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Contratos Colectivos Artìculo 386 LFT Es el convenio celebrado ente uno o varios sindicatos de trabajadores y una o varios patrones, sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimiento por Mind Map: Contratos Colectivos Artìculo 386 LFT Es el convenio celebrado ente uno o varios sindicatos de trabajadores y una o varios patrones, sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimiento

1. Partes en el Contrato Colectivo: Trabajadores, patrón, convenios a realizarse

2. Artículo 369 formas de extinción del Sindicato: Disolución del vinculo laboral, por dejar de tener los requisitos legales.

3. Articulo 376 LFT La representación del sindicato se ejercerá por su secretario general o por la persona que se designe su directiva, salvo disposición especial de los estatutos.

4. Constitución art. 9o. Derecho de reunión.

5. Concepto Artìculo 356 LFT Sindicato es la es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

6. Tipos de Sindicatos: Gremiales, De empresa, Industriales, Nacionales de industria, De oficios varios.

7. Constitución Art. 123 fracción XVI Libertad de Coalición.

8. Características: Una institución de clase, Un contrato normativo y de ejecución inmediata, Es un acto complejo, jurídico-regla,Es un contrato de empresa, Fundamentaciòn constitucional

9. Obligaciones y Prohibiciones del Sindicato: Proporcionar los informes que soliciten las autoridades, Comunicar a la autoridad cambios de directiva termino de diez días, Informas de altas y baja en termino cada tres meses. Prohibiones: Intervenir en asuntos legales, Ejercer la profesión de comerciantes con ánimo de lucro.

10. Derecho Privado

11. Artículo 375 LFT Los sindicatos representan a sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les corresponden, sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obrar o intervenir directamente, cesando entonces, a petición del trabajador, la intervención del sindicato.

12. Clausulas de admisiòn y separaciòn

13. Revisión del Contrato Colectivo

14. Artículo 364 LFT se necesita un mino de 20 personas para conformar un sindicato, Artículo 365 LFT los Sindicatos deberán de estar registrados en la Secretaria del Trabajo y Previsión social, Artìculo 365 Bis datos necesarios para el registro de los Sindicatos.

15. Derecho Social

16. Requisitos de los Sindicatos: De fondo, de forma

17. Tipos de Contratos Colectivos, Contrato Ley .

18. Convenio 87 de la OIT en el artículo 2do. señala los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin previa autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes.

19. Requisitos de los sindicatos: La denominación del sindicato, que los distinga de todos los demás, Su domicilio, Su objeto, Las condiciones de los socios, Todo lo relativo a la represtanciòn legal y administración de los fondos a su sostenimiento y todo lo relativo a la representación legal y administración

20. Personalidad Jurídica del Sindicato