1. La presente resolución tiene por objeto establecer las condiciones y requisitos para la organización, operación y funcionamiento de los Centros Reguladorésde .. Urgencias, Emergencias y Desastres, CRUE, buscando que por parte de las Entidades Territoríales . exista una adecuada y oportuna regulación de pacientes urgentes
2. es una unidad de carácter operativo no asistencial, responsable de coordinar y regular en territorio de su jurisdicción, el acceso a los servicios dé urgencias y la atención en salud de la población afectada en situaciones de emergencia o desastre.
3. Humanos: 1) Coordinador Profesional, 2) Regulador de urgencias: e . 3) Operadores de radio 4) Personal de Apoyo:
4. FINANCIACiÓN. La organización, operación y funcionamiento del CRUE podrá ser financiado con una o varias de las siguientes fuentes, de conformidad con las competencias y Obligaciones terr~oriales establecidas en la Ley 715. de 20010 en la norma que la modifique, . adicione o sustituya: al Recursos de los departamentos,distritos o municipios.
5. Técnicos: 1) Equipos de comunicaciones: 2) Equipos de cómputo con s 3) Planta de energía autónoma.