Poder Legislativo
by Carlos Chirinos
1. Cada entidad federal y pueblos Indígenas será representado por tres Diputados(ART.186)
2. Su integración es por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional
3. Potestad Legislativa de un solo Órgano: Asamblea Nacional, conformada por 167 Diputados.
3.1. • Cada entidad federal y pueblos Indígenas será representado por tres Diputados(ART.186)
4. Cuenta con una Comisión Delegada con funciones de suplir a la Asamblea en receso para supuestos de urgencia en materia propia de aquella o continuación de tareas de control.
5. La Asamblea Nacional cuenta con atributos que garantizan su independencia enmarcados en el ART.187
6. Incs: •19. Dictar su reglamento y aplicar las sanciones que en él se establezcan. •20. Calificar a sus integrantes y conocer de su renuncia. La separación temporal de un diputado o diputada sólo podrá acordarse por el voto de las dos terceras partes de los diputados y las diputadas presentes. •21. Organizar su servicio de seguridad interna. •22. Acordar y ejecutar su presupuesto de gastos, tomando en cuenta las limitaciones financieras del país. •23. Ejecutar las resoluciones concernientes a su funcionamiento y organización administrativa.
7. Los integrantes de la Asamblea Nacional cuentan con inmunidades con objeto de preservar su independencia de voluntad
7.1. La duración del mandato Legislativo es de 5 años y solamente pueden ser reelegidos los diputados por dos periodos consecutivos
7.2. Principio de libertad de consciencia de los Legisladores(ART.201) Los diputados o diputadas son representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino sólo a su conciencia. Su voto en la Asamblea Nacional es personal.
7.3. Sus mandatos están sujetos al ``Referendo Revocatorio’’(ART.197 y 198)
8. Es pertinente la convocatoria a sesiones extraordinarias cuando las circunstancias así lo aconsejen(ART. 195)