PERSONAS NATURALES (ART.17 LISR)

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PERSONAS NATURALES (ART.17 LISR) por Mind Map: PERSONAS NATURALES (ART.17 LISR)

1. Deberán computar su renta

1.1. Tomando en cuenta productos o utilidades percibidas en el ejercicio

1.1.1. dinero

1.1.2. titulos valores

1.1.3. especie

1.2. Aun cuando los productos o utilidades no hubieren sido cobrados

1.2.1. Se considerara que el contribuyente los ha persibido , cuando:

1.2.1.1. Disponga sobre ellos

1.2.1.2. En general cuando haya disposición en cualquier forma

2. Deberán utilizar para el computo de su renta

2.1. Obligadas a llevar contabilidad formal

2.1.1. sistema de acumulación aplicable a las personas jurídicas

2.2. No obligadas a llegar contabilidad formal

2.2.1. sistema de acumulación para el computo de su renta