POLÍTICAS DE SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO

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POLÍTICAS DE SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO por Mind Map: POLÍTICAS DE SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL QUINDÍO

1. Capítulo IV

1.1. FASE III

1.1.1. Ejecución

1.1.1.1. Se ejecutará la propuesta de investigación, previa aprobación por el Comité

1.1.2. Objetivos

1.1.2.1. Desarrollar habilidades y destrezas en la ejecución del proyecto de investigación.

1.1.2.2. Desarrollar habilidades y destrezas en la elaboración de informes y productos de investigación.

1.1.2.3. Elaborar y presentar un producto (ensayo, artículo, video, etc.) de los resultados de su investigación.

1.1.3. Requisitos

1.1.3.1. De los estudiantes

1.1.3.1.1. Haber aprobado la fase II

1.1.3.2. Del Tutor

1.1.3.2.1. Ser docente investigador, miembro de un grupo y orientar la ejecución del proyecto, la presentación y la socialización de los resultados.

2. Capítulo V

2.1. EVALUACIÓN DE LAS FASES

2.1.1. Para cada una de las fases, el tutor aplicará el sistema de evaluación contemplado en el Estatuto Estudiantil vigente

2.1.1.1. En cada fase el tutor enviará la nota final del estudiante a los Consejos Curriculares respectivos y una copia a la Vicerrectoría de Investigaciones.

2.1.1.2. En la fase de ejecución, además enviará el informe final del proyecto ejecutado y su evaluación a la Vicerrectoría de Investigaciones al finalizar el semestre.

3. Capítulo VI

3.1. OTRAS DISPOSICIONES

3.1.1. La financiación para la ejecución de los proyectos de los semilleros de la investigación y los derechos en la Vicerrectoría de Investigaciones, se trata de la disposición de la convocatoria respectiva.

3.1.2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y el de las contrarias.

4. Capítulo VII

4.1. ESTÍMULOS

4.1.1. Fase I

4.1.1.1. Podrá solicitar homologación con la investigación obligatoria institucional, o con su correspondiente del mismo nivel de contenido microcurricular del programa respectivo

4.1.2. Fase II

4.1.2.1. Podrá solicitar la homologación con la asignatura correspondiente al mismo nivel de contenido microcurricular del programa respectivo.

4.1.3. Fase III

4.1.3.1. Podrá solicitar homologación con la asignatura correspondiente al mismo nivel de contenido microcurricular del programa respectivo.

5. Capítulo I

5.1. DEFINICIÓN DE SEMILLEROS

5.1.1. Son comunidades de aprendizaje con el propósito de buscar formación integral.

5.2. FASES DE LOS SEMILLEROS

5.2.1. I de Formación

5.2.2. II de consolidación

5.2.3. III de ejecución

6. Capítulo II

6.1. FASE I

6.1.1. Objetivos

6.1.1.1. Favorecer el desarrollo de un pensamiento crítico, creativo e innovador

6.1.1.2. Familiarizar al estudiante con el que investigador investigativo

6.1.1.3. Realizar procesos participativos y dinámicos de investigación.

6.1.1.4. Incentivar mayor participación de docentes y estudiantes

6.1.1.5. Generar condiciones para el nacimiento, desarrollo y fortalecimiento de redes y comunidades científicas.

6.1.1.6. La lectura de la literatura científica, la expresión oral y escrita

6.1.2. Requisitos

6.1.2.1. De las facultades

6.1.2.1.1. Abrir hasta 2 semilleros de formación cada año

6.1.2.2. De los estudiantes

6.1.2.2.1. Ciclos tecnológicos de 1 a 4 semestre Ciclos profesionales de 1 a 8 semestre

6.1.2.3. Del Tutor

6.1.2.3.1. Ser docente investigador, seleccionado por el Comité

6.1.3. Responsable

6.1.3.1. El Comité de Investigaciones de cada Facultad.

7. Capítulo III

7.1. FASE II

7.1.1. Conformación

7.1.1.1. Debe rendir formalmente a esa dependencia el número y nombre de los estudiantes

7.1.2. Objetivos

7.1.2.1. Desarrollar habilidades y destrezas en el planteamiento de proyectos de investigación

7.1.2.2. Familiarizar al estudiante con la metodología de la investigación, innovación y desarrollo tecnológico

7.1.2.3. Manejo de datos.

7.1.3. Requisitos

7.1.3.1. De los grupos

7.1.3.1.1. Aceptar mínimo 3 estudiantes por proyecto

7.1.3.2. De los estudiantes

7.1.3.2.1. Haber aprobado la fase I

7.1.3.3. Del Tutor

7.1.3.3.1. Ser docente investigador, miembro de un grupo de la Vicerrectoría

7.1.3.4. Del Comité

7.1.3.4.1. Revisar, evaluar y aprobar los proyectos