Pasos para realizar el trámite

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1. 2. Descargar el formulario diligenciado y dirigirse a efectuar el pago en uno de los bancos autorizados para el recaudo de impuesto.

1.1. Formulario no asistido Retenciones Delineación Urbana 332

1.2. Formulario no asistido liquidación Delineación Urbana 306

1.3. Formulario asistido Retenciones Delineación Urbana 332

1.4. Formulario asistido liquidación Delineación Urbana 306

2. 1. Cumplir las siguientes condiciones y reunir los documentos:

2.1. Cuando se constituyan algunos de los hechos generadores en el Distrito Capital de Bogotá:

2.1.1. 1. Licencia urbanística. Autorización previa, expedida por curador urbano para adelantar obras en cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial.

2.1.2. 2. Obra nueva: Obras de edificación en terrenos no construidos

2.1.3. 3.Ampliación: Autorización para incrementar el área construida de una edificación existente, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.

2.1.4. 4. Adecuación: Autorización para adelantar las obras tendientes a adaptar una edificación o parte de ella para el desarrollo de otro uso, garantizando la permanencia del inmueble original.

2.1.5. 5. Modificación: Autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida. (Aumentar o disminuir el número de unidades o uso).

2.1.6. 6. Cerramiento: Es la autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.

2.1.7. 7. Reforzamiento estructural: Es la autorización para intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto de acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sísmica.

2.1.8. 8. Restauración: Es la autorización para adelantar las obras tendientes a recuperar y mantener una edificación declarada como bien de interés cultural

2.1.9. 9. Demolición: Autorización para derribar total o parcialmente una edificación y deberá concederse, simultáneamente con cualquier otra modalidad de licencia de construcción.

2.2. Presentar y pagar la declaración a manera de anticipo del impuesto

2.2.1. Actos de reconocimiento exclusivamente habitacionales estratos 3,4,5 y 6 equivalente al 2.6% del monto total del presupuesto de obra a través del mecanismo de autorretención con base en el presupuesto de obra o de construcción.

2.2.2. Para actos de reconocimiento exclusivamente habitacionales desarrollados en estratos 1 y 2 el valor del anticipo es del 1%. Para ello debe atender a los costos mínimos por metro cuadrado que fije la entidad distrital de Planeación para cada año. Diligencie el Formulario asistido retenciones del impuesto de delineación urbana O formulario No asistido retenciones del impuesto de delineación urbana.

2.3. Presentar y pagar la declaración del impuesto dentro del mes siguiente a la finalización de la obra o al último pago o abono en cuenta de los costos y gastos imputables a la misma o al vencimiento del término de la licencia incluida su prórroga, lo que ocurra primero.

2.3.1. El mayor valor resultante de la diferencia entre el valor ejecutado de la obra y el presupuesto de obra, base del anticipo, de ser positivo se liquidará a la tarifa del 3%. Diligencie el Formulario asistido liquidación impuesto delineación urbana o formulario No asistido liquidación impuesto delineación urbana.

2.4. La base gravable del impuesto de Delineación Urbana la constituye: El costo estimado de mano de obra + Adquisición de materiales + Compra y arrendamiento de equipos + todos los gastos y costos diferentes a la adquisición de terrenos, financieros, impuestos, derechos por conexión de servicios públicos, administración, utilidad e imprevistos.