Áreas Naturales Protegidas

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Áreas Naturales Protegidas por Mind Map: Áreas Naturales Protegidas

1. Atribuciones y Responsabilidades

1.1. Art. 6. En su papel de rector del Sistema de Áreas Naturales Protegidas, corresponde al Ministerio: a) Cumplir y hacer cumplir la presente Ley, sus Reglamentos y los Convenios Internacionales ratificados sobre la materia, dentro de las áreas que conforman el Sistema de Áreas Naturales Protegidas; b) Realizar la gestión de las Áreas Naturales Protegidas que conforman el Sistema; c) Promover y desarrollar actividades de protección, conservación, restauración y manejo sostenible de los recursos naturales contenidas en las áreas, incluyendo la biodiversidad y la riqueza genética; d) Emitir acuerdos ejecutivos para la delegación de la gestión de las Áreas Naturales Protegidas, previo al cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Ley y su Reglamento; e) Suscribir convenios con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, para la investigación científica, obtención de recursos, realizar actividades de protección, ampliación, conservación, restauración y manejo sostenible de las áreas; f) Elaborar políticas y sus instrumentos sobre las Áreas Naturales Protegidas; g) Ejercer control a los entes relacionados en el literal d) de este artículo, en la planificación, ejecución y seguimiento de proyectos de investigación, conservación, uso sostenible, desarrollo, educación ambiental, capacitación, divulgación y todos aquellos relacionados con las Áreas Naturales Protegidas; h) Otorgar las autorizaciones previstas en esta Ley y su reglamento, suspenderlas o cancelarlas, por causa justificada; i) Generar, recopilar, actualizar y publicar información sobre el Sistema de Áreas Naturales Protegidas e incorporar ésta en el informe que establece la Ley de Medio Ambiente, enmarcado en el Sistema de Información Ambiental; j) Emitir normas para la elaboración de los Planes de Manejo y Planes Operativos de las Áreas Naturales Protegidas; k) Promover la elaboración, mantenimiento, actualización de los inventarios y valoración de los recursos naturales contenidos en las áreas naturales protegidas; l) Promover la conexión ecológica y conectividad entre Áreas Naturales Protegidas para la consolidación del Corredor Biológico Nacional; m) Declarar vedas para la conservación de los recursos contenidos en las Áreas Naturales ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR ____________________________________________________________________ 7 ___________________________________________________________________ INDICE LEGISLATIVO Protegidas; n) Autorizar, modificar, supervisar y dar seguimiento a los Planes de Manejo y Planes Operativos de las Áreas Naturales Protegidas; o) Garantizar la conservación de la diversidad biológica. p) Promover y divulgar todo lo concerniente al Sistema de Área Natural Protegida, a nivel nacional e internacional q) Identificar y hacer gestiones para incorporar al Sistema de Áreas Naturales Protegidas, áreas representativas de ecosistemas de alto valor ecológico para el país; r) Combatir la biopiratería en las áreas naturales protegidas a fin de proteger el patrimonio natural; s) Las demás atribuciones que por Ley o reglamento le corresponde.

2. Establecimiento de Área Natural Protegida

2.1. Art. 10. Las Áreas Naturales Protegidas, se establecerán por Decreto del Órgano Ejecutivo en el Ramo de Medio Ambiente y Recursos Naturales, considerándose sus características y estudios técnicos para definir la prioridad en su establecimiento de conformidad a lo dispuesto en la presente Ley y su reglamento. Las áreas naturales protegidas declaradas y establecidas con anterioridad a la vigencia de esta Ley y las que se establecieren posteriormente, serán administradas y manejadas bajo las normas y directrices que para tal efecto se emitan.

3. Registro de Establecimiento

3.1. Art. 12. La declaratoria de un Área Natural Protegida deberá inscribirse en el correspondiente Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas a petición del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, lo cual no causará ningún derecho. Para efectos de cancelar la inscripción del establecimiento de un área natural en propiedades privadas, municipales y de entidades autónomas, el propietario solicitará al Ministerio la autorización respectiva.

4. Objetivos de Manejo de las categorías

4.1. Art. 16. Los objetivos de manejo de las categorías de Áreas Naturales Protegidas son los siguientes: a) Proteger los ecosistemas originales de El Salvador. b) Proteger los espacios naturales y los paisajes de importancia local. c) Mantener los bienes y servicios ambientales d) Promover la Investigación científica e) Preservar las especies y la diversidad genética f) Proteger las características naturales y culturales específicas g) Contribuir al ecoturismo y la recreación h) Fomentar la educación ambiental e interpretación de la naturaleza i) Utilizar sosteniblemente los recursos derivados de ecosistemas naturales j) Mantener los atributos culturales y tradicionales k) Recuperar y restaurar los recursos naturales l) Contribuir a mejorar la calidad de vida de las poblaciones aledañas. m) Contribuir al desarrollo nacional y local. n) Armonizar la interacción entre la naturaleza y las actividades humanas. 13 o) Disminuir la vulnerabilidad ante la ocurrencia de fenómenos naturales

5. Declaratoria de interés social

5.1. Art. 3. Declárase de interés social el establecimiento, manejo y desarrollo de las Áreas Naturales Protegidas que forman parte del Patrimonio Natural del país.

6. LEY DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS

6.1. Esta Ley tiene por objeto regular el establecimiento del régimen legal, administración, manejo e incremento de Áreas Naturales Protegidas, con el fin de conservar la diversidad biológica, asegurar el funcionamiento de los procesos ecológicos esenciales y garantizar la perpetuidad de los sistemas naturales, a través de un manejo sostenible para beneficio de los habitantes del país.

7. Autoridades Competentes para regir la ley de áreas protegidas

7.1. Art. 5. El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en adelante denominado El Ministerio, es la autoridad competente para conocer y resolver sobre toda actividad relacionada con las Áreas Naturales Protegidas y los recursos que éstas contienen, aplicando las disposiciones de esta Ley y su Reglamento prevaleciendo sobre otras leyes que la contraríen. El Ministerio podrá delegar determinadas facultades para la aplicación de la presente Ley.

8. Objetivos de Manejo de las categorías

8.1. Art. 16. Los objetivos de manejo de las categorías de Áreas Naturales Protegidas son los siguientes: a) Proteger los ecosistemas originales de El Salvador. b) Proteger los espacios naturales y los paisajes de importancia local. c) Mantener los bienes y servicios ambientales d) Promover la Investigación científica e) Preservar las especies y la diversidad genética f) Proteger las características naturales y culturales específicas g) Contribuir al ecoturismo y la recreación h) Fomentar la educación ambiental e interpretación de la naturaleza i) Utilizar sosteniblemente los recursos derivados de ecosistemas naturales j) Mantener los atributos culturales y tradicionales k) Recuperar y restaurar los recursos naturales l) Contribuir a mejorar la calidad de vida de las poblaciones aledañas. m) Contribuir al desarrollo nacional y local. n) Armonizar la interacción entre la naturaleza y las actividades humanas. 13 o) Disminuir la vulnerabilidad ante la ocurrencia de fenómenos naturales

9. Areas priotegidas en El Salvador

9.1. En Nuestro país contamos con áreas protegidas aproximadamente con 117 Áreas naturales protegidas por el MARN, entre las cuales se encuentran:

9.1.1. El arrecife Los Cubanos

9.1.2. Bosque de Chaguantique

9.1.3. Barra de Santiago

9.1.4. Cerro El Águila

9.1.5. El Pital

9.1.6. Complejo Taquillo

9.1.7. Golfo de Fonseca

9.1.8. El Jocotal

9.1.9. Jardín botánico Plan de la Laguna

9.1.10. la Puerta del Diablo

9.1.11. Lago de Ilopango

9.1.12. Los Chorros de la Calera

9.1.13. Los Andes

9.1.14. Parque Nacional El Boquerón

9.1.15. Parque Nacional Los Volcanes

9.1.16. Parque Nacional Montecristo (El Trifinio)

9.1.17. Cerro Verde

9.1.18. Plan de Amayo

9.1.19. Río Sapo

9.1.20. San Juan Buenavista

9.1.21. Santa Rita-Zanjón El Chino

9.1.22. volcán Tecapa y laguna de Alegría.