LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO ( LEY 152 DE 1994) Y LEY DE POLÍTICA FISCAL (LEY 617 DEL ...

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
LEY ORGÁNICA DEL PLAN DE DESARROLLO ( LEY 152 DE 1994) Y LEY DE POLÍTICA FISCAL (LEY 617 DEL 2000) por Mind Map: LEY ORGÁNICA DEL  PLAN DE   DESARROLLO ( LEY 152 DE 1994) Y LEY  DE POLÍTICA FISCAL (LEY 617 DEL 2000)

1. PRINCIPIOS GENERALES: autonomía, ordenación de competencias, coordinación, consistencia, prioridad del gasto publico social, continuidad, participación, sustentabilidad ambiental, desarrollo armónico de las regiones, proceso de planeación, eficiencia, viabilidad, coherencia, conformación de los planes de desarrollo. * Conformación del Plan Nacional de Desarrollo. - Parte General - Plan de inversiones de entidades publicas del orden nacional. - Presupuestos plurianuales * Aprobación del Plan: Presentación y primer debate, segundo debate, modificaciones por parte del Congreso, modificaciones por parte del Gobierno Nacional, participación del Director Nacional de Planeación, aprobación del Plan por Decreto. * Ejecución del Plan Con base en el Plan Nacional de Desarrollo aprobado cada uno de los organismos públicos de todo orden a los que se aplica esta Ley preparará su correspondiente plan de acción.

2. Tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, * Se aplicará a la Nación, las entidades territoriales y los organismos públicos de todo orden

3. Funciones: Analizar y discutir el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo. * Organizar y coordinar una amplia discusión nacional sobre el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo. * Absolver las consultas que, sobre el Plan Nacional de Desarrollo, * Formular recomendaciones a las demás autoridades y organismos de planeación sobre el contenido y la forma del Plan. * Conceptuar sobre el proyecto del Plan de Desarrollo elaborado por el Gobierno.

4. Desventajas del Plan Desarrollo: Los planes de desarrollo son elaborados por seres humanos, que por naturaleza son complejos. * La ejecución de los planes de desarrollo se ven influenciados por la voluntad política de los líderes. * También dependen de la capacidad de las entidades nacionales, territoriales que participen en la ejecución de los programas. * En Colombia está limitada por las restricciones fiscales y la categorización de entidades territoriales. * Debido a los múltiples actores políticos que participan en las entidades estatales, afectan la aprobación de los planes de desarrollo. LEY 617 DE 2000

5. 1. Autoridades e instancias nacionales de planeación Nacionales: Presidente de la República, Conpes, DNP, Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Instancias: Congreso de la República, Consejo Nacional de Planeación. 2. Procedimiento para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo: - Proceso de elaboración. - Formulación inicial. - Coordinación de las labores de Formulación. - Participación activa de las Entidades Territoriales. - Presentación al Conpes. - Concepto del Consejo Nacional de Planeación. - Proyecto definitivo.

6. El DNP presentará al Conpes, en el mes de abril de cada año, un informe sobre el resultado del total de las evaluaciones con un documento que se constituirá en la base para el diseño del plan de inversiones del próximo año. * Evaluación del Plan: Corresponde al DNP, en su condición de entidad de planeación, diseñar y organizar los sistemas de evaluación de gestión y de resultados de la administración, tanto en lo relacionado con políticas como con proyectos de inversión, y señalar los responsables, términos, y condiciones para realizar la evaluación.

7. Procedimiento para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo: * Proceso de elaboración. Formulación inicial. Coordinación de las labores de Formulación Participación activa de las Entidades Territoriales. Presentación al Conpes y Consejo Superior de Política Fiscal, Confis Concepto del Consejo Nacional de Planeación Proyecto definitivo Aprobación del Plan en el Congreso de la Republica Ejecución del Plan Evaluación del Plan * Los Planes de Desarrollo de las entidades territoriales * Los planes de desarrollo de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones a mediano y corto plazo, en los términos y condiciones que de manera general reglamenten las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales o las autoridades administrativas que hicieren sus veces, siguiendo los criterios de formulación establecidos en la presente Ley.