CÓDIGO APA

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CÓDIGO APA por Mind Map: CÓDIGO APA

1. 10.10 Finalización de la Terapia (a) a) Los psicólogos terminan un tratamiento cuando es razonablemente evidente que el cliente/paciente no necesita más el servicio, éste no le es beneficioso o está siendo dañado por su continuación. (b) Los psicólogos pueden terminar una terapia cuando sean amenazados o puestos en riesgo por el cliente/paciente u otra persona con quien el cliente/paciente tenga una relación. (c) Excepto cuando sea impedido por las acciones de los clientes/pacientes o por terceras partes responsables del pago, antes de la finalización los psicólogos ofrecen counseling y sugerirán servicios alternativos de otros profesionales cuando sea apropiado.

2. 10.09 Interrupción de la terapia Al asumir relaciones laborales o contractuales, los psicólogos hacen todos los esfuerzos para estipular una ordenada y apropiada determinación de las responsabilidades para el cuidado del cliente/ paciente

3. 10.07 Terapia con partenaires sexuales anteriores Los psicólogos no aceptan como clientes/pacientes de terapia a personas con las cuales han tenido intimidad sexual. 10.08 Intimidad sexual con ex-clientes/pacientes (a) Los psicólogos no se involucran en intimidad sexual con ex-clientes/pacientes durante al menos dos años después de la interrupción o finalización de la terapia. (b) Los psicólogos no se involucran en intimidad sexual con ex-clientes/pacientes aún después de un intervalo de dos años salvo en circunstancias excepcionales

4. 10.05 Intimidad sexual con clientes/pacientes en tratamiento Los psicólogos no se involucran en intimidad sexual con clientes/pacientes actuales de terapia. 10.06 Intimidad sexual con parientes u otros individuos significativos para clientes/ pacientes en tratamiento Los psicólogos no se involucran en intimidad sexual con individuos que saben que son parientes cercanos, tutores o que tienen algún otro vínculo significativo con clientes/pacientes actuales.

5. 10.04 Terapia a quienes se encuentran recibiéndola de otros Al decidir si ofrecer o prestar servicios a aquellos que están recibiendo servicios de salud mental en otra parte, los psicólogos consideran cuidadosamente las cuestiones relativas al tratamiento y el bienestar del cliente/paciente.

6. 10.03 Terapia de grupo Cuando los psicólogos presten servicios a varias personas en un encuadre grupal, describen al inicio los roles y las responsabilidades de todas las partes y los límites de la confidencialidad.

7. 10.02 Terapia de pareja o familia (a) Cuando un psicólogo acuerda prestar servicios a varias personas que tienen una relación entre sí (tales como esposos u otras relaciones significativas o padres e hijos), toma las medidas razonables para determinar al inicio (1) cuál/cuáles de los individuos son sus clientes/pacientes y (2) la relación que el psicólogo tendrá con cada persona. (b) Cuando sea evidente que los psicólogos pueden ser convocados para desempeñar roles potencialmente conflictivos los psicólogos toman las medidas razonables para aclarar y modificar o sustraerse de los roles apropiadamente

8. 8.02 Consentimiento informado para la investigación: Refiere el propósito de la investigación, la duración estimada, su derecho a rehusarse a participar y retirarse, las consecuencias previsibles, factores. 8.03 Consentimiento informado para la grabación de voces e imágenes en investigación: obtienen el consentimiento informado de los participantes en investigaciones antes de grabar sus voces o imágenes para la obtención de datos.

9. 1.02 Conflictos entre la Ética y las leyes, las regulaciones, u otra autoridad legal Si las responsabilidades éticas de los psicólogos entran en conflicto con las leyes, las regulaciones, u otra autoridad legal, los psicólogos aclaran la naturaleza del conflicto, manifiestan su compromiso con el Código de Ética y toman las medidas razonables para resolver el conflicto de manera consistente con los Principios Generales y las Normas del Código de Ética.

10. Resolución de cuestiones éticas. 1.01. Mal uso del trabajo de los psicólogos Si los psicólogos toman conocimiento de un uso incorrecto o de una tergiversación de su trabajo, proceden de manera razonable para corregirlo o minimizarlo.

11. 10 Terapia 10.01 consentimiento informado (a) Al obtener el consentimiento informado para la terapia tal como se requiere en la norma 3.10, Consentimiento informado (b) Al obtener el consentimiento informado para un tratamiento para el cual no se han establecido técnicas ni procedimientos universalmente reconocidos, los psicólogos informan a sus clientes/ pacientes sobre la naturaleza evolutiva del tratamiento, los potenciales riesgos que involucra, los tratamientos (c) Cuando el terapeuta es un principiante y la responsabilidad legal del tratamiento reside en el supervisor, se informará al cliente/paciente que el terapeuta se está capacitando y que está siendo supervisado

12. 8. Investigación y publicación 8.01 Autorización institucional En caso de que se requiera autorización institucional, los psicólogos proveen información precisa acerca de sus propuestas de investigación y obtienen la autorización correspondiente antes de realizar la investigación. Dirigen la investigación de acuerdo con el protocolo autorizado.

13. 1.07 Demandas inadecuadas Los psicólogos no presentan ni promueven la presentación de denuncias por faltas éticas que se realicen con imprudente ligereza o con desconocimiento deliberado de los hechos, y que serían objeto de refutación.

13.1. 1.08 Discriminación injusta contra demandantes y demandados Los psicólogos no le niegan el empleo, las posibilidades de desarrollo, el ingreso a programas académicos o de otro tipo, la estabilidad o el crecimiento laboral a una persona por el sólo hecho de haber presentado o haber sido objeto de una demanda por una falta ética.

14. 1.06 Cooperación con comités de Ética Los psicólogos colaboran en investigaciones éticas, procedimientos y otros requerimientos que surjan de la APA o de otra asociación psicológica de los estados afiliada a la que ellos pertenecen. Al hacerlo, tendrán en cuenta las cuestiones atinentes a la confidencialidad. La no colaboración constituye en sí misma una violación a la ética

15. 1.05 Informe de violaciones a la Ética Si una evidente violación a la ética ha producido o es probable que produzca un daño considerable a una persona y no puede aplicarse la resolución informal que contempla la Norma 1.04, Resolución informal de violaciones a la Ética, o no se resuelve adecuadamente de ese modo, los psicólogos inician una acción adicional acorde con la situación

16. 1.04 Resolución informal de violaciones a la Ética Cuando los psicólogos consideran que puede haber existido una violación a la Ética por parte de otro psicólogo, llaman la atención de ese individuo para intentar resolver el problema, siempre que una resolución informal parezca apropiada y la intervención no infrinja los derechos de confidencialidad involucrados.

17. 1.03 Conflictos entre la Ética y las exigencias institucionales Si las exigencias de una organización a la que los psicólogos pertenecen o para la cual trabajan plantean un conflicto con este Código de Ética, los psicólogos aclaran la naturaleza del conflicto, manifiestan su compromiso con el presente Código y toman las medidas razonables para resolver el conflicto de manera consistente con los Principios Generales y las Normas del Código de Ética

18. 3.10 Consentimiento informado (a) Cuando los psicólogos conducen investigaciones o presten servicios de evaluación, terapia, counseling, en persona o por vías de transmisión electrónica u otras formas de comunicación, obtienen el consentimiento informado del o los individuos, utilizando un lenguaje que sea razonablemente comprensible para la o las personas, excepto cuando llevar adelante tales actividades sin consentimiento

19. 3.09 Trabajo conjunto con otros profesionales Cuando sea indicado y profesionalmente apropiado, los psicólogos cooperan con otros profesionales a los efectos de brindar servicios a sus clientes/pacientes de manera eficaz y apropiada

20. 3.08 Relaciones de explotación Los psicólogos no se aprovechan de aquellas personas sobre quienes tienen autoridad de supervisión, evaluación o de otro tipo, tales como clientes/ pacientes, estudiantes, supervisados, participantes en investigaciones y empleados

21. 3.07 Requerimientos de servicios a terceros Cuando los psicólogos acuerdan prestar servicios a una persona o entidad a pedido de un tercero, tratan de determinar al inicio del servicio la naturaleza de la relación con todos los individuos u organizaciones involucradas. Esto incluye el rol del psicólogo

22. 3.06 Conflicto de intereses Los psicólogos se abstienen de asumir un rol profesional cuando sea razonablemente esperable que relaciones o intereses personales, científicos, profesionales, legales, financieros o de otro tipo pudieran (1) menoscabar su objetividad, competencia o eficacia en el desempeño de sus funciones como psicólogos o (2) exponer a daño o explotación a la persona u organización con la que existe la relación profesional.

23. 3.05 Un psicólogo se abstiene de establecer una relación múltiple si pudiera razonablemente esperarse que tal relación disminuya la objetividad, competencia o eficacia en el desempeño de sus funciones como psicólogo, o bien ponga en riesgo de explotación o daño a la persona con la cual existe la relación profesional. No constituyen una falta ética las relaciones múltiples de las que no sería razonablemente esperable que deterioren la relación o generen riesgo de explotación o daño

24. 3.04 Evitar el daño Los psicólogos toman las medidas razonables para evitar dañar a sus clientes/pacientes, estudiantes, supervisados, participantes en investigaciones, empresas y otros con quienes trabajen, y para minimizar el daño cuando éste sea previsible e inevitable.

25. 3.03 Otras formas de acoso Los psicólogos no se involucran, a sabiendas, en comportamientos de acoso o denigración para con las personas con quienes interactúan en su trabajo, basándose en factores tales como la edad, género, identidad u orientación sexual, raza, origen étnico, cultura, nacionalidad, religión, discapacidad, idioma o nivel socio-económico.

26. 3.02 Acoso sexual Los psicólogos no se involucran en situaciones de acoso sexual. El acoso sexual consiste en abordajes sexuales, insinuaciones físicas o una conducta ya sea verbal o no verbal de naturaleza sexual, vinculada con las actividades o roles del psicólogo como tal,

27. 8.14 Compartir datos de investigación para su verificación: Los resultados de la investigación, los psicólogos no pueden impedir el acceso a los datos sobre los cuales basaron sus conclusiones a otros profesionales competentes que busquen verificar las afirmaciones esenciales a través de un segundo análisis. 8.15 Revisores profesionales: Los psicólogos que revisen material para presentaciones, publicaciones, subsidios o propuestas de investigación respetan la confidencialidad y los derechos de propiedad de quienes presentaron la información

28. 8.12 Créditos de publicación: Los psicólogos asumen la responsabilidad y el crédito, incluyendo el de la autoría, sólo por el trabajo que hayan desempeñado realmente. 8.13 Publicación duplicada de datos: Los psicólogos no publican como datos originales, aquellos que han sido publicados previamente.

29. 8.10 Informes de los resultados de investigación: Los psicólogos no inventan datos. Si los psicólogos descubren errores significativos en los datos publicados, toman las medidas razonables para corregir tales errores en una enmienda. 8.11 Plagio: Los psicólogos no presentan como propios partes del trabajo o datos ajenos, aun cuando éstos sean citados ocasionalmente.

30. 8.08 Interrogatorio (Debriefing): Los psicólogos ofrecen a los participantes la oportunidad de obtener información apropiada sobre la naturaleza, resultados y conclusiones de la investigación, los valores científicos o humanitarios justifican la demora o retención de esta información. 8.09 Cuidado de seres humanos y utilización de animales en la investigación: Los psicólogos adquieren, cuidan, utilizan y disponen de animales de acuerdo con las leyes y regulaciones locales, estaduales y federales, y con las normas profesionales.

31. 8.06 Oferta de incentivos para la participación en investigación: Los psicólogos realizan todos los esfuerzos razonables para evitar ofrecer incentivos excesivos o inapropiados, financieros o de cualquier otro tipo. 8.07 Engaño en la investigación: Los psicólogos no llevan adelante un estudio que involucre consignas engañosas a menos que hayan determinado que el uso de las técnicas engañosas.

31.1. 8.04 Cliente/Paciente, estudiantes y participantes subordinados de investigación: Toman las medidas para proteger a los eventuales participantes de las consecuencias de rehusarse o retirar su participación. 8.05 Prescindencia del consentimiento informado para investigación: Los psicólogos pueden prescindir del consentimiento informado sólo cuando; razonablemente no podría suponerse que la investigación causara malestar o daño, e involucre el estudio de las prácticas.

32. 3.01 Discriminación injusta En las actividades relacionadas con su trabajo, los psicólogos no discriminan injustamente basándose en la edad, género, raza, origen étnico, cultura, nacionalidad, religión, orientación o identidad sexual,