Contencioso administrativo

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Contencioso administrativo by Mind Map: Contencioso administrativo

1. III etapa

1.1. LA COMISIÓN DEL CONTENCIOSO Y LA SECCIÓN DEL CONTENCIOSO DEL CONSEJO DE ESTADO.

1.1.1. Surge la creación de nuevos órganos consultivos y la separación de los poderes, cabe resaltar que solo en cuanto a relaciones ejecutivo-judicial, mientras que la separación de las funciones se consideran admisibles en el ejecutivo.

1.1.1.1. Ley Pluvioso de 1806(Año VIII)

2. II etapa

2.1. LA SOLUCIÓN DEL MINISTRO-JUEZ

2.1.1. Se le daba la potestad primero al rey y luego a la ministros para ellos otorgar la justica en los litigios presentados, ya que los mismos eran desconocidos por los tribunales.

3. Origenes del Contencioso Administrativo

3.1. IV etapa

3.1.1. LA TENDENCIA HACIA LA JUDICIALIZACIÓN DEL CONTENCIOSOA DMINISTRATIVO FRANCÉS

3.1.1.1. En esta etapa se le da el reconocimiento de tribunal administrativo al estado, con la finalidad de que este adquiera la potestad de ejercer la jurisdicción contenciosa administrativa por si mismo.

3.1.1.1.1. Ley del 24 de mayo de 1872 Sentencia Cadot(3 de diciembre de 1889

4. Bibliografias.

4.1. http://acienpol.msinfo.info/bases/biblo/texto/boletin/2009/BolACPS_2009_147_113-138.pdf

4.2. https://es.scribd.com/doc/21543374/Origenes-de-la-Jurisdiccion-Contencioso-Administrativa-y-el-Contencioso-Administrativo-en-Venezuela

4.3. http://saia.uft.edu.ve/ead/pluginfile.php/1129815/mod_resource/content/1/El_Procedimiento_Contencioso_Administrativo.pdf

5. Se entiende como la facultad que tiene la jurisdiccion de controlar las actuaciones correspondientes de la Administración procurando alcanzar la manera correcta de hacerlo y para ello, se somete a lo que respecta a la ley y al derecho; así como a la resolución de los posibles conflictos entre los ciudadanos y la Administración, a traves de la interposición de los correspondientes recursos contenciosos-administrativos por cualquier persona en defensa de su derechos e intereses, cuando estos se hayan visto lesionados por la actuación (o la falta de ella) de la Administración.

6. ¿porqué es considerado un sistema?

6.1. Es Considerado un sistema en vista de que pende de un conjunto de elementos para lograr un fin en común, cabe destacar que los mismos están formados por: la organización jurisdiccional, la normativa aplicable, y la doctrina y jurisprudencia.

6.1.1. Elementos:

6.1.1.1. El objeto controlado (la Administración en sentido orgánico y sustancial)

6.1.1.2. El mecanismo o medio de control (el proceso contencioso-administrativo)

6.1.1.3. La finalidad del control.

7. I etapa

7.1. Antes de la Revolucion Francesa

7.1.1. En los ultimos años del siglo XVIII se generaron conflictos en la francia pre revolucionaria donde se vieron involucrados los tribunales dirigidos por los nobles y la administracion ejercida por el rey, provocando asi una crisis que octuvo como resultado la inmolizacion de la monarquia.

7.1.1.1. Ley de Organización Judicial (Ley 16-24 de agosto de 1790) Art. 13

7.1.1.2. Ley de Organización Judicial (Ley 16-24 de agosto de 1790) Art. 13

7.1.1.3. .Ley 16 de Fructidor del año III (3 de septiembre de 1795

7.1.2. "Juzgar a la administración es también administrar".