LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (FRANQUICIAS).

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LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (FRANQUICIAS). por Mind Map: LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL (FRANQUICIAS).

1. Art.142 Bis (El contrato de franquicia debe contener:).

1.1. I.-La zona geográfica de la franquicia.

1.2. II.- Su ubicación, dimensión mínima y características de las inversiones en infraestructura.

1.3. III.-Las políticas de inventarios, mercadotecnia y publicidad, suministro de mercancías y contratación con proveedores, en el caso de que sean aplicables;

1.4. IV.-Las políticas, procedimientos y plazos relativos a los reembolsos, financiamientos y demás contraprestaciones convenidos en el contrato;

1.5. V.Los criterios y métodos que determinen los márgenes de utilidad y/o comisiones de los franquiciatarios;

1.6. VI.-Las características de la capacitación técnica y operativa del personal del franquiciatario y la forma técnica que el franquiciante otorgue.

1.7. VII.-Los criterios y métodos respecto a la calidad de los servicios a cargo del franquiciante y del franquiciatario;

1.8. VIII.- los términos y condiciones para subfranquiciar, en caso de que las partes así lo convengan;

1.9. IX.-Las causales para la terminación del contrato de franquicia;

1.10. X.-Podrán revisarse y, en su caso, modificarse de común acuerdo los términos o condiciones relativos al contrato de franquicia;

1.11. XI.-No existirá obligación del franquiciatario de enajenar sus activos al franquiciante.

1.12. XII. No existirá obligación del franquiciatario de enajenar o transmitir las acciones de su sociedad o hacerlo socio al franquiciante.

2. Art 142 Bis 1,2,3.

2.1. Bis 1.-El franquiciante podrá tener injerencia en la organización y funcionamiento del franquiciatario, para garantizar los estándares de administración y de imagen de la franquicia.

2.2. El franquiciatario deberá guardar durante el contrato y, una vez terminado éste, la confidencialidad sobre la información que haya tenido conocimiento y que sean propiedad del franquiciante.

2.3. El franquiciante y el franquiciatario no podrán dar por terminado o rescindido unilateralmente el contrato, salvo que el mismo se haya pactado por tiempo indefinido, o bien, exista una causa justa para ello.

3. Art. 142 (Existira Franquicia:)

3.1. Licencia de uso otorgada por escrito.

3.2. Conocimientos técnicos y asistencia técnica otorgada por el franquiciante.

3.3. Aviso con 30 días de anticipación al franquiciatario a celebrar el contrato, el estado de la empresa.

3.4. La falta de veracidad del estado de la empresa anula el contrato celebrado para el franquiciatario,asi como la demanda por daño que hubiese generado.