La obligación aduanera en el nuevo Estatuto Aduanero

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La obligación aduanera en el nuevo Estatuto Aduanero por Mind Map: La obligación aduanera en el nuevo Estatuto Aduanero

1. "El incumplimiento de las obligaciones que se derivan del pago consolidado ocasionará, la pérdida automática de este tratamiento especial durante un (1) año, evento en el cual se harán exigibles de manera inmediata los valores adeudados.

2. Conversiones monetarias. El valor en aduana de las mercancías importadas se determinará en dolares de los Estados Unidos América

3. Inspección previa de la mercancía.

4. PRINCIPIOS: 1. eficiencia, 2. favorabilidad, 3. justicia, 4. prohibición de doble sanción por la misma infracción o aprehensión por el mismo hecho, 5. seguridad y facilitación en la cadena logística de las operaciones de comercio exterior

5. regula las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el territorio aduanero nacional

6. Es un vínculo jurídico entre la administración aduanera y se relacione con cualquier formalidad, régimen, destino u operación aduanera

7. el declarante aduanero a la luz del Decreto 390 de 2016, artículo 17 al 42

7.1. Responsables de la obligación aduanera: El importador de acreditar la mercancía al territorio aduanero nacional. pago de los derechos e impuestos.

7.2. Aplicación de los derechos e impuestos, tipo y de cambio. Los derechos e impuestos, tipo y tasa de cambio, aplicables a la importación

7.3. El pago de los derechos e impuestos a la importación, intereses, valor del rescate y sanciones, deberá realizarse a través de canales electrónicos, salvo cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales establezca que pueden ser presenciales

8. El Decreto 349 de 2018 del artículo 6 al 14

9. ¿Cuáles son los cambios respecto de la fiscalización?

10. De esta manera se puede hablar de un cambio de paradigma de un régimen fiscalizador a uno que facilite el comercio, y que al mismo tiempo brinde mayor seguridad y confianza a los actores en las operaciones de comercio internacional.

11. el sistema de gestión de riesgo será la confianza la que determine varias de las obligaciones aduaneras

12. INDIRECTO son todos aquellos que en desarrollo de su actividad hayan intervenido de manera indirecta en el cumplimiento de cualquier formalidad, trámite u operación aduanera y quienes serán responsables exclusivamente por su intervención.

13. DIRECTOS importadores, los exportadores, los declarantes de un régimen aduanero y los operadores de comercio exterior

14. La obligación comprende el cumplimiento de las formalidades aduaneras y de todas aquellas que se deriven de actuaciones que emprenda la administración aduanera, y sus responsables no son solo directos sino también indirectos.