Comisiones de Seguridad e Higiene.

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Comisiones de Seguridad e Higiene. por Mind Map: Comisiones de Seguridad e Higiene.

1. Deben integrarse con igual numero de trabajadores y representantes obreros y patronales.

2. Son organismos para investigar las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, proponer medidas y vigilar que se cumplan.

3. Deberán levantar un acta que contenga observaciones sobre las condiciones de SEH y las medidas que proponga para mejorarlas.

4. La duración debe ser permanente en sus cargos.

5. La mujer,puede formar parte y tiene los mismos derechos y obligaciones.

6. Se debe considerar para determinar el numero de comisiones el numero de trabajadores, la peligrosidad, la ubicación del centro,formas o procesos, numero de turnos.

7. El número total de representantes en las comisiones, debe ser en relación con el número de trabajadores que laboren en cada división.

8. Cuando la empresa necesite formar dos o mas comisiones deberá integrarse una comisión central y las comisiones auxiliares que sean necesarias.

9. Los representantes de los trabajadores deberán ser designados por el sindicato titular del contrato colectivo.

10. Los representantes patronales, deberán ser designados por el patrón, se sugiere que no sean empleados de oficina o del departamento de seguridad.

11. Para ser miembro de la comisión se requiere: Ser trabajador de la empresa, +18 años, experiencia, ser conducta honorable, ser el sostén económico de su familia.

12. Las comisiones deberán registrarse en la STPS.

13. Cuando el patrón, el sindicato o los trabajadores no designen a sus representantes dentro del término establecido, las autoridades del trabajo conminarán a que se haga la designación de los integrantes.

14. Deben integrarse a un plazo no mayor a 30 días y deberán promover la integración de las comisiones de SEH.