MANUAL DE BIOSEGURIDAD

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MANUAL DE BIOSEGURIDAD por Mind Map: MANUAL DE BIOSEGURIDAD

1. Normativa del Ministerio de Salud del Ecuador sobre manejo de desechos hospitalarios

1.1. TITULO I: DEL MANEJO INTERNO

1.1.1. CAPÍTULO I DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Art.1.- El presente Reglamento se aplicará en todos los establecimientos del Sector Salud en todo el país como: hospitales clínicas, centros de salud, subcentros de salud, puestos de salud, policlínicos, unidades móviles, consultorios médicos y odontológicos, laboratorios clínicos, de patología y de experimentación, locales que trabajan con radiaciones ionizantes, morgue, clínicas veterinarias, centros de estética y cualquier actividad que genere desechos infecciosos, cortopunzantes y especiales.

1.1.2. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS Art.2.- Objetivo General.- Establecer lineamientos para la aplicación de la Ley Orgánica de Salud: Libro Segundo, CAPÍTULO II “De los desechos comunes, infecciosos, especiales y de las radiaciones ionizantes y no ionizantes” Art.3. Objetivos específicos.- Son objetivos específicos los siguientes: a. Definir las responsabilidades de los establecimientos de salud públicos y privados, en relación al manejo de los desechos comunes, infecciosos y especiales

1.1.3. CAPÍTULO III DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS DESECHOS Art. 4. Para efectos del presente reglamento, los desechos producidos en los establecimientos de Salud se clasifican en: a. Desechos generales o comunes. b. Desechos infecciosos. c. Desechos especiales.

1.1.4. CAPÍTULO IV DE LA GENERACIÓN Y SEPARACIÓN Art. 5.- Se establecen indicadores de generación de los desechos infecciosos en la institución de salud de acuerdo a la complejidad de la misma: a. servicio de hospitalización: kilogramo por cama y por día y por paciente. b. atención ambulatoria: 250 a 350 gramos por consulta por día y por paciente.

1.1.5. CAPÍTULO V DE LOS ALMACENAMIENTOS Y RECIPIENTES Art.14 .De acuerdo al nivel de complejidad de la institución de salud existirán los siguientes sitios de almacenamiento: • a.- Almacenamiento de generación: es el lugar en donde se efectúa el procedimiento y representa la primera fase del manejo de los desechos infecciosos, cortopunzantes, especiales y comunes.

1.1.6. CAPÍTULO VI DE LA RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE INTERNO Art.24.- .La recolección y transporte interno de los desechos, desde las fuentes de generación hasta los sitios de almacenamiento, deberá realizarse mediante el uso de recipientes plásticos con tapa, ruedas, de fácil manejo y no deben ser utilizados para otro fin.

1.1.7. CAPÍTULO VII DEL TRATAMIENTO DE LOS DESECHOS INFECCIOSOS Y ESPECIALES Art.28.- El tratamiento de los desechos infecciosos consiste en la inactivación de la carga contaminante bacteriana y/o viral en la fuente generadora Art. 29.- Los métodos de tratamiento de los desechos infecciosos son: a.- Esterilización (autoclave): Mediante la combinación de calor y presión proporcionada por el vapor de agua, en un tiempo determinado. b.- Desinfección química: Mediante el contacto de los desechos con productos químicos específicos.

1.1.8. CAPÍTULO VIII DEL TRATAMIENTO DE LOS DESECHOS RADIACTIVOS IONIZANTES Y NO IONIZANTES Art.31.- .Los desechos radiactivos ionizantes y no ionizantes deberán ser sometidos a tratamientos específicos según las normas vigentes del organismo regulador en el país, antes de ser dispuestos en las celdas de seguridad y confinamiento en los rellenos sanitarios.

1.1.9. CAPÍTULO VI DE LA RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE INTERNO Art.24.- .La recolección y transporte interno de los desechos, desde las fuentes de generación hasta los sitios de almacenamiento, deberá realizarse mediante el uso de recipientes plásticos con tapa, ruedas, de fácil manejo y no deben ser utilizados para otro fin.

1.2. TITULO II DEL MANEJO EXTERNO

1.2.1. CAPITULO I DE LA RECOLECCIÓN DIFERENCIADA, TRATAMIENTO EXTERNO Y DISPOSICIÓN FINAL Art.32.- Es responsabilidad de los Municipios el manejo externo de los desechos infecciosos de conformidad con lo establecido en el Art. 100 de la Ley Orgánica de Salud. Art.33.-.La recolección diferenciada es el proceso especial de entrega-recepción de los desechos infecciosos y especiales generados en los establecimientos de salud, con UN VEHÌCULO EXCLUSIVO de características especiales y con personal capacitado para el efecto.

1.3. TITULO III DE LOS COMITES

1.3.1. CAPITULO I DE LOS COMITÉS DE MANEJO DE DESECHOS Art. 36. COMITÉ PROVINCIAL. En cada provincia se conformará un comité de manejo de desechos constituido por un representante de los comités cantonales, presidido por el Director Provincial de Salud.

1.3.2. CAPITULO II TITULO I DE LA DELEGACION Art. 39.- El Ministerio de Salud a través de las Direcciones Provinciales DELEGARÁ a los miembros de los Comités Cantonales de Manejo de Desechos Hospitalarios, bajo el cumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento, para ejecutar las siguientes acciones: a. Asesorar y evaluar a los establecimientos de salud en el manejo de los desechos en todas sus etapas. b. Analizar los archivos de los Comités Institucionales de Desechos o documentación requerida durante el proceso de evaluación, para verificar y calificar la Gestión del Comité.

1.4. TITULO IV DE LA BIOSEGURIDAD