1. DE ACUERDO A LA TERRITORIEDAD
1.1. NACIONALES
1.1.1. Son los tributos emitidos por el poder ejecutivo y sometidos a consideración del congreso nacional para su aprobación, los cuales se hacen efectivos a partir de la sanción presidencial y su correspondiente publicación en el diario oficial. Son impuestos del orden nacional los siguientes:
1.1.1.1. Impuesto al valor agregado IVA
1.1.1.1.1. Es el impuesto que se establece sobre toda la venta de bienes y servicios del territorio Nacional.
1.1.1.2. Impuesto de Renta
1.1.1.2.1. La base gravable para las personas naturales son sus ingresos ajustados por deducciones y exenciones. Las tarifas del impuesto aumentan con el ingreso del contribuyente como un mecanismo de equidad. En empresas, la tarifa tiende a ser plana, es decir, es independiente de su tamaño o rentabilidad.
1.1.1.3. Impuesto de timbre nacional
1.1.1.3.1. Es el impuesto generado en la protocolización de todo contrato o instrumento publico incluido los títulos valores que se otorguen o acepten en el país suscritos entre particulares con el estado o entre particulares cuyo acto sea superior a 53.000.000 pesos y liquidado a la tarifa única del 1.5%
1.2. DEPARTAMENTALES
1.2.1. Impuestos al consumo de cerveza, licores y cigarrillos y tabaco • Impuesto al registro • Sobretasa a la gasolina • Impuesto a los vehículo
1.3. MUNICIPALES
1.3.1. 1. Impuesto de Industria y Comercio: grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que se realiza en Bogotá en forma ocasional o permanente, con establecimientos o sin ellos.
1.3.2. 2. Impuesto Predial unificado: Se grava a la propiedad o posesión de los inmuebles ubicados en el Distrito Capital y que debe ser declarado y pagado por los propietarios y poseedores de los predios.
1.3.3. 3. Impuesto sobre vehículos automotores: Recae sobre los vehículos matriculados en el Distrito Capital y su pago o periodo es anul, del 1 de Enero al 31 de Diciembre de cada año.
1.3.4. 4. Sobretasa a la gasolina
1.3.5. 5. Impuesto de delineación urbana: Para expedir licencias de construcción, ampliación, modificación, adecuación y reparación de obras y terrenos del Distrito Capital.
1.4. 6. Impuesto de azar y espectáculos: El hecho generador de este impuesto está constituido por la realización de uno de los siguientes eventos: espectáculos públicos, apuestas sobre toda clase de juegos permitidos, rifa, concursos y similares y venta por el sistema de clubes.
2. Identifican directamente al contirbuyente
2.1. Impuesto sobre la renta y complementarios (incluye ganancia ocasional)
2.2. Impuesto al patrimonio
2.3. Loterías, herencias, venta de activos
2.4. Impuesto de industria y comercio
2.5. Impuesto predial (aplicable solo sobre bienes inmuebles
3. DIRECTOS
4. INDIRECTOS
4.1. Hacen referencia a la responsabilidad del pago por medio de agentes retenedores establecidos por la entidades encargadas de administrar los impuestos.
4.1.1. Impuesto a las ventas
4.1.2. Gravamen a los movimientos financieros
4.1.3. Impuesto de timbre
4.1.4. Impuesto de registro