LEY 1804 DE 2016 "Por la cual se establece la política del estado para el desarrollo integral de ...

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LEY 1804 DE 2016 "Por la cual se establece la política del estado para el desarrollo integral de la primera infancia de cero a siempre" por Mind Map: LEY 1804 DE 2016 "Por la cual se establece la política del estado para el desarrollo integral de la primera infancia de cero a siempre"

1. ART. 1 PROPÓSITO DE LA LEY:establecer la política de estad que sienta las bases conceptuales, técnicas y de gestión con las que se busca fortalecer el reconocimiento, protección y garantía de los niños y las niñas de 0 a 6 años.

2. ART. 2 POLÍTICA DE CERO A SIEMPRE: Es de carácter publico y representa la postura y comprensión que tiene el estado colombiano sobre la primera infancia así como las normas, procesos, valores, estructuras, roles institucionales, estrategias y corresponsabilidades en la garantía de los derechos de los niños de 0 a 6 años

3. ART. 3 PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA DE ESTADO: Se basa en los principios consagrados en la constitución política, código de infancia y adolescencia, legislación nacional e internacional, reafirmando los 10 principios de la convención de los derechos del niño (algunos, reconocimiento de los derechos sin excepción distinción o discriminación...)

4. ART. 4 DEFINICIONES: Se presentan conceptos propios de la primera infancia y conceptos relativos a la gestión de la política

4.1. Desarrollo integral: proceso singular de transformaciones y cambios de tipo cualitativo y cuantitativo por la que el sujeto dispone de características, capacidades y cualidades para estructurar su identidad y autonomía

4.2. Realizaciones: son las condiciones y estados que se materializan en la vida de cada niñ@ y hacen posible su desarrollo integral

4.3. Entornos: espacios físicos, sociales y culturales diversos en los que los niños y niñas se desenvuelven en los que se materializan las acciones de política publica

4.4. Atención integral: conjunto de acciones que garantizan la promoción y potenciacion de su desarrollo

4.5. Ruta de atención integral: Herramienta que contribuye al orden en la gestión

4.6. Seguridad alimentaria y nutricional: Acciones que aportan a la realización de los derechos asociados a alimentación y adecuada nutrición de los niños

5. ART 5. EDUCACIÓN INICIAL: Es un proceso educativo y pedagógico intencional, permanente y estructurado para los niños menores de 6 años, a cargo del MEN

6. ART. 6 ÁMBITO DE APLICACIÓN: Esta política debe ser implementada en todo el territorio nacional por todos los actores tanto oficiales como privados

7. ART. 7 GESTIÓN INTERSECTORIAL PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL: Es la acción organizada concurrente y coordinada a través de la cual los sectores del estado y otros actores de la sociedad se articulen para ser garantes

8. ART. 8 FASES DE LA POLITICA Y DESARROLLO POR PARTE DEL ESTADO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA PRIMERA INFANCIA

8.1. Identificación

8.2. Formulación

8.3. Implementación

8.4. seguimiento y evaluación

9. ART. 9 LINEAS DE ACCIÓN: Esta política requiere de unas lineas estratégicas para dinamizar y dar sostenible a su gestión las cuales son:

9.1. Gestion territorial

9.2. Calidad y pertinencia en las atenciones

9.3. Seguimiento y evaluación de la política de estado para el desarrollo integral de la primera infancia

10. ART. 10 COORDINACIÓN: Estará a cargo de la comisión intersectorial para la atención integral a la primera infancia y su implementacion territorial se realizara bajo los principios de dicha comisión

11. ART. 11 INTEGRACION: La comisión intersectorial se integra por: delegado de presidencia, director del departamento administrativo de la presidencia, Ministerios de salud, cultura, educación, vivienda, el director general del departamento de planeacion, director del departamento administrativo de la prosperidad, ICBF, Director de de la unidad de victimas, Director del departamento administrativo del deporte

12. ART. 12 FUNCIONES DE LAS ENTIDADES DEL ORDEN NACIONAL PARA LA EJECUCION DE LA POLITICA: Es necesario que cada sector aporte desde su propia misión dadas a continuación

13. ART 13. FUNCIONES DEL MEN: Encargado de la educación inicial implementando politicas, planes y estrategias

14. ART. 14 FUNCIONES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA: Encargado de los programas de saneamiento básico y agua potable y prevención y atención a desastres

15. ART. 15 FUNCIONES DEL MINISTERIO DE CULTURA: Encargado de preservar, promover y reconocer los derechos culturales, fomentando la expresion artistica literatura y lenguajes.

16. ART. 16 FUNCIONES DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL: Encargados de la promocion de la salud , gestión de riesgo en salud y salud publica

17. ART. 17 FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION: Encargados de los componentes financieros, territoriales y de politica publica de la politica en general

18. ART. 18 FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL: Encargados de la erradicación de la pobreza extrema y las condiciones de vulneracion

19. ART. 19 FUNCIONES DEL ICBF: Sus funciones están definidas por la naturaleza de institucional

20. ART. 20 FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE: Implementar tecnicas con criterio de inclusion y equidad social

21. ART. 21 IMPLEMENTACION TERRITORIAL DE LA POLITICA: Se dará a partir de las competencias y funciones que los alcaldes y gobernadores tienen en relación con la garantía de los derechos de los niños

22. ART. 23 SEGUIMIENTO: La comision intersectorial presentaran un informe anual sobre la implementacion de la politica

23. ART 24. VEEDURIA: Los ciudadanos pueden formar veedurias para participar en el seguimiento y vigilancia

24. ART. 25 FINANCIACION: El gobierno nacional garantizara los recursos para la implementacion

25. ART. 26 AJUSTES INSTITUCIONALES: Todas las entidades deben hacer los ajustes normativos, presupuestales y de servicios según las funciones asignadas

26. ART. 27 REGLAMENTACION: Los decretos se expiden 6 meses despues de la vigencia de la ley

27. ART. 28 VIGENCIA: Rige desde su promulgacion