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Ley de ética by Mind Map: Ley de ética

1. Principios

1.1. Imparcialidad: no actuar a favor o en contra de nadie.

1.1.1. Ejemplo que alguien llegue a hacer un trámite a una oficina gubernamental y quien lo atiende es amigo de esa persona, solo porque son amigos le ayuda con el trámite para que salga lo más pronto posible priorizando sobre todos los otros trámites.

2. Principios Supremacía del Interés Público: es poner en primer lugar el interés publico. Probidad: donde están obligados a actuar horadamente No discriminación: no discriminando personas por su raza sexo o religión. Imparcialidad: no actuar a favor o en contra de nadie. Justicia: actuar justamente según el cargo asignado. Transparencia: actuar con naturalidad sin ocultar o hacer nada fuera de lo establecido Confidencialidad: no divulgar información importante o utilizarla a conveniencia. Responsabilidad: cumplir correctamente en ejercer la labor con eficiencia. Disciplina: desempeñar correctamente horarios y actividades con relación a su labor. Legalidad: respetar las leyes establecidas. Lealtad: actuar con fidelidad hacia personas ya sean jefes compañeros con origen del estado. Decoro: si alguna persona requiere de algún servicio se le debe brindar con respeto y educación. Eficiencia y eficacia: cumplir objetivamente con la labor o el cargo que se les ha delegado. Rendición de cuentas: es necesario rendir cuentas de actividades a los jefes o en público si es necesario sobre la administración de los bienes.

3. a) Utilizar todos los bienes, fondos, recursos que son públicos para realizar fines institucionales. b) Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental violaciones a los deberes o prohibiciones éticas. c) Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés.

4. principios, deberes y prohibiciones

5. Principios

6. Deberes éticos

7. ejemplos

8. Prohibiciones

8.1. Desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público.

8.1.1. Si un empleado público desempeña un cargo como ministro de salud por ejemplo esta persona no puede optar a otro cargo por muy calificado que este ya que eso es prohibido.

9. a) Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico. b) aceptar cualquier bien o servicio económico por el desempeño de sus labores, para hacer valer su influencia en razón del cargo que ocupa ante otra persona c) Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado. d) Desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público. e) Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley. f) Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera. g) Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado, que menoscaben la imparcialidad o provoquen un conflicto de interés en el desempeño de su función pública. h) Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley. i) Retardar sin motivo legal la prestación de los servicios, trámites o procedimientos administrativos que le corresponden según sus funciones. j) Denegar a una persona la prestación de un servicio público a que tenga derecho, en razón de nacionalidad, raza, sexo, religión, opinión política, condición social o económica, discapacidad o cualquiera otra razón injustificada. k) Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario. l) Prevalerse del cargo para hacer política partidista.

10. Prohibiciones

11. Deberes

11.1. Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental violaciones a los deberes o prohibiciones éticas.

11.1.1. sí se sabe que el funcionario a cargo está aprovechándose de su cargo para obtener beneficios económicos personales hay que denunciarlo ya que como deber ya sea de empleado de la misma dependencia o una persona particular al saber que se comenten esas irregularidades se tienen que denunciar ante la comisión de ética gubernamental.