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DECRETOS por Mind Map: DECRETOS

1. DECRETO 2420 DEL 2015

1.1. El DUR 2420 de 2015 es el decreto único reglamentario de la Ley 1314 de 2009, y compila los decretos que tienen que ver con la aplicación de normas técnicas información financiera y aseguramiento. En este editorial mencionamos cómo ubicarse fácilmente y entender su estructura.

1.2. objetivo

1.2.1. Compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario expedidas en desarrollo de la Le 1314 del 2009, que rigen en materia de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información.

1.3. PARTE 1: NORMAS DE CONTABILIDAD Y DE INFORMACIÓN FINANCIERA

1.3.1. Grupo 1: Entidades y negocios fiduciarios (administra el dinero o los bienes de otras personas) que tengan valores inscritos en el registro nacional de valores y emisores. Entidades y negocios de interés público. Establecimientos bancarios, corporaciones financieras, compañías de financiamiento, etc) Entidades que no estén en los numerales anteriores, que cuenten con una planta de personal mayor a 200 trabajadores con activos totales superiores a 30.000 SMMLV

1.3.1.1. CRONOGRAMA DE APLICACIÓN Los primeros estados financieros aplicados con el nuevo marco normativo se preparan con el corte al 31 de Diciembre de 2015. Se deben observar las siguientes condiciones: Período de preparación obligatoria. Cuando se deben empezar a revisar el proyecto de convergencia. (Todo el año 2013) Fecha de transición. El ejercicio antes de la aplicación, que servirá de base comparativa (2014) Estado de situación de apertura. Es el primer estado presentado con las aplicaciones del marco normativo (su fecha de corte es la fecha de transición) Primera fecha de aplicación. Cuando la contabilidad se lleva de acuerdo con el nuevo marco normativo (2015) PERMANENCIA. Los preparadores de información financiera debieron permanecer en dicho grupo donde se realizaba la convergencia a un término no inferior a 3 años, contados desde la situación financiera de apertura. Es igual para los 3 grupos.

1.3.2. GRUPO 2 Entidades que no cumplan con los requisitos del grupo 1 y 3 • No ser emisores de valores • No ser entidad de interés publico • Entidades que cuenten con una planta de personal menor a 200 trabajadores o con activos totales inferiores a 30.000 SMMLV • No ser subordinada a sucursal de una compañía nacional o extranjera que aplique NIIF plenas.

1.3.3. GRUPO 3 Se establece un régimen simplificado de contabilidad de causación para las microempresas, conforme el marco regulatorio además, los requerimientos de reconomiento, medición (costo histórico), presentación e información a revelar de las transacciones y otros hechos además las condiciones de los estados financieros con propósito de información general. (corrientes no corrientes). Decreto 2706 de 2012 modificado por decreto 3019 de 2013

1.4. PARTE 2: DISPOSICIONES GENERALES MARCO TECNICO NORMATIVO DE LAS NORMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIÓN (NAI)

1.4.1. Las normas internacionales de auditoria (NIA) Las normas internacionales de control de calidad (NICC) Las normas internacionales de trabajos de revisión (NITR)Las normas internacionales de trabajos para atestiguar (ISAE por sus siglas en inglés) Las normas internacionales de servicios relacionados (NISR) El código de ética para profesionales de la contaduría

1.4.1.1. AMBITOS DE APLICACIÓN Los revisores fiscales que presente sus servicios, a entidades del grupo 1 y a las entidades del grupo 2 aplicarán las NIA. Los revisores fiscales que presten sus servicios a entidades de grupo 3, continuarán aplicando los procedimientos de auditoría previstos en el marco regulatorio vigente y podrán aplica voluntariamente las NIA

2. 5 PRINCIPIOS DEL CONTROL INTERNO

2.1. COSO

2.1.1. Proporcionar liderazgo intelectual a través deL desarrollo de marcos generales y orientaciones sobre la Gestión del Riesgo, Control Interno y Disuasión del Fraude

2.1.1.1. 5 PRINCIPIOS

2.2. 1.ENTORNO DE CONTROL

2.2.1. Principio 1: Demuestra compromiso con la integridad y los valores éticos

2.2.2. rincipio 2: Ejerce responsabilidad de supervisión

2.2.3. Principio 3: Establece estructura, autoridad, y responsabilidad

2.2.4. Principio 4: Demuestra compromiso para la competencia

2.2.5. Principio 5: Hace cumplir con la responsabilidad

2.3. 2. EVALUACION DE RIESGO

2.3.1. Principio 6: Especifica objetivos relevantes

2.3.2. Principio 7: Identifica y analiza los riesgos

2.3.3. Principio 8: Evalúa el riesgo de fraude

2.3.4. Principio 9: Identifica y analiza cambios importantes

2.4. 3.ACTIVIDAD DE CONTROL

2.4.1. Principio 10: Selecciona y desarrolla actividades de control

2.4.2. Principio 11: Selecciona y desarrolla controles generales sobre tecnología

2.4.3. Principio 12: Se implementa a través de políticas y procedimientos

2.4.4. Principio 13: Usa información Relevante

2.5. 4.SISTEMAS DE INFORMACION

2.5.1. Principio 14: Comunica internamente

2.5.2. Principio 15: Comunica externamente

2.6. 5. SUPERVICION DEL SISTEMA DE CONTROL- MONITOREO

2.6.1. Principio 16: Conduce evaluaciones continuas y/o independientes

2.6.2. Principio 17: Evalúa y comunica deficiencias

3. ANDREA JOHANNA MORENO RODRIGUEZ MAGNOLIA PEREZ 8 semestre de administracion financiera Auditoria Financiera Grupo 01

4. DECRETO 2650 DE 1993

4.1. Objetivo

4.2. ART1 busca la informalidad en el registro de las operaciones economicas realizadas por los COMERCIANTES

4.2.1. CONTENIDO

4.3. contenido

4.3.1. ART 2 esta compuesta por las cuentas y la descripcion dinamica de la aplicacion de la misma

4.4. Catalogo de cuentas

4.4.1. ART 3: contiene la relacion ordenada y la clasifica de las clases, grupos, cuentas y subcuentas

4.4.1.1. del activo, pasivo ,patrimonio, ingresos, gastos,costos de venta, de produccion o de operacion y cuentas de orden. con un código numérico y su respectivadenominación

4.5. Descripciones

4.5.1. ATR 4:Expresan o detallan los conceptos de las diferentes clases, grupos y cuentas incluidas en el catálogo e indican las operaciones a registrar en cada una de las cuentas.

4.5.1.1. DINAMICA Señalan la forma en que se deben utilizar las cuentas y realizar los diferentes movimientos contables que las afecten.

4.6. Campo de aplicacion

4.6.1. ATR 5 El PUC, será deberá ser aplicado por todas las personas naturales o jurídicas (ente s económicos) que estén obligadas a llevar contabilidad, de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio

4.7. Descripcion

4.7.1. ART 6: CATALOGO DE CUENTAS: será de carácter obligatorio; en la Contabilidad no podrá utilizar clases, grupos, cuentas.Si los Entes Económicos lo desean podrán utilizarlos

4.7.1.1. 1. Deberán llevar unos libros donde ingresen la información contable de la entidad conforme al catálogo de cuentas

4.7.1.2. 2. Realizar una Tabla de Equivalencia,donde anoten sus operaciones, códigos,y deberán informar a la entidad de viilancia

4.7.1.3. 3. Las cuentas y subcuentas identificadas por el código numérico, podrán ser utilizadas y denominadas por el ente económico, dentro del rango establecido, dependiendo de sus necesidades de información, conservando la misma estructura del plan único de cuentas.

4.7.2. ART 6° DINAMICAS Y DESCRIPCIONES Las dinámicas y descripciones serán de uso obligatorio y todos los asientos contables deberán efectuarse de conformidad con lo establecido en ellas

4.8. Auxiliares

4.8.1. ART 7: Además de las subcuentas se podrán utilizar las auxiliares que necesiten el ente económico para lo cual se deberá anotar en el séptimo digito

4.9. Ajustes por inflacion

4.9.1. ART 8: Podrán registrarse dentro de cada una de lassubcuentas respectivas. Si desea el enteeconómico registrarlos por separados, podránutilizarlos en las subcuentas cuyos códigosterminen en 99. Los pasivos deberán sercancelados en especies o servicios futuros.

4.10. Abrevituras

4.10.1. ART 9: Los rubros que conforman el catálogo del plan único de cuentas, podrá ser aplicada utilizando abreviaturas o parte de la denominación, según le corresponda.

4.11. Libros Oficiales

4.11.1. ART 10:Los libros de comercio registrados deberán llevarse aplicando los códigos numéricos y las denominaciones del catálogo de cuentas contenidas en el presente decreto

4.12. Presentacion estados financieros

4.12.1. ART 12: Derogado por medio del D.R. 2894/94, art. 9o. Toda presentación de Estados Financieros básicos a los administradores, socios, entidades del Estado y a terceros, deberá efectuarse utilizando las denominaciones indicadas en el Catálogo contenido en el Plan Único de Cuentas. Asimismo, indicará los códigos numéricos, en el evento que le sean solicitado por alguno de estos.

4.13. Aplicacion gradual

4.13.1. ART 13 :El plan único de cuentas se aplicarápara todas las operacioneseconómicas, a partir del 1o de enerode 1994 en las sociedadesmercantiles que legal oestatutariamente estén obligadas atener revisor fiscal. El registro ocomprobante contable seráobligatorio a nivel de cuenta (loscuatro primeros dígitos).

4.13.1.1. A partir del 1o de enero de 1995, el plan único de cuentas será obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Comercio. El registro o comprobante contable será obligatorio a nivel de subcuenta(los seis primeros dígitos).

5. DECRETO 2649 DE 1993

5.1. es el conjunto de normas o principios de la contabilidad generalmente aceptados

5.1.1. cualidades de la informacion

5.1.2. La información es comprensible cuando es clara y fácil de entender

5.1.3. La información es útil cuando es pertinente y confiable

5.1.4. La información es confiable cuando es neutral, verificable y en la medida en la cual represente fielmente los hechos económicos

5.1.5. La información es comparable cuando ha sido preparada sobre bases uniformes

5.2. normas basicas.

5.2.1. son el conjunto de postulados, conceptos y limitaciones, que fundamentan y circunscriben la información contable

5.3. objetivos basicos

5.3.1. Conocer y demostrar los recursos controlados por un ente económico

5.3.2. predecir flujos de efectivo

5.3.3. apoyar la planeacion, organizacion y direccion de los negocios

5.3.4. tomar deciciones la cuestion de invesiones y creditos

5.3.5. evaluar la gestion de los administradores

5.3.6. ejercer control sobre las operaciones

5.3.7. fundamentar la determinacion de carga tributaria

5.4. estados financieros

5.4.1. consolidados

5.4.1.1. Son estados financieros consolidados aquellos que presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio y en la situación financiera, así como los flujos de efectivo. de un ente matriz y sus subordinados, o un ente dominante y los dominados, como si fuesen los de una sola empresa

5.4.2. proposito especil

5.4.2.1. aquellos que se preparan para satisfacer necesidades especificas de ciertos usuarios de la información contable. Se caracterizan por tener una circulación o uso limitado y por suministrar un mayor detalle de algunas partidas u operaciones.

5.4.3. Comparativos

5.4.3.1. Son estados financieros comparativos aquellos que presentan las cifras correspondientes a mas de una fecha, período o ente económico.

5.4.4. dictaminados

5.4.4.1. Son estados financieros dictaminados aquellos acompañados por la opinión profesional del contador público que los hubiere examinado con sujeción a las normas de auditoría generalmente aceptadas

5.4.5. certificados

5.4.5.1. Son estados financieros certificados aquellos firmados por el representante legal, por el contador público que los hubiere preparado y por el revisor fiscal, si lo hubiere, dando así testimonio de que han sido fielmente tomados de los libros.