Protección Universal de los Derechos de la Niñez

Get Started. It's Free
or sign up with your email address
Protección Universal de los Derechos de la Niñez by Mind Map: Protección Universal de los Derechos de la Niñez

1. 2. Declaración Universal de los Derechos del Niño

1.1. Liga de las Naciones Unidas, 16 de septiembre de 1924

1.1.1. Se aprobó la Declaración de los Derechos del Niño (también llamada la Declaración de Ginebra)

1.1.2. En 1947 se creó el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (conocido como UNICEF)

1.2. Declaración de los Derechos del Niño 1959

1.2.1. 1. El derecho a la igualdad, sin distinción de raza, religión o nacionalidad.

1.2.2. 2. El derecho a tener una protección especial para el desarrollo físico, mental y social del niño.

1.2.3. 3. El derecho a un nombre y a una nacionalidad desde su nacimiento.

1.2.4. 4. El derecho a una alimentación, vivienda y atención médicos adecuados.

1.2.5. 5. El derecho a una educación y a un tratamiento especial para aquellos niños que sufren alguna discapacidad mental o física.

1.2.6. 6. El derecho a la comprensión y al amor de los padres y de la sociedad.

1.2.7. 7. El derecho a actividades recreativas y a una educación gratuita.

1.2.8. 10. El derecho a ser criado con un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos y hermandad universal.

1.2.9. 9. El derecho a la protección contra cualquier forma de abandono, crueldad y explotación.

1.2.10. 8. El derecho a estar entre los primeros en recibir ayuda en cualquier circunstancia.

1.3. Artículo de la Declaración hacia el derecho a la Educación

1.3.1. El niño tiene derecho a recibir educación que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales

1.3.2. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades

1.3.3. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho

1.3.4. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres

1.3.4.1. Declaración Universal de los Derechos del Niño

2. 1. Antecedentes de los derechos de la niñez

2.1. Siglo XIX: el niño debe ser protegido

2.1.1. Marca el inicio de la historia de los derechos del niño

2.1.2. Por primera vez en Europa, hay leyes que regulan el trabajo de los niños

2.2. Siglo XX: el niño se convierte en sujeto de derechos

2.2.1. En 1919, la Sociedad de Naciones (SDN) crea un Comité de Protección de la Infancia

2.2.2. 1948: Declaración Universal de los Derechos Humanos, que estipula que “la maternidad y la infancia tienen derecho a una ayuda y a una protección especiales”.

2.2.3. 1959: la ONU adopta la Declaración de los Derechos del Niño que reconoce al niño como sujeto de derechos

2.2.4. 1979: Año Internacional del Niño (AIN), bajo la impulsión del BICE. El AIN permite que los derechos del niño comiencen a concretizarse en numerosos países.

2.2.5. 1979-1989: un grupo de ONG piloteado por el BICE y DNI (Defensa de los Niños Internacional) contribuye en los trabajos preparatorios de la Convención sobre los Derechos del Niño.

2.2.6. 1989: el 20 de noviembre, la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es adoptada unánimemente por la Asamblea General de la ONU.

2.3. Siglo XXI: Proyecciones hacia una aplicación efectiva de los derechos del niño

2.3.1. 2000: refuerzo de la CDN con la adopción de dos protocolos facultativos sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía; y sobre la participación de niños en los conflictos armados.

2.3.2. 2011: adopción del tercer protocolo facultativo que introduce un procedimiento para presentar comunicaciones al Comité de los Derechos del Niño.

2.3.3. 2014: 25 Aniversario de la Convención. Esta ha sido ratificada por 193 Estados miembros de las Naciones Unidas. Sólo los Estados Unidos y Somalia, que firmaron este tratado, no la han ratificado.

2.3.4. Otros datos importantes sobre los antecedentes de los derechos del niño

3. 3. Convención sobre los Derechos del Niño

3.1. Asamblea General de las Naciones Unidas en noviembre de 1989.

3.1.1. Sus artículos proponen nuevos aportes a los contenidos en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959.

3.1.2. Fundamentalmente avanza en el aspecto jurídico, al hacer a los Estados firmantes "jurídicamente" responsables de su cumplimiento.

3.2. Artículo 2 Enunciado de la Convención

3.2.1. Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales

3.2.2. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.

3.3. Observaciones hechas al Estado salvadoreño

3.3.1. Llevar a cabo amplias campañas de educación pública para prevenir y combatir todas las formas de discriminación;

3.3.2. Las observaciones van enfocadas a las medidas que el Estado debe adoptar con relación a la no discriminación, prevención de violencia, crear instituciones que apoyen la Ley de Protección de la Niñez y Adolescencia. Bajo estos términos se subdividen los artículos y opiniones que el Comité aporta para que el Estado salvadoreño cumpla con derechos de los niños, niñas y adolescentes.

3.3.3. Redoble sus esfuerzos por prevenir y eliminar todas las formas de discriminación de facto contra los adolescentes, los niños con discapacidades, las niñas, los niños que viven en zonas rurales y remotas, los niños en situación de calle, los niños indígenas y los niños de familias económicamente excluidas;”

3.3.4. Convención sobre los Derechos del Niño

4. 4. Instrumentos de Protección de la niñez

4.1. INSTRUMENTOS INTERNACIONALES

4.1.1. 1. Convenio sobre la edad mínima de admisión al empleo (1973)

4.1.2. 2. Declaración sobre los principios sociales y jurídicos relativos a la protección y el bienestar de los niños, con particular referencia a la adopción y colocación en hogares de guarda, en los planos nacional e internacional, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su resolución 41/85, de 3 de diciembre de 1986

4.1.3. 3. Convención sobre los Derechos del Niño (1989)

4.1.4. 4. Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados (2000)

4.1.5. 5. Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (2000)

4.1.6. 6. Protocolo facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones (2011)

4.1.7. 7. Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional (La Haya, 29 de mayo de 1993)

4.1.8. 8. Artículo 2.c) (sobre prohibición del trabajo infantil) de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento (1998)

4.1.9. 9. Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil (1999)

4.1.10. 10. Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000).

4.1.11. Instrumentos de Protección de la niñez