LEY 152 DE 1994 LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO

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LEY 152 DE 1994 LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO by Mind Map: LEY 152 DE 1994 LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO

1. RESPONSABILIDAD

1.1. NACIONAL

1.1.1. Presidente de la República

1.1.2. Consejo Nacional de Política Económica y Social

1.1.3. DNP

1.1.4. Ministerio de Hcienda

1.2. TERRITORIAL

1.2.1. Gobernador

1.2.2. Alcalde

1.2.3. Concejo de Gobierno Departamental

1.2.4. Distrito Municipal

1.2.5. Secretarías

1.2.6. Departamentos Administrativos

2. PROCESO DE PLANEACIÓN

2.1. Diagnóstico

2.2. Formulación Estrategica

2.3. Formulación Financiera

3. CONCEPTO Y PROPÓSITO

3.1. Tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo XII de la Constitución Política y demás normas constitucionales que se refieren

4. PRINCIPIOS

4.1. 1. Autonomía

4.2. 2. Coordinación

4.3. 3. Sustentabilidad Ambiental

4.4. 4. Continuidad

4.5. 5. Consistencia

4.6. 6. Viabilidad

5. COMPONENTES

5.1. ESTRATÉGICO

5.1.1. Se crean de acuerdo al período de gobierno

5.1.2. Se crean objetivos de desarrollo para los municipios o para los departamentos

5.2. PLANES DE INVERSIÓN

5.2.1. Deben ser creados de carácter operativo a mediano y corto plazo

5.2.2. Debe ser garantizado el financiamiento de los programas y proyectos propuestos

6. SUSTENTACIÓN LEGAL

6.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991

6.1.1. ARTÍCULO 339: Habrá un Plan Nacional de Desarrollo.

6.1.2. ARTÍCULO 340: Habrá un Consejo Nacional de Planeación.

6.1.3. ARTÍCULO 341: El Gobierno elaborará el Plan Nacional de Desarrollo

6.1.4. ARTÍCULO 342: La correspondiente Ley Orgánica reglamentará todo lo relacionado con los procedimientos de elaboración, aprobación y ejecución de los planes de desarrollo y dispondrá de mecanismos apropiados para su armonización y para la sujeción a ellos en los presupuestos oficiales.

6.1.5. ARTÍCULO 343. La entidad nacional de planeación que señale la ley, tendrá a su cargo el diseño y la organización de los sistemas de evaluación de gestión y resultados de la administración pública, tanto en lo relacionado con políticas como con proyectos de inversión en las condiciones que ella determine.