RESOLUCIÓN NUMERO 000126 DE 2009 (enero 20)

Mapa Mental Resolución 000126 de 2009Edna Piedad Gonzalez Ortiz

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RESOLUCIÓN NUMERO 000126 DE 2009 (enero 20) por Mind Map: RESOLUCIÓN NUMERO 000126 DE 2009  (enero 20)

1. APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DE TIENDAS NATURISTAS

1.1. Condiciones generales

1.1.1. Los productos deben contar con el respectivo registro sanitario

1.1.2. Cumplir con las Buenas Prácticas de Abastecimiento –BPA

1.1.3. Asegurarse que los proveedores de los productos se encuentran debidamente autorizados

1.1.4. Se prohíbe el reenvase y reempaque de productos

1.2. Instalaciones e instanterias

1.2.1. El establecimiento deben ser proporcionales y acorde a los procesos que realicen

1.2.2. las instalaciones y estanterías se deben conservar limpias, secas y organizadas

1.3. Higiene

1.4. Área sanitaria

1.4.1. contarán con agua potable y unidad sanitaria para las personas que laboran allí

1.5. Personal

1.5.1. Estará bajo la responsabilidad de una persona cuya escolaridad mínima sea noveno grado de educación básica cursado y aprobado y con entrenamiento específico en el manejo de los productos

2. PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LAS TIENDAS NATURISTAS

2.1. A). Revisar el contenido de las etiquetas así

2.1.1. Nombre del producto

2.1.2. Fecha de fabricación

2.1.3. Vencimiento

2.1.4. Numero de lote

2.2. B). Revisar si no tiene cambio en su apariencia física, conserva su color y no presenta precipitaciones

2.3. C). revisar que no hayan sido abiertos, que no presenten posibles contaminaciones, alteraciones, daños

2.4. D) Cualquier irregularidad debe ser comunicada al proveedor o distribuidor

3. Por la cual se establecen las condiciones esenciales para la apertura, funcionamiento, vigilancia y control sanitario de las tiendas naturistas y se dictan otras disposiciones.

4. DISPOSICIONES GENERALES

4.1. incidente adverso

4.1.1. Daño o potencial riesgo de daño no intencionado al paciente, operador o medio ambiente

4.2. Tienda naturista

4.2.1. Establecimiento que se dedica a vender para uso humano alimentos obtenidos por sistemas de producción agropecuarias

4.3. Trazabilidad

4.3.1. Capacidad de hacer seguimiento para localizar e identificar un producto en cualquier etapa

5. REPORTE DE INCIDENTES ADVERSOS

5.1. INFORME GENERAL DEL PRODUCTO

5.2. INFORMACIÓN DEL INCIDENTE

6. VIGILANCIA Y CONTROL SANITARIO

6.1. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

7. EDNA PIEDAD GONZALEZ ORTIZ