NORMAS JURÍDICAS Y SU CLASIFICACIÓN

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
NORMAS JURÍDICAS Y SU CLASIFICACIÓN por Mind Map: NORMAS JURÍDICAS Y SU CLASIFICACIÓN

1. VISTAS DE LA VIOLACIÓN Y DE LAS SANCIONES DE LAS NORMAS

1.1. Leges plus quam perfectae

1.1.1. Consiste en la nulidad de los actos que las vulneran, recayendo además otro tipo de sanción sobre el infractor, para resarcir de los daños que pudo ocasionar.

1.2. Leges perfectae

1.2.1. La violación produce únicamente el efecto de la nulidad del acto sin que se sobreañada sanción alguna para el infractor de la norma.

1.3. Leges minus quam perfectae

1.3.1. No establecen la nulidad de los actos contrarios a las mismas. Sin embargo, establecen determinadas sanciones, castigos o efectos sobre el infractor.

1.4. Leges imperfectae

1.4.1. Normas cuya infracción no solamente no produce la nulidad del acto, sino que tampoco imponen sanciones al infractor.

2. POR EL ÁMBITO DE SU VALIDEZ

2.1. Espacial

2.1.1. El ámbito espacial se refiere al espacio geográfico o territorio en que un precepto es aplicable. Se clasifican en dos:

2.1.1.1. Internacionales: tienen su espacio de vigencia en varios Estados. Aunque existan excepciones.

2.1.1.2. Nacionales: su vigencia se circunscribe al Estado que las ha promulgado.

2.2. Temporal

2.2.1. El ámbito temporal está constituido por el período de tiempo durante el cual tiene vigencia una norma. Pueden ser dos tipos:

2.2.1.1. Normas de vigencia limitada: Aquellas que, desde el momento mismo de su publicación, incorporan en la propia norma la duración de su obligatoriedad, estableciendo el período de tiempo durante el cual permanecerán vigentes.

2.2.1.2. Normas de vigencia ilimitada: estas normas pierden su vigencia cuando son derogadas expresamente o tácitamente por otras normas, o cuando al no ser aplicadas se convierten en normas en desuso.

2.3. Material

2.3.1. El ámbito material se refiere a la materia o contenido regulado. Se podrían clasificar en:

2.3.1.1. Normas de Derecho Público: Quedarían aquí englobados el Derecho constitucional, Derecho administrativo, Derecho penal, Derecho procesal, Derecho internacional público, Derecho tributario.

2.3.1.2. Normas de Derecho Privado: Derecho civil, Derecho mercantil.

2.3.1.3. Categoría intermedia: Derecho del trabajo, Derecho de la Seguridad Social, Derecho de la economía, Derecho turístico,

2.4. Personal

2.4.1. Se refiere a los sujetos a los que afecta la norma. Desde este punto de vista, las normas pueden ser:

2.4.1.1. Genéricas: cuyo sujeto pasivo es una clase o categoría de personas, una pluralidad de individuos integrantes de un colectivo determinado

2.4.1.2. Particulares: normas que obligan sólo a determinadas personas, puesto que derivan de la voluntad de los propios individuos

2.4.1.3. Individuales: obligan o facultan a una o varias personas determinadas de modo individual

3. POR SU FUNCIÓN O FINALIDAD

3.1. De Conducta o de Comportamiento

3.1.1. Normas que regulan una conducta de acción u omisión. Su objetivo inmediato es regular los comportamientos de los individuos y las actividades de los grupos y entidades sociales en general.

3.2. De Organización o Complementarias

3.2.1. Adquieren un significado pleno cuando se las relaciona con otras normas a las cuales complementan. estipulan condiciones y determinan como se cumplirán las primeras. Son muy numerosas pero las de más interés son:

3.2.1.1. De Vigencia: Se refieren a la iniciación, duración o extinción de la validez u obligatoriedad de una norma. También aquellas que se refieren a la extinción de la vigencia, las cuales pueden ser:

3.2.1.1.1. Abrogatorias: cuando su misión es abolir totalmente una norma anterior.

3.2.1.1.2. Derogatorias: cuando la abolición se extiende tan sólo a algunos preceptos de la ley o del ordenamiento.

3.2.1.2. Declarativas, explicativas o definitorias: son aquellas que explican o definen los términos empleados en otros preceptos.

3.2.1.3. Permisivas: establecen algunos casos de excepción respecto de las obligaciones impuestas por otras normas.

3.2.1.4. Interpretativas: su finalidad consiste en la interpretación de otras normas

3.2.1.5. Sancionadoras: el supuesto jurídico de estas normas es la inobservancia de los deberes impuestos por la disposición sancionadora.

3.2.1.6. De organización, de procedimiento y de competencia: las normas jurídicas de comportamiento necesitan para su efectividad una serie de elementos de organización, de medios materiales, instrumentales y personales sin los cuales su operatividad sería imposible.

4. POR SU ORIGEN

4.1. Legales

4.1.1. Son normas escritas dictadas por los órganos legislativos competentes del Estado. Una ley aprobada por Cortes Supremas, una Orden Ministerial.

4.2. Consuetudinarias

4.2.1. Se trata de la repetición reiterada de determinadas conductas, llamadas costumbres jurídicas. Para su existencia como normas jurídicas se exige que su comportamiento convenza que son normas jurídicamente obligatorias.

4.3. Jurisprudenciales

4.3.1. Normas que provienen de la actividad judicial llevada a cabo por algunos tribunales. Tienen dos manifestaciones:

4.3.1.1. La doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo. Art. 2.6 del Cód. Civil

4.3.1.2. La sentencia de un Tribunal, en cuanto que dicho fallo es un mandato por el que se regulan las relaciones entre las partes afectadas por dicha sentencia.

4.4. Negociales

4.4.1. Las contenidas en las cláusulas de los contratos o negocios jurídicos, puesto que lo establecido en ellas por las partes les obliga jurídicamente.

5. POR LA JERARQUÍA FORMAL O EL LUGAR QUE LAS NORMAS OCUPAN EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO

5.1. Primarias

5.1.1. Aquellas que ocupan la escala más alta o importante dentro del ordenamiento jurídico, es decir, las que se sitúan en el más alto rango jerárquico.

5.2. Secundarias

5.2.1. Aquellas que ocupan una escala inferior en la jerarquía normativa. Son inferiores debido a que dependen de una norma superior.

6. POR EL GRADO DE IMPERATIVIDAD

6.1. Texativas

6.1.1. Son aquellas normas que obligan siempre a los destinatarios, independientemente de su voluntad, no pudiendo decidir la realización de otra conducta diferente.

6.2. Dispositivas

6.2.1. Aquellas que pueden dejar de aplicarse a una situación jurídica concreta por voluntad expresa de las partes.

7. VISTAS DE SU CUALIDAD O MODO DE VINCULAR LA VOLUNTAD DE LOS SUJETOS

7.1. Positivas

7.1.1. Normas que permiten realizar ciertas conductas, bien sea una acción o una omisión. A su vez, las normas positivas pueden ser:

7.1.1.1. Preceptivas: prescriben la realización de una determinada conducta de acción u omisión. Al estar preceptuada, lógicamente, está permitida.

7.1.1.2. Permisivas: autorizan un determinado comportamiento, pero no es obligado.

7.2. Negativas

7.2.1. Prohíben determinados comportamientos, ya sean de acción o de omisión.

8. ARNOLDO ENRIQUE SEGURA ARIAS