Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por Mind Map: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

1. Artículo 26

1.1. A) Plan Nacional de desarrollo

1.1.1. Sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.

1.1.1.1. Recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo.

1.1.1.1.1. Programas sectoriales y regionales

1.1.2. Poder Ejecutivo

1.1.2.1. Establecerá los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo.

1.2. B) Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica

1.2.1. A cargo de un organismo con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, con las facultades necesarias para regular la captación, procesamiento y publicación de la información que se genere y proveer a su observancia.

1.2.1.1. 5 miembros (1 sera el presidente)

1.2.1.1.1. Nombramiento por el ejecutivo o por la cámara de senadores.

1.2.1.2. Unidad de Medida y Actualización

1.2.2. Información publicada es oficial y obligatoria.

1.2.2.1. Bajo principios de accesibilidad a la información, transparencia, objetividad e independencia

1.3. C)Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social

1.3.1. Órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

1.3.1.1. Integrado por un presidente (5 años) y 6 consejeros (4 años)

1.3.1.1.1. Nombramiento por el ejecutivo, sino por la cámara de diputados por mayoría de 2/3.

1.3.1.1.2. Ciudadanos mexicanos

1.3.1.1.3. Sin cargo político

1.3.1.1.4. En base a curriculum , 10 años de experiencia en Desarrollo Social

1.3.1.1.5. Informe anual a los poderes de la unión

1.3.2. A cargo de la medición de la pobreza y de la evaluación de los programas, objetivos, metas y acciones de la política de desarrollo social.

1.3.3. Emite recomendaciones en los términos que disponga la ley.

2. Artículo 73

2.1. Facultades del Congreso de la Unión

2.1.1. Fracción XVI

2.1.1.1. Dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.

2.1.1.1.1. 1a Consejo de Salubridad General

2.1.1.1.2. 2a Epidemias de carácter grave o peligro de invasión por enfermedades exóticas la Secretaria de Salud deberá emitir medidas de prevención

2.1.1.1.3. 3a Autoridad sanitaria ejecutiva

2.1.1.1.4. 4a Campañas contra alcoholismo y sustancias nocivas y contra contaminación del medio ambiente emitidas por el Consejo de Salubridad, después serán revisadas por en Congreso en su competencia.

3. Artículo 123

3.1. "Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley".

3.1.1. Apartado A

3.1.1.1. Todo contrato de trabajo:

3.1.1.1.1. Fraccción I

3.1.1.1.2. Fracción II

3.1.1.1.3. Fracción III

3.1.1.1.4. Fracción IV

3.1.1.1.5. Fracción V

3.1.1.1.6. Fracción XXIX

3.1.2. Apartado B

3.1.2.1. Fracción XI

3.1.2.1.1. La seguridad social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas:

4. Artículo 4

4.1. Varón y mujer iguales ante la ley

4.2. Derecho sobre tener hijos

4.3. Derecho a alimentación

4.4. Derecho a la protección a la salud

4.5. Derecho a un medio ambiente sano

4.6. Acceso, disposición y saneamiento del agua.

4.7. Disfrutar de vivienda digna y decorosa

4.8. Derecho a tener una identidad.

4.9. Derechos de los niños y su custodia.

4.10. Derecho a la cultura

4.11. Cultura física y ejercicio

5. Artículo 5

5.1. "A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos".

5.1.1. Solo por vedo judicial o resolución gubernamental

5.1.2. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, únicamente por resolución judicial.

5.1.3. Cada entidad federativa determinará las profesiones que requieran título para ejercer su profesión.

5.1.4. Nadie podrá ser obligado a prestar sus servicios sin la adecuada retribución y su consentimiento.

5.1.5. Servicios públicos serán obligatorios en base a la ley, cargos electorales y censales serán obligatorios y gratuitos y retribuidos en los profesionales que dicte la ley, servicios profesionales obligatorios y retribuidos conforme a ley.

5.1.6. El Estado no puede permitir que se lleve a efecto ningún contrato, pacto o convenio que tenga por objeto el menoscabo, la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad de la persona por cualquier causa, ni tampoco convenio que lo obligue al destierro, renuncia temporal o permanente de su profesión , industria o negocio.

5.1.7. El contrato de trabajo sólo obligará a prestar el servicio convenido por el tiempo que fije la ley, sin poder exceder de un año en perjuicio del trabajador.

5.1.7.1. Incumplimiento de dicho contrato = responsabilidad civil