Derecho a la Seguridad & Riesgos de Trabajo

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Derecho a la Seguridad & Riesgos de Trabajo by Mind Map: Derecho a la Seguridad & Riesgos de Trabajo

1. Las pretasiones son los beneficios a que tienen derecho los asegurados, pensionados o familiares con motivo de una contingencia que altere la salud y las posibilidades de trabajo o los ingresos económicos; también representan una protección que se debe dar conforme a los años cotizados o edad de las personas”. Así mismo, incluye aquellos aspectos relativos a la comunidad, son base de solidaridad, para la capacitación, el esparcimiento o la salud.

2. La Legislación Mexicana se señala la existencia “de estados anteriores tales como idiosincrasias, taras, intoxicaciones o enfermedades crónicas no es causa para disminuir el grado de la incapacidad temporal o permanente, ni las prestaciones que corresponda al trabajador”. Esta consideración del legislador es importante para aquellos trabajadores que son propensos a contraer enfermedades profesionales. Si éstas se presentan, se deberá considerar la situación del trabajador afectado como riesgo de trabajo porque la enfermedad del trabajador se originó en la empresa.

3. Trabajo Realizado por: Josué Alejandro Yañez Guzmán

4. Coutas: Estipula el artículo 5 A en su fracción XV, adicionado a la Ley del Seguro Social que son: “Las aportaciones de seguridad social establecidas en la Ley a cargo del patrón, trabajador y sujetos obligados.

5. El Riesgo de Trabajo esta definido como: “Los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

5.1. Enfermedad de Trabajo: Se entiende por éste que “Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios”.

5.2. Accidente de Trabajo: “Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en el ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el tiempo y lugar en que presente”.

6. Es importante primero remarcar, cuales son las prestaciones relacionadas con este derecho.

6.1. Subsidio: Es la prestación en numerario otorgada por una institución de seguridad social al sujeto de aseguramiento, para cubrir sus percepciones de las que se ve privado con motivo de una contingencia que le incapacita para el trabajo.

6.2. Asignación: proviene del vocablo latino Assigno que en su traducción gramatical quiere decir: asignar, señalar lo que le corresponde a una persona o cosa. Este término se asimila a la remuneración o ingreso, con mayor corrección que el subsidio o la ayuda. En la ley del Seguro Social se limita a un porcentaje adicional a la pensión, por cargas familiares.

6.3. Indemnización: Significa resarcir el daño o perjuicio, para lo que se requiere determinar el sujeto responsable; el seguro no repara daños sino que atiende contingencias mediante las prestaciones y servicios. Sin embargo, en la práctica se limita a verdaderas situaciones de excepción: Cálculo mínimo de pensión en el IMSS, por un lado; y extinción de la relación laboral, en el ISSSTE, por el otro.

6.4. Prestaciones Medicas: Las más importantes prestaciones son: asistencia médica, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica. Deben procurarse aparatos de prótesis y ortopedia, así como establecer mecanismos, procedimientos y lugares adecuados de rehabilitación.

7. Definición de riesgos de trabajo

8. Según el doctrinista Florence Sagán, las causas técnicas y humanas de los accidentes en el trabajo son:

8.1. Accidentes debidos a una causa anormal proveniente del material.

8.2. Accidentes debidos a una causa anormal proveniente del material; pero provocada por el trabajador, mismo que resulte víctima.

9. Sujetos de aseguramiento y riesgo protegido.

9.1. Los Riesgos protegidos por esta rama son: accidentes, enfermedad o muerte del asegurado, ocasionados por el riesgo de trabajo a que esta sometido el trabajador durante su trabajo como durante el traslado de su hogar a las instalaciones del mismo.

9.2. Sujetos de aseguramiento; puede sujetarse a esta rama el trabajador que sufra accidentes o enfermedades ocasionadas a consecuencia del trabajo.

9.3. Prestaciones en especie o en el dinero.

9.3.1. En especie: • Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica. • Servicios de hospitalización. • Prótesis y ortopedia. • Rehabilitación.

9.3.2. Para informacion detallada sobre las prestaciones en dinero, consultar: García, O. (2009). Teoría y práctica de la seguridad social. México: Universidad de Guadalajara. Pags 62 a 64.

10. Los Riesgos de Trabajo pueden producir las siguientes consecuencias:

10.1. Incapacidad Temporal, la cual se entiende como la “pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo”

10.2. Incapacidad Permanente Parcial, es “la disminución de facultades o aptitudes de una persona para trabajar, (Ejemplo: pérdida de algún miembro)”.

10.3. Incapacidad Permanente Total, esta es considerada como: “la pérdida total de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida”.

10.4. Muerte