Aplicacion de medidas antidumping al cemento procedente de méxico

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Aplicacion de medidas antidumping al cemento procedente de méxico por Mind Map: Aplicacion de medidas antidumping al cemento procedente de méxico

1. Acuerdo de México y EU sobre el comercio del cemento

1.1. México podrá exportar hasta 3 millones de toneladas métricas de cemento al sur de los Estados Unidos.

1.2. En abril de 2009 Estados Unidos eliminará por completo la cuota antidumping contra las exportaciones mexicanas de cemento que impuso en 1990.

1.3. El acuerdo entra en vigor el 3 de abril de 2006

1.4. La duración del acuerdo será de 3 años. Durante ese tiempo la cuota que pagaran las exportaciones mexicanas bajará de 26.28 dolares a 3 dolares, eliminando la cuota arancelaria al termino del periodo.

1.5. La SE otorgará licencias de exportación a exportadores que cumplan con los requisitos de exportación previstas por EU.

2. Reclamaciones de México

2.1. México consideró que las medidas implementadas son incompatibles con los artículos 1,2,3,4,6,8,9,10,11,12 y 18 del Acuerdo Antidumping.

2.2. Y de los artucilos 3,6 y 20 del GATT

2.3. Y el articulo 16.4 de la OMC

2.4. El examen por extisión del departamento fundamento de manera incompatible el acuerdo antidumping y recopiló informacion insuficiente.

3. México solicitó al OSD la composición de un grupo especial para tratar lo relacionado a las medidas antidumping implementadas por Estados Unidos.

3.1. El grupo especial se estableció el 23 de Agosto de 2009 y su compsoición se estableció el 3 de septiembre del mismo año.

4. Acuerdo mutuo

4.1. Ambos gobiernos llefaron a una solucion mutuamente convenida del asunto planteado

4.2. El acuerdo hace posible el aumento de importaciones de cemento mexicano, promueve exportaciones de Eu hacia México y soluciona litigios pendientes

4.3. Prevé la revocacion de la orden de imposicion de derechos antidumping a partir del 1 de febrero de 2009