derechos humanos en el salvador

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1. El trabajo de la Asamblea está dividido en seis Comisiones temáticas.

1.1. La Dirección de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario trabaja de la mano con la Misión de Colombia en Nueva York en asuntos relativos al desempeño de Colombia en la Comisión Social, Humanitaria y Cultural de la Asamblea General, más conocida como la Tercera Comisión.

2. Establecida en 1945 por la Carta de las Naciones Unidas, la Asamblea General es el órgano principal de deliberación de las Naciones Unidas. Cada uno de los 193 Estados Miembro de las Naciones Unidas tiene participación en la Asamblea General, lo que hace de ella un foro único para las discusiones multilaterales sobre todo el espectro de temas internacionales que abarca la Carta de las Naciones Unidas.

3. Es importante mencionar que el Consejo de Derechos Humanos está compuesto por 47 Estados Miembros

3.1. distribuidos de manera geográfica equitativa, que desempeñan sus funciones por un período de tres años y que son elegidos de forma directa e individual en votación secreta por la mayoría de los miembros de la Asamblea General.

4. Un elemento importante en toda sociedad y de todas las personas es saber sobre todos los derechos que le respaldan y que los Estados estarían obligados a cumplir y esto lleva a conocer todo el sistema universal de los derechos humanos, partiendo de que cada región cuenta con su propio organismo protector de los derechos humanos.

5. Los derechos económicos, sociales y culturales también están garantizados a nivel regional. Además de los mecanismos universales de protección de los DESC, existen tres sistemas regionales que tienen el mismo fin: el Sistema Africano, el Sistema Interamericano y el Sistema Europeo

6. De acuerdo a su contenido, podemos hablar de:

6.1. Derechos sociales

6.1.1. Son los que les corresponden a las personas por su rol en un determinado contexto social, por hallarse desprotegidos frente a una situación desigual con respecto a otros que podrían abusar de tal circunstancia.

6.2. Derechos civiles

6.2.1. Que son aquellos que le corresponden a la persona como individuo, independientemente de su rol social, y que hacen a su vida y a su libertad personal. Son exigibles contra cualquiera, que ose perturbarlos

6.3. Derechos culturales

6.3.1. Hilda define los derechos culturales, como los que tienen un contenido que hace a la capacitación del ser humano, con vistas a su perfeccionamiento,

6.4. Derechos patrimoniales