Nuevo Código de Policía
by Andres Carmona
1. Controlada la protesta social.
1.1. La comunidad esta obligada a avisar cuando se planea hacer una protesta social
2. Prohibido hacer grafitis
2.1. No esta permitido hacer grafitis o arte urbano en lugares no permitidos
3. Habitantes de calle en centros de refugio
3.1. A los habitantes de calle que se encuentren en un estado de alteramiento será refugiado
4. No mas vendedores ambulantes
4.1. Se prohíbe la ocupación del espacio público; se obliga a las autoridades a crear durante los seis meses después de la aprobación de la ley, medidas que garanticen el trabajo de estas personas.
5. Toque que queda para menores de edad
5.1. Otro de los artículos fue el que le otorga facultades a los alcaldes para establecer toques de queda a los niños, niñas y adolescentes, incluso de Unicef
6. Medidas a los "bullosos"
6.1. Aquello que protagonicen sonidos ruidosos en fiestas, reuniones o ceremonias serán multados por $393.440 además de la disolución de la fiesta o actividad.
7. No colarse en el transporte publico
7.1. Quien se cole en en sistema de transporte publico se el inpondra multa, tambien aplica para los que incomoden a los demas pasajeros
8. Derechos a la comunidad LGBTI+
8.1. Aquel que agreda fisica y verbalmente y le vulnere el derecho a educacion y salud, se le dara multa de $657.000
9. Arrojar basuras
9.1. Aquel que arroje basuras o cualquier tipo de residuos en espacio publico sera sancionado. $98.360
10. Seguridad privada en eventos publicos
10.1. Se le ordena a empresarios o organizadores de espectaculos publicos contratar seguridad privada para mantener el orden en caso de aglomeraciones.
11. Estabecimientos publicos con baño, obligatorio
11.1. Establecimientos publicos estan pbligados a tener baño, especialmente para niños, ancianos, personas con discapacidad y mujeres en estado de gestacion
12. Restriccion de armas de aire.
12.1. Personas que porten armas de aire, fogueo, sprays o similares a las armas de fuego, seran expulsados de lugares publicos.
13. Quien satisfaga sus necesidades en espacion publicos sera sancionado con $736.000
14. No quemar polvora
14.1. Prohibido quemar polvora o usar gases pimienta
15. La Policía podra entrar a Casas y Centros Educativos
15.1. La policía podrá entrar a estos establecimientos siempre y cuando se estén manifestando los siguientes casos:
15.1.1. Cuando No Exista Fiabilidad Sobre la identidad de la persona
15.1.2. Para establecer si porta armas o Elementos Que Ponen en Riesgo la convivencia
15.1.3. Si hay posibilidad de que la persona haya robado
15.1.4. Si La Personas Posee drogas o sustancias prohibidas
15.1.5. Si hay que prevenir alguna conducta contraria a la convivencia
15.1.6. Si se debe garantizar la seguridad de los asistentes a un evento, o si se requiere la identidad de una persona que quiere ingresar a un lugar