NIA 240, Responsabilidad del auditor en relación con el fraude en una auditoría de Estados Financ...

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NIA 240, Responsabilidad del auditor en relación con el fraude en una auditoría de Estados Financieros por Mind Map: NIA 240, Responsabilidad del auditor en relación con el fraude en una auditoría de Estados Financieros

1. El fraude puede presentarse como resultado de la presión que ejercen terceros sobre la administración o empleados

1.1. para cumplir con metas establecidas, sobrepasando el control interno y principios y valores.

2. Cuando hablamos de fraude, lo relacionamos con un concepto que tiene implicaciones legales, sin embargo el auditor no hará consideraciones legales de si ha ocurrido un fraude, el auditor lo entenderá como la causa de errores intencionales de importancia relativa en los estados financieros.

2.1. establecer errores que son resultado de información financiera fraudulenta

3. La administración y/o encargados de la entidad, tienen la responsabilidad de la prevención y detección de fraude.

3.1. Es por esto que la entidad debe enfocarse a la prevención del fraude, lo que puede reducir la posibilidad de que se presente

4. Diferencias entre fraude y error según las Normas Internacionales de Auditoría:

4.1. Los errores no son intencionales.

4.2. El fraude es intencional.

5. presenta las responsabilidades del auditor con respecto al fraude en auditorias de estados financieros

5.1. Cuando el auditor inicia el trabajo de auditoria puede encontrar representaciones erróneas en los estados financieros que pueden surgir de errores o fraude

5.2. determinar si la representación errónea se debe a fraude o error

5.3. si el error es intencional o no en los estados financieros.

5.4. debe identificar y evaluar los riesgos

5.5. obteniendo la evidencia suficiente y apropiada, para diseñar e implementar los procedimientos necesarios y responder de manera apropiada.

6. REQUERIMIENTOS

6.1. EXCEPTICISMO PROFESIONAL

6.1.1. Indicios de falta de autenticidad de los documentos examinados.

6.1.2. Respuestas incongruentes de la dirección u órgano de administración.

6.1.3. La indagación de estos hechos puede consistir en confirmaciones con terceros o incluso recurrir a expertos para valorar la autenticidad de los documentos.

6.2. DISCUSIÓN ENTRE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DE TRABAJO

6.2.1. Deberá tratarse el tema del fraude de forma objetiva: posibilidad de que existan incorrecciones debidas a fraude, partidas posiblemente afectadas y forma de comisión.

6.3. PROCEDIMIENTOS DE VALORACIÓN DEL RIESGO

6.3.1. Procedimientos para la identificación de riesgos de incorrección material debida a fraude

6.3.1.1. Indagaciones ante la Dirección

6.3.1.2. Indagaciones ante el órgano de administración

6.3.1.3. Procedimientos analíticos

6.3.1.4. Otra información

6.3.2. Identificación de factores de riesgo de fraude

6.3.2.1. RACIONALIZACIÓN

6.3.2.2. OPORTUNIDAD

6.3.2.3. MOTIVACIÓN

6.4. IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DEL RIESGO DE INCORRECCIÓN MATERIAL DEBIDA A FRAUDE.

6.4.1. Los riesgos debidos a fraude deben considerarse SIGNIFICATIVOS, por lo que debe analizarse el control de la entidad para su prevención y detección.

6.5. RESPUESTAS A LOS RIESGOS VALORADOS DE INCORRECCIÓN MATERIAL DEBIDA A FRAUDE

6.5.1. Respuestas globales: imprevisibilidad de las pruebas, escepticismo profesional, especialización del equipo del encargo.

6.5.2. Respuestas al fraude en afirmaciones: modificación de las pruebas, de su momento de realización o de su extensión, evidencias adicionales.

6.5.3. Respuestas al riesgo de elusión de controles por la dirección: este riesgo siempre existirá y debe valorarse como significativo.

6.6. EVALUACIÓN DE LA EVIDENCIA DE AUDITORÍA

6.6.1. Procedimientos analíticos en fase final de auditoría: por si pudieran evidenciar riesgo de incorrección material debida a fraude.

6.6.2. Incorrecciones detectadas:

6.6.2.1. o Aunque no sean materiales, se valorará si pueden ser debidas a fraude o evidenciar incorrecciones materiales debidas a fraude.

6.6.2.2. o Si son debidas a fraude, aunque no sea material, y la dirección está implicada, deberá reevaluarse el riesgo de incorrección material debida a fraude y si deben ampliarse o modificarse las respuestas al mismo.

6.6.2.3. o Si son incorrecciones materiales debidas a fraude, se evaluará su implicación para la auditoría conforme a la NIA 450 (evaluación de las incorrecciones) y 700 (emisión de informe).

6.7. IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR CON EL ENCARGO

6.7.1. Se requiere la existencia de justa causa para renunciar al encargo.

6.7.2. o Se considera justa causa: existencia de amenazas que comprometan la independencia u objetividad del auditor e imposibilidad absoluta de realizar el trabajo por circunstancias no imputables al auditor.

6.7.3. o No se consideran justa causa las divergencias de opiniones sobre tratamientos contables o procedimientos de auditoría.

6.7.4. o Debe comunicarse la renuncia a la sociedad auditada

6.8. MANIFESTACIONES ESCRITAS

6.8.1. el apartado 39 de la NIA contiene cuestiones relativas al fraude que la dirección y administradores deberán manifestar por escrito (carta de manifestaciones).

6.9. COMUNICACIONES A LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRADORES

6.9.1. A la dirección: fraude o indicios de fraude detectados.

6.9.2. Al órgano de administración: fraude o indicios de fraude detectados que den lugar a incorrección material en las Cuentas o en los que esté implicada la dirección o el personal responsable del control interno.

6.10. COMUNICACIONES A LAS AUTORIDADES REGULADORAS Y DE SUPERVISIÓN

6.10.1. en este punto al NIA se remite a la legislación específica aplicable.

6.11. DOCUMENTACIÓN