Oferta de Pago y Deposito

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Oferta de Pago y Deposito por Mind Map: Oferta de Pago y Deposito

1. Características:

2. La oferta real se hará por intermedio de cualquier Juez territorial del lugar convenido para el pago y cuando no haya convención especial respecto del lugar del pago, en el domicilio o residencia del acreedor o en el lugar escogido para la ejecución del contrato

3. Tribunal competente

4. Es un procedimiento contencioso.

5. En los casos que el acreedor no quiera recibir el pago de parte del deudor.

6. Es un procedimiento instrumental.

7. Deposito consiste según la doctrina en desprenderse el deudor de la cosa ofrecida, consignándola con los frutos e interés ofrecidos en el lugar indicado para tales fines.

8. Fase no contenciosa: En esta fase se puede intentar la acción ante cualquier tribunal, Se comienza con una solicitud.

9. Estas sentencias tienen apelación hasta casación si es necesario.

10. EFECTOS DE LA OFERTA REAL Y DEPOSITO:

10.1. 1. Los intereses dejan de correr desde el día del deposito legalmente efectuado y la cosa depositada queda a riesgo de peligro del Acreedor. 2. Si el Juez declara con lugar la oferta, el deudor queda liberado totalmente. Artículo 825 y 816

11. Fundamento:

12. Código de procedimiento Civil venezolano Artículos 819 al 828 del .

13. Pretensión: Se dice que el pago no es sólo una obligación del deudor, sino que también constituye un derecho del mismo, pues tiene legítimo interés en quedar liberado.

14. Requisitos de la oferta Real : Los requisitos formales que debe cumplir el oferente en su escrito están previstos en la norma referida, a saber:

15. 1º El nombre, apellido y domicilio del acreedor. 2º La descripción de la obligación que origina la oferta y la causa o razón del ofrecimiento. 3º La especificación de las cosas que se ofrezcan.

16. El depósito se efectuará el tercer día siguiente a aquel al que se haya efectuado la oferta si el acreedor estuvo presente, si no estuvo presente al tercer día sale de la entrega de la copia ya referida.

17. DEPÓSITO DE LA COSA DEBIDA El procedimiento de liberación comienza con la oferta real de pago y culmina con el depósito, de modo que aquélla sin éste no produce por regla general ningún efecto.

18. Participante: Rebeca Abreu CI: 22.333.667 Saia: A Docente: Lorena Brizuela

19. FD