Plan de Desarrollo y Política Fiscal. Ley 152 de 1994 Ley 617 de 2000

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Plan de Desarrollo y Política Fiscal. Ley 152 de 1994 Ley 617 de 2000 por Mind Map: Plan de Desarrollo y Política Fiscal. Ley 152 de 1994 Ley 617 de 2000

1. Capitulo VII Evaluación del Plan

1.1. Corresponde al Departamento Nacional de Planeación realizar el seguimiento a la ejecución del Plan

2. Capitilo VI Ejecución

2.1. Con base en el Plan Nacional de Desarrollo aprobado cada uno de los organismos públicos de todo orden a los que se aplica esta Ley preparará su correspondiente plan de acción

2.2. El Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional es un instrumento para la planeación que registra los programas y proyectos viables técnica, ambiental y socioeconómicamente, susceptibles de financiación con recursos del Presupuesto General de la Nación.

3. Capitulo VIII Planes de Desarrollo de las entidades territoriales

3.1. Parte Estratégica

3.2. Plan de Inversiones a mediano y corto plazo

3.3. La autoridades de la entidades territoriales indigenas definirán el alcance y procedimientos para la elaboración

4. Capitulo IX Autoridades e instancias territoriales de planeación

4.1. Autoridades

4.1.1. Alcalde o Gobernador

4.1.2. El Consejo de Gobierno Municipal, Departamental o Distrital

4.1.3. La Secretaría, Departamento Administrativo u Oficina de Planeación

4.1.4. Las demás Secretarías, Departamentos Adminstrativos u Oficinas especializadas

4.2. Instancias

4.2.1. Las Asambleas Departamentales, los Concejos Municipales, Distritales y las Entidades Territoriales Indígenas, respectivamente

4.2.2. Los Consejos Territoriales de Planeación Municipal, Departamental, Distrital, o de las Entidades Territoriales Indígenas

5. Capitulo X Procedimientos para los planes territoriales de desarrollo

5.1. se aplicarán, en cuanto sean compatibles, las mismas reglas previstas en esta Ley para el Plan Nacional de Desarrollo.

6. Capitulo XI Planeación Regional

6.1. Debe contribuir a que haya la debida coherencia y articulación entre la planeación nacional y la de las entidades territoriales,

7. Capitulo XII Disposiciones Generales

7.1. Apoyo Técnico y Administrativo

7.1.1. DANE

7.1.2. DNP

8. POLÍTICA FISCAL Medidas del Gobierno para mejorar la economía del País

8.1. El Objetivo es aumentar el nivel de ingreso nacional, redistribuir el ingreso, proveer bienes públicos, generar empleo, etc.

8.2. Los departamentos se categorizan de acuerdo a los habitantes e ingresos corrientes

8.2.1. Los gobernadores deben realizar la categorización a 31 de octubre de cada vigencia

8.3. Los distritos y municipios también se categorizan de acuerdo a su población e ingresos corrientes

8.3.1. Los alcaldes deben realizar la categorización a 31 de octubre de cada vigencia

8.4. La financiación de los gastos de funcionamiento se financian con los ingresos corrientes libres de destinación

8.4.1. Departamentos

8.4.1.1. Especial 50%

8.4.1.2. Primera 55%

8.4.1.3. Segunda 60%

8.4.1.4. Tercera y cuarta el 70%

8.4.2. Municipios

8.4.2.1. Especial 50%

8.4.2.2. Primera 65%

8.4.2.3. Segunda y tercera 70%

8.4.2.4. Cuarta, quinta y sexta 80%

8.5. Las Asambleas, Contralorías, Personerías, Concejos

8.5.1. También tienen definidos unos límites para sus gastos de financiamiento

8.6. Se prohibe hacer transferencias a las empresas de licores, loterías, de salud, e instituciones financieras

8.6.1. Se establece salarios de personeros, contralores y diputados

8.7. Se dan lineamientos para la creación de municipios y racionalización de los fiscos municipales

8.7.1. Se definen las atribuciones de los personeros

8.8. Se establece los honorarios de los concejales municipales y distritales

8.8.1. Se definen reglas para la gestión, así como las inhabilidades y las incompatibilidades

8.9. Existe un Capítulo especial para Bogotá

9. PLAN DE DESARROLLO Capitulo I Principios generales

9.1. Propósito

9.1.1. Establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo.

9.2. Aplicación

9.2.1. A la Nación, las entidades territoriales y los organismos públicos de todo orden.

9.3. Principios

9.3.1. Autonomía, ordenación de competencias, coordinación, consistencia, prioridad del gasto público social, continuidad, participación, sustentabilidad ambiental

9.3.2. Desarrollo armónico de las regiones, proceso de planeación, eficiencia, viabilidad, coherencia, conformación de los planes de desarrollo

10. Capitulo II El Plan Nacional de Desarrollo

10.1. Conformación

10.1.1. Parte General

10.1.1.1. Objetivos nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo

10.1.1.2. Metas nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo con procedimientos para logarlo

10.1.1.3. Estrategias y política en materia económica, social y ambiental que guía la acción del Estado

10.1.1.4. Señala las formas, medios e instrumentos para armonizar la planeación con la sectorial, regional, departamental, municipal y demás.

10.1.2. Plan de Inversiones

10.1.2.1. Proyección de los recursos financieros disponibles para su ejecución y su armonización con los planes de gasto público

10.1.2.2. Descripción de los principales programas y subprogramas, con indicación de sus objetivos y metas nacionales, regionales y sectoriales y los proyectos prioritarios de inversión

10.1.2.3. Presupuestos plurianuales mediante los cuales se proyectarán en los costos de los programas más importantes de inversión pública contemplados en la parte general

10.1.2.3.1. Proyección de los costos y fuentes de financiación de los principales programas y proyectos de inversión pública, cuando éstos requieran para su ejecución más de una vigencia fiscal

10.1.2.4. Especificación de los mecanismos idóneos para su ejecución

11. Capitulo III Autoridades e instancias nacionales de planeación

11.1. Autoridades Nacionales

11.1.1. El Presidente de la República

11.1.2. El Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes) y el Conpes Social.

11.1.3. El Departamento Nacional de Planeación

11.1.4. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público

11.1.5. Los demás Ministerios y Departamentos Administrativos en su ámbito funcional, conforme a las orientaciones de las autoridades precedentes

11.2. Instancias

11.2.1. El Congreso de la República

11.2.2. El Consejo Nacional de Planeación

11.2.2.1. Lo convoca por el Gobierno cuando el presidente se posesione

11.2.2.2. Funciones

11.2.2.2.1. Analizar y discutir el proyecto del Plan Nacional de Desarrollo

11.2.2.2.2. Organizar y coordinar una amplia discusión del Plan Nacional de Desarrollo

11.2.2.2.3. Absolver las consultas que, sobre el Plan Nacional de Desarrollo, formule el Gobierno Nacional y demás autoridades de planeación

11.2.2.2.4. Formular recomendaciones sobre el contenido y forma del plan

11.2.2.2.5. Conceptuar sobre el proyecto del Plan de Desarrollo elaborado por el Gobierno

12. Capitulo IV Procedimiento para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo

12.1. Formulación inicial

12.2. Coordinación de las labores de Formulación

12.3. Participación activa de las Entidades Territoriales

12.4. Presentación al Conpes

12.5. Concepto del Consejo Nacional de Planeación.

12.6. Proyecto definitivo

13. Capitulo V Aprobación del Plan

13.1. Se presenta al Congreso de la República, donde se realizan los debates de ley. El congreso puede incorporar modificaciones manteniendo el equilibrio financiero

13.2. En cualquier momento durante el tramite legislativo el Gobierno Nacional puede solicitar modificaciones