Mi Nuevo Mapa Mental

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1. TIPOS DE BIENES SUJETOS A VALUACION

2. BIENES CORPOREOS O TANGIBLES

3. BIENES INTANGIBLES

4. BIENES INMUEBLES

5. BIENES MUEBLES

6. * Terrenos urbanos o suburbanos.   *Terrenos agropecuarios. *Unidades Industriales.         *Casa habitación o departamentos.

7. *Maquinaria.                                                   *Equipo.                                                               * Vehiculos.                                            *Mobiliario y equipo de oficina.                          * Obras de arte.                                                   *Joyas.

8. *Proyectos de inversión.                        * Precios de transferencia.         *Derechos marcarios.          *Contabilidad o estados financieros de empresa o negocios en marcha.           * Derechos de propiedad industrial e intelectual .

9. De manera general los elementos a considerar en la valuación de estos tipos de bienes son:                      I.-Nombre y  domicilio  de  la  persona  física  o  moral,  autoridad  o  institución  que solicita el avalúo; II.- Nombre del propietario del inmueble y su domicilio para oír notificaciones; III.- Motivo del avalúo; IV.- Ubicación del inmueble; V.- Número de cuenta de las declaraciones de valor catastral del inmueble, y el o los  números  de  cuenta  del  pago de  los  derechos  por  el  suministro,  uso  o aprovechamiento de agua si tuviere; VI.- Descripción del inmueble y su uso actual y potencial; VII.- Clave del área o del corredor de valor, del uso, rango de nivel y clase de cada porción de construcción, además de su denominación, así como de cada factor de eficiencia que identifican al inmueble o a porciones del mismo; VIII.- Descripción de elementos urbanos significativos del área o corredor en que se  ubique  el  inmueble,  destacando,  en  su  caso,  aquellos  que  lo  distinguen  de otras áreas o corredor de valor.

10. De manera general los elementos a considerar para la valuación de estos bienes son:                                        I.- Se determinará su valor de reposición nuevo y neto de reposición, mediante la investigación pertinente del mercado de bienes nuevos y secundarios, así como su vida útil consumida y remanente, su precio mínimo de venta y su depreciación anual. II.- Considerando el tipo de obra valuada, su autor, los materiales empleados, las técnicas utilizadas para su creación, y sus características extrínsecas e intrínsecas, así como la concurrencia interdisciplinaria en la materia a nivel nacional e  internacional.

11. De manera general los elementos a considerar en la valuación de estos tipos de bienes son:                                                                            I.- En el caso de proyec tos, se analizará la infraestructura de servicios con que cuenta,   características  de  comercialización,  tecnología  ocupada,  fijación  de precios, costos de inversión, lucro cesante, comportamiento financiero y márgenes de  utilidad,  para  con  ello  realizar  un   diagnóstico  de  sus  márgenes  de  inversión, flujos de caja y puntos de equilibrio II.- A  través  del  estudio  del  mejor  aprovechamiento  de  los proyectos  y  el  valor comercial de las rentas brutas reales o potenciales que genera, así como calcular el  capital  equivalente  capaz  de  proveer  esas  rentas  en  condiciones  no inflacionarias  y  de  bajo  riesgo,  considerando si  se  está  en  presencia  de  una valuación de proyecto o un negocio en marcha. III.- Cuando se trate de la fijación de precios de transferencia, se hará mediante la aplicación  de  los  procedimientos  establecidos  en  la  Ley  del  Impuesto  sobre  la Renta o, en su defecto, utilizará el método apropiado al caso.

12. Conforme a las diversas legislaciones y la doctrina existente en materia de valuación, podriamos definir dos tipos de bienes existentes para efectos de su valoración, siendo estos los bienes corporeos o tangibles y los bienes intangibles.

13. BIBLIOGRAFIA:                                  LEY FEDERAL DE CORREDURIA PUBLICA.                                     REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE CORREDURIA PUBLICA.            ACUERDO QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS A SEGUIR POR LOS CORREDORES PUBLICOS PARA EMITIR AVALUOS.                                     NORMA MEXICANA NMX-R- 081-SCFI- SERVICIOS- SERVICIOS DE VALUACION METODOLOGIA