1. Noción
1.1. La competencia ciudadana estriba en disponer de capacidad para valorar los razonamientos y las evidencias políticas proporcionadas por autoridades y partidos, así como de emitir juicios fundamentados sobre la actuación de los gobernantes y representantes populares, y de formular críticas constructivas a las autoridades e instituciones políticas.
1.2. La participación política puede resumirse en el interés por la “cosa pública” y en las acciones corresponsables respecto de ella, junto con el gobierno.
1.3. En el mundo anglosajón, entre los años setenta y los noventa del siglo pasado, se dio un intenso debate sobre las concepciones o teorías de la ciudadanía (liberal, republicana y comunitarista). Desde entonces ha habido una gran producción académica sobre este tema. Kymlicka y Norman (1996: 6) sostienen que ella se enfrenta a dos riesgos.
1.3.1. El primero consiste en otorgar un alcance potencialmente ilimitado a la teoría de la ciudadanía, al plantear que todo asunto político implica relaciones entre ciudadanos o entre ciudadanos y el Estado. En este caso, la noción de ciudadanía pierde especificidad.
1.3.2. El segundo riesgo estriba en la confusión entre dos conceptos: la ciudadanía-como-condición-legal (es decir, la pertenencia a una comunidad política particular) y la ciudadanía-como-actividad-deseable, que debe practicar el “buen ciudadano”. Esta confusión anula la diferencia entre ambos conceptos.
2. Dimensiones
2.1. Civil
2.1.1. Remite a los derechos y obligaciones relacionados con la igualdad ante la ley y con las libertades de la persona.
2.2. Político
2.2.1. Gira entorno a las relaciones de poder y a la intervención del individuo en ellas. Ello implica que la ciudadanía política se desarrolla a partir de la transformación de la dominación política o poder político en la autodeterminación del ciudadano (Habermas, 1994). Se ejerce bajo dos modalidades básicas: a) la emisión del voto, que deriva en la actuación a través de representantes libremente elegidos, y b) la intervención directa del ciudadano sin la mediación de los partidos políticos.
2.3. Social
2.3.1. Es el derecho a condiciones materiales de vida que atiendan las necesidades humanas fundamentales de todos los ciudadanos.
2.4. Cultural
2.4.1. La ciudadanía cultural tiene dos vertientes: 1. El derecho al acceso a los bienes culturales, tangibles e intangibles, que posee una sociedad, y la responsabilidad ante ellos. 2. El derecho a la diferencia y el respeto a ella. Los principales bienes culturales tangibles son los que conforman el patrimonio arquitectónico, escultórico y pictórico. Evita establecer la ecuación, la igualación o la identificación entre ciudadanía y uniformidad.
2.5. Económico
2.5.1. Visualiza la Economía no sólo como actividad destinada a la acumulación ilimitada de ganancia, sino también como producción de bienes necesarios para la subsistencia digna de la comunidad política. La ciudadanía económica estriba básicamente en el Derecho: a) del obrero, al trabajo y a participar responsablemente en las decisiones de la empresa en la que labora, y b) del empresario, a la ganancia legítima y responsable socialmente.