INTERPRETACIÓN Y CONTROL CONSTITUCIONAL

Get Started. It's Free
or sign up with your email address
INTERPRETACIÓN Y CONTROL CONSTITUCIONAL by Mind Map: INTERPRETACIÓN Y CONTROL CONSTITUCIONAL

1. Lo mas importante en los estudios constitucionales son las teorías y métodos de interpretación.

1.1. Interpretación Constitucional

1.1.1. Teorías de interpretación jurídica= la diferencia de interpretaciones da lugar al surgimiento de una conciencia teórica que explique estas prácticas interpretativas.

1.1.2. Teorías filológicas de interpretación jurídica=Elementos que las conforman.

1.1.2.1. Elemento gramatical. Palabras del legislador (prohíben o permiten).

1.1.2.2. Elemento lógico. Relaciones que unen diferentes partes de manera lógica.

1.1.2.3. Elemento histórico. Determina el modo de acción de la ley y el cambio que produce.

1.1.2.4. Elemento sistemático. Lazo que une las instituciones de la ley y el cambio que produce esta.

1.1.3. Teorías consecuencialistas de la interpretación constitucional= Nace desde una perspectiva "conflictivista" que ve la interpretación jurídica como el arte de tomar decisiones razonables y orientadas a resolver conflictos reales.

1.1.4. Métodos de interpretación constitucional en la legislación ecuatoriana.

1.1.4.1. a. Interpretar la constitución en su integridad. Mediante la relación de Disposición constitucional y Constitución.

1.1.4.2. b. Plena vigencia de derechos. Interpretación a favor de los derechos.

1.1.4.3. c. Voluntad del constituyente. Investigar la intención política en caso de duda sobre el contenido normativo de la Constitución.

1.1.4.4. d. Reglas de antinomias. En caso de conflicto entre normas de diferente jerarquía, debe aplicarse la superior.

1.1.4.5. e. Principio de proporcionalidad. Cuando existen contradicciones y no se puede aplicar la antinomia, se busca un método que equilibra protección y restricción constitucional.

1.1.4.6. f. Ponderación. Relación de preferencia entre principios y normas condicionadas por unas circunstancias concretas que llevan a la toma de decisión adecuadas.

1.1.4.7. g. Interpretación evolutiva o dinámica. Las normas se entienden según la situación y contexto en el que se encuentren, para evitar que sean ineficientes.

1.1.4.8. h. Interpretación sistemática. coexistencia, correspondencia y armonía entre normas jurídicas.

1.1.4.9. i. Interpretación teleológica. Las normas jurídicas se entienden desde la comprensión de ideales que persigue el texto normativo.

1.1.4.10. j. Interpretación literal. Cuando el sentido de la norma es claro y directo para su interpretación.

1.1.4.11. k. Otros métodos de interpretación. Atendiendo a: los principios generales del derecho y la equidad; los principios de unidad; concordancia práctica; eficacia integradora; fuerza normativa; y adaptación.

1.2. Problemas del Control Constitucional

1.2.1. Modelos de control constitucional

1.2.1.1. Control difuso. Se da cuando existe una ley, se declara la incostitucionalidad por cualquier juez, tiene un efecto interpartes.

1.2.1.2. Control concentrado. Se da ante cualquier acto normativo, antes, durante o después, dado por las Cortes, Tribunales Constitucionales o Cortes Supremas, sus efectos son generales.

1.2.2. Reglas y principios

1.2.2.1. Reglas.                                                                               -Claras para su aplicación.                                                 -Razonamiento silogístico.                                                -No hay excepciones.                                                       -No hay más normas que los desarrollen.                         -No hay problemas de interpretación                           complicados.

1.2.2.2. Principios.                                                           -No se pueden aplicar directamente.                -Requieren interpretaciones complejas.              -Pueden dejar de aplicarse.                                -Necesitan desarrollarse.

1.2.3. Interpretación y sistema jurídico= Las normas constitucionales no son tan claras y en algunos casos la Constitución contradice, para resolver este problema, el Constitucionalismo lo ha dejado en manos de jueces y tribunales constitucionales.

1.2.4. Problemas constitucionales abstractos= Análisis entre normas infra constitucionales, sin dar importancia a los hechos de una forma concreta, dados en normas generales para el desarrollo de normas constitucionales.

1.2.5. Problemas constitucionales concretos= Se basan principalmente en la importancia de los hechos dados en la justicia Constitucional para el desarrollo de normas constitucionales.