Ministerio de Comercio, Industria y Turismo Decreto 0302 20-02-2015

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1. El Decreto 0302 de 2015

1.1. está conformado por diez (10) artículos los cuales se reproducen y comentan de manera breve a continuación.

1.1.1. Expídase el Marco Técnico normativo de las Normas de Aseguramiento de la Información (NAI), que contiene: las Normas internacionales de Auditoría (NIA), las Normas Internacionales de Control de Calidad (NICC); las Normas Internacionales de Trabajos de Revisión (NITR); las Normas Internacionales de Trabajos para Atestiguar (ISAE por sus siglas en inglés); las Normas Internacionales de Servicios Relacionados (NISR) y el Código de Ética para Profesionales de la Contaduría, conforme se dispone en el anexo que hace parte integral del presente Decreto

2. APLICACION OBLIGATORIA

2.1. entidades que tengan más de 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) de activos o, más de 200 trabajadores, en los términos establecidos para tales efectos en los decretos 2784 de 2012 y 3022 de 2013 y normas posteriores que los modifiquen, adicionen o sustituyan

3. entidades que tengan más de 30.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) de activos o, más de 200 trabajadores, en los términos establecidos para tales efectos en los decretos 2784 de 2012 y 3022 de 2013 y normas posteriores que los modifiquen, adicionen o sustituyan

4. Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para las normas de aseguramiento de la información.Por el cual se reglamenta la Ley 1314 de 2009 sobre el marco técnico normativo para las normas de aseguramiento de la información.

5. Funciones de fiscalización

5.1. Cerciorarse de que las operaciones de las entidades se ajustan a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de los órganos sociales, y concluir si los actos de los administradores se ajustan a las disposiciones citadas

5.2. Denunciar las irregularidades que identifique en el funcionamiento de la sociedad y en el desarrollo de sus negocios, a los órganos sociales y a la administración del cliente. Esta comunicación debe hacerse de manera escrita.

5.3. Impartir instrucciones con el objetivo de establecer un control permanente sobre los controles sociales.

6. Función de dictaminación

6.1. Autorizar con su firma cualquier balance que se haga con su dictamen o informe.

7. contribuir al desarrollo de economías internacionales sólidas mediante el establecimiento de normas profesionales de alta calidad y la promoción de la adherencia a las mismas, fomentar la convergencia internacional de dichas normas y pronunciarse sobre cuestiones de interés público allí donde la especialización de la profesión es más relevante

8. Independencia; (b) Integridad; (c) Objetividad; (d) Competencia y diligencia profesional; (e) Confidencialidad; (f) Actuación profesional; y (g) Normas técnicas