del artículo 86 de la LISR no hacen distinción alguna en cuanto a la nacionalidad de las pates involucradas,

7.3. Para efectos de la  presentación del dictamen para efectos fiscales, las  autoridades del SAT incluyen las operaciones realizadas por empresas relacionadas, involucradas en precios de transferencia.

7.4. Conforme a lo que se establece en las disposiciones fiscales actuales aplicables a los precios de transferencia,las empresas mexicanas que tengan partes relacionadas también mexicanas residentes en elpaís, no tienen la obligación de presentar ante las autoridades del SAT algún estudio de precios de transferencia; sin embargo, las mismas autoridades han sugerido que las empresas mexicanas con partes relacionadas también residentes en México, tengan un estudio de precios de transferencia con el fin de que las propias autoridades estén en posibilidad de verificar si los precios de transferencia dan cumplimiento al Principio de la Distribución Justa de la Riqueza (PDJR) ocomo se le conoce en el idioma inglés: arm´s-length principle.

8. ANÁLISIS DE PRECIOS DE TRANFERENCIA

8.1. MARCO LEGAL

8.1.1. México es miembro de la OCDE, y como tal, desde 1994 está sujeto a determinadas regulaciones de carácter internacional en relación con los precios de transferencia y al cumplimiento del PDJR o ar´slengthprinciple.

8.2. IDENTIFICACIÓN DEL MÉTODO APROPIADO PARA LAS TRANSACCIONES ANALIZADAS

8.2.1. El PDJR trata de equilibrar la riqueza que en estricta justicia pertenece a cada parte, en la medida en que cada una de ellas participó en la generación de esas utilidades o, en su caso, en las pérdidas

8.3. SELECCIÓN DEL MÉTODO APROPIADO PARA LA EVALUACIÓN DE TRANSACCIONES.

8.3.1. Tratándose de la prestación de servicios, se considerarán elementos tales como la naturaleza del   servicio y si el servicio involucra o no, una experiencia   o conocimiento técnico.

8.3.2. En el caso de enajenación de bienes tangibles, elementos como las características físicas, calidad y disponibilidad del bien

8.3.3. Cuando se conceda la explotación o se transmita un bien intangible, elementos como si se tratara de una patente, marca, nombre comercial o una transferencia de tecnología, duración y grado de protección.

8.4. SELECCIÓN DE LA PARTE EXAMINADA

8.4.1. Para determinar si los precios de las transacciones entre partes relacionadas deben utilizar dos o más métodos de los que se establecen en el artículo 216 de la LISR es necesario aplicarlos, porque están diseñados para determinar si el contribuyente efectivamente cumple con el PDJR en las transacciones que realiza con partes relacionadas por medio de la comparación de esas transacciones con operaciones similares efectuadas entre partes independientes.

8.4.1.1. Precio Comparable No Controlado

8.4.1.1.1. El método del precio comparable no controlado evalúa si el monto que se cobró en alguna transacción controlada cumple con el PDJR, tomando como referencia el monto que se cobró en alguna transaccióncomparable no controlada

8.4.1.2. Método del Costo Adicionado

8.4.1.2.1. Conforme a este método, el precio que más se apega al PDJR es el costo resultante de la producción de bienes de la parte controlada, más un margen de utilidad bruta. Este método proporcionará generalmente una medida razonable de un resultado del grado de cumplimiento con el PDJR, si el contribuyente controlado fabrica o ensambla mercancía que se vende a las partes relacionadas.

8.4.1.3. Método del Precio de Reventa

8.4.1.3.1. Con este método se determina el precio que cumple con el PDJR, restando la debida utilidad bruta del precio de reventa que se cobra a los clientes. Este método se utiliza por lo general en los casos en que los contribuyentes controlados realizan una función de distribución y no agregan un valor sustancial a la mercancía distribuida. Generalmente se aplica por empresas cuya principal actividad comercial es la distribución de mercancía

8.4.1.4. Método de Partición de Utilidades

8.4.1.4.1. Este método asigna la ganancia o pérdida combinada de una actividad comercial de manera tal, que refleje el valor proporcional de la aportación de cada contribuyente a esa ganancia o pérdida combinada

8.4.1.5. Residual de Partición de Utilidades

8.4.1.5.1. Este método consiste en asignar la utilidad de operación obtenida por partes relacionadas en la proporción que hubiera sido asignada con o entre partes independientes

8.4.1.6. . Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación o Método de Utilidad Comparable

8.4.1.6.1. Este método consiste en determinar en transacciones entre partes relacionadas, la utilidad de operación que hubieran obtenido empresas comparables o partes independientes en operaciones comparables con base en factores de rentabilidad que toman en cuenta variables tales como: activos, ventas, costos, gastos o flujos de efectivo.

8.5. AJUSTES A LA INFORMACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES COMPARABLES NO CONTROLADOS.

8.5.1. Al preparar el rango de cumplimiento del PDJR para las sociedades comparables no controladas, los Principios Generales de los Lineamientos de los Precios de Transferencia de la OCDE permiten, en su caso, ajustes a los resultados financieros de esas sociedades, con el fin de incrementar la comparabilidad con las partes examinadas

8.6. DETERMINACIÓN DEL RANGO DE REPARTICIÓN JUSTA DE LA RIQUEZA

8.6.1. Una vez que se ha identificado a las sociedades comparables no controladas, es necesario comparar   su rentabilidad para lo cual es necesario seleccionar la medida de la rentabilidad que se utilizará en la comparación (Indicadores a Nivel Ganancia, que en adelante llamaré ING).