Clasificación de las normas jurídicas

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Clasificación de las normas jurídicas por Mind Map: Clasificación de las normas jurídicas

1. Violación de las sanciones y las normas.

1.1. Se clasifican en cuatro grupos

1.1.1. Leges plus quam perfectae(Leyes más que perfecto)

1.1.1.1. consiste en la nulidad de los actos que las vulneran, recayendo además otro tipo de sanción sobre el infractor, especialmente para resarcir de los daños que hubiera podido ocasionar, la consecuencia es doble: se produce la nulidad y además se impone otra sanción.

1.1.2. Leges perfectae (el perfecto)

1.1.3. Leges imperfectae( leyes son imperfectas)

1.1.3.1. Aquellas normas cuya infracción no solamente no produce la nulidad del acto, sino que tampoco imponen sanciones al infractor. Son muy numerosas, especialmente en el ámbito del Derecho público y del Derecho internacional, a pesar de que gran parte de la doctrina no las acepta como normas jurídicas.

1.1.4. Leges perfectae()leyes sin perfectas

1.1.4.1. Aquellas en las que la violación produce únicamente el efecto de la nulidad del acto sin que se sobreañada sanción alguna para el infractor de la norma.

1.1.5. Leges minus quam perfectae( Leyes menos que perfecto)

1.1.5.1. Las que la violación produce únicamente el efecto de la nulidad del acto sin que se sobreañada sanción alguna para el infractor de la norma.

2. Por el Ámbito

2.1. Validez espacial

2.1.1. Durante mucho tiempo este criterio no ha suscitado problemas de clasificación. Sin embargo, en la actualidad las relaciones entre el Derecho internacional y los Derechos estatales, por una parte, y las del Derecho estatal y el Derecho autonómico, por otra, convierten el tema de la vigencia espacial de las normas en un tema árido, difícil e inseguro.

2.1.1.1. Se clasifica

2.1.1.1.1. Normas internacionales

2.1.1.1.2. Normas nacionales

2.2. Validez temporal

2.2.1. El ámbito temporal está constituido por el período de tiempo durante el cual tiene vigencia una norma.

2.2.1.1. Se clasifica

2.2.1.1.1. Normas de vigencia limitada

2.2.1.1.2. Normas de vigencia ilimitada

2.3. Validez material

2.3.1. El ámbito material se refiere a la materia o contenido regulado. Los preceptos jurídicos pueden clasificarse de acuerdo con la tipología de las materias que regulan.

2.3.1.1. Se clasifica

2.3.1.1.1. Normas de Derecho público

2.3.1.1.2. Normas de Derecho privado

2.4. Validez personal

2.4.1. El ámbito personal se refiere a los sujetos a los que afecta la norma.

2.4.1.1. Se clasifica

2.4.1.1.1. Genéricas

2.4.1.1.2. Particulares

2.4.1.1.3. Individuales

3. Modo de vincular la voluntad de los sujetos.

3.1. Positivas

3.1.1. Aquellas normas que permiten realizar ciertas conductas, bien sea una acción o una omisión.

3.1.1.1. Se clasifica

3.1.1.1.1. Preceptivas

3.1.1.1.2. Permisivas

3.2. Negativas

3.2.1. Son las que prohíben determinados comportamientos, ya sean de acción o de omisión.

4. Origen

4.1. Legales

4.1.1. Normas escritas dictadas por los órganos legislativos competentes del Estado. Habitualmente necesitan un acto solemne de promulgación, que acredita la existencia de la misma.

4.2. Consuetudinarias

4.2.1. Es la repetición reiterada de determinadas conductas, se exige para su existencia como auténticas normas jurídicas que tales comportamientos consuetudinarios se realicen con el convencimiento de que son conductas jurídicamente obligatorias.

4.3. Jurisprudenciales

4.3.1. Tiene dos manifestaciones

4.3.1.1. La doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo.

4.3.1.2. La sentencia de un Tribunal, en cuanto que dicho fallo es un mandato por el que se regulan las relaciones entre las partes afectadas por dicha sentencia.

4.4. Negociales

4.4.1. Las contenidas en las cláusulas de los contratos o negocios jurídicos, puesto que lo establecido en ellas por las partes les obliga jurídicamente.

5. Normas en el ordenamiento jurídico

5.1. Primaria

5.1.1. Se sitúan en el más alto rango jerárquico, se dice que la forma primaria es la constitución de cada estado.

5.2. Secundarias

5.2.1. Ocupan una escala inferior en la jerarquía normativa, adquieren su condición de validez de otra norma superior.

5.2.1.1. La constitución.

5.2.1.2. Derecho español.

5.2.1.3. Los decretos, reglamentos, ordenes ministeriales y disposiciones en la administración.

5.2.1.4. Actos administrativos y resoluciones judiciales.

6. Por el grado de Imperatividad

6.1. Taxativas

6.1.1. aquellas normas que obligan siempre a los destinatarios, independientemente de su voluntad, por lo que los obligados tienen que actuar necesariamente conforme a lo prescrito en la norma, no pudiendo decidir la realización de otra conducta diferente.

6.2. Dispositivas

6.2.1. El ordenamiento jurídico prefiere confiar a la voluntad de los sujetos la libertad de establecer normas particulares para regular sus propias conductas, de manera que cuando los individuos no manifiestan libremente la voluntad de establecer normas particulares para la regulación de sus propios actos, el ordenamiento jurídico, por razones de seguridad y de certeza, establece una regulación subsidiaria mediante normas de carácter supletorio. Tales normas son las llamadas dispositivas.

7. Finalidad

7.1. Virtud de la finalidad que desempeñan las normas jurídicas

7.1.1. Se clasifica

7.1.1.1. Normas de conducta

7.1.1.1.1. Son normas que tienen por sí mismas un sentido pleno en cuanto que establecen determinados preceptos e imputan sanciones concretas a las violaciones de las conductas prescritas.

7.1.1.2. Normas de organización

7.1.1.2.1. Son aquellas que adquieren un significado pleno cuando se las relaciona con otras normas a las cuales complementan. Estipulan las condiciones y determinan los medios para la eficacia de las primeras.