De los principios rectores de los Organismos garantes

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De los principios rectores de los Organismos garantes por Mind Map: De los principios rectores de los Organismos garantes

1. CERTEZA

1.1. Principio que otorga seguridad y certidumbre jurídica a los particulares, en virtud de que permite conocer si las acciones de los Organismos garantes son apegadas a derecho y garantiza que los procedimientos sean completamente verificables, fidedignos y confiables

2. IMPARCIALIDAD

2.1. Cualidad que deben tener los Organismos garantes respecto de sus actuaciones de ser ajenos o extraños a los intereses de las partes en controversia y resolver sin favorecer indebidamente a ninguna de ellas

3. EFICACIA

3.1. Obligación de los Organismos garantes para tutelar, de manera efectiva, el derecho de acceso a la información

4. OBJETIVIDAD

4.1. Obligación de los Organismos garantes de ajustar su actuación a los presupuestos de ley que deben ser aplicados al analizar el caso en concreto y resolver todos los hechos, prescindiendo de las consideraciones y criterios personales

5. TRANSPARENCIA

5.1. Obligación de los Organismos garantes de dar publicidad a las deliberaciones y actos relacionados con sus atribuciones, así como dar acceso a la información que generen

6. Sección Segunda De los Principios en Materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública

6.1. Es obligación de los Organismos garantes otorgar las medidas pertinentes para asegurar el acceso a la información de todas las personas en igualdad de condiciones con las demás. Está prohibida toda discriminación que menoscabe o anule la transparencia o acceso a la información pública en posesión de los sujetos obligados.

6.2. Toda la información en posesión de los sujetos obligados será pública, completa, oportuna y accesible

6.2.1. Toda la información pública generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados es pública y será accesible a cualquier persona, para lo que se deberán habilitar todos los medios, acciones y esfuerzos disponibles en los términos y condiciones que establezca esta Ley.

6.3. El ejercicio del derecho de acceso a la información no estará condicionado a que el solicitante acredite interés alguno o justifique su utilización, ni podrá condicionarse el mismo por motivos de discapacidad.

6.4. El ejercicio del derecho de acceso a la información es gratuito y sólo podrá requerirse elcobro correspondiente a la modalidad de reproducción y entrega solicitada

7. MÁXIMA PUBLICIDAD

7.1. Toda la información en posesión de los sujetos obligados será pública, completa, oportuna y accesible, sujeta a un claro régimen de excepciones que deberán estar definidas y ser además legítimas y estrictamente necesarias en una sociedad democrática

8. LEGALIDAD

8.1. Obligación de los Organismos garantes de ajustar su actuación, que funde y motive sus resoluciones y actos en las normas aplicables

9. INDEPENDENCIA

9.1. Cualidad que deben tener los Organismos garantes para actuar sin supeditarse a interés, autoridad o persona alguna

10. PROFESIONALISMO

10.1. Los Servidores Públicos que laboren en los Organismos garantes deberán sujetar su actuación a conocimientos técnicos, teóricos y metodológicos que garanticen un desempeño eficiente y eficaz en el ejercicio de la función pública que tienen encomendada