los principios, deberes y prohibiciones éticos.

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los principios, deberes y prohibiciones éticos. por Mind Map: los principios, deberes y prohibiciones éticos.

1. Los principios éticos son reglas o normas que orientan la acción de un ser humano cambiando las facultades espirituales racionales y sexuales. Se trata de normas de carácter general y universal, como, por ejemplo: amar al prójimo, no mentir, respetar la vida de las demás personas,

1.1. Artículo 4. La actuación de las personas sujetas a esta Ley deberá regirse por los siguientes principios de la ética pública:

1.2. Supremacía del Interés Público Anteponer siempre el interés público sobre el interés privado.

1.3. Probidad Actuar con integridad, rectitud y honradez.

1.4. Igualdad Tratar a todas las personas por igual en condiciones similares.

1.5. Imparcialidad Proceder con objetividad en el ejercicio de la función pública.

1.6. Transparencia Actuar de manera accesible para que toda persona natural o jurídica, que tenga interés legítimo, pueda conocer si las actuaciones del servidor público son apegadas a la ley, a la eficiencia, a la eficacia y a la responsabilidad.

1.7. Responsabilidad Cumplir con diligencia las obligaciones del cargo o empleo público.

2. Deberes éticos, hablar de deberes y de responsabilidad pone sobre la mesa dos ideas medulares en el ámbito de la ética. los deberes de aceptación son aquellos que son impuestos desde el exterior del sujeto y que proceden de normativas morales o legales.

2.1. Artículo 5. Toda persona sujeta a esta Ley debe cumplir los siguientes deberes éticos:

2.2. Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados.

2.3. Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental o ante la Comisión de Ética Gubernamental respectiva, las supuestas violaciones a los deberes o prohibiciones éticas contenidas en esta Ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública.

2.4. Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés.

3. Prohibiciones éticos prohibiciones nos referimos aquellas cosas que no son permitidas para un buen profesional, es decir que como buenos profesionales éticos no debemos prestarnos a cosas o actos que van encontra de un profesional.

3.1. Artículo 6. Son prohibiciones éticas para las personas sujetas a esta Ley:

3.2. Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, por hacer, apresurar, retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones.

3.3. Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, para hacer valer su influencia en razón del Ley de Ética GubernamentaL

3.4. Desempeñar simultáneamente dos o más cargos o empleos en el sector público que fueren incompatibles entre sí por prohibición expresa de la normativa aplicable, por coincidir en las horas de trabajo o porque vaya en contra de los intereses institucionales