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teoría del proceso

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1. Proceso y realidad.

1.1. La utilidad que puede derivarse de una teoría general del proceso para la operación especifica de las instituciones procesales en la realidad plantean la conveniencia y la necesidad de hacer aterrizar la teoría en necesidades especificas.

1.1.1. j

2. Elaboraciones teóricas de la disciplina procesal.

2.1. Un primer aspecto a destacar es que una teoría del proceso común comprende principios y garantías que pueden beneficiar a los distintos procesos específicos.

2.1.1. j

2.2. La unidad de una teoría del proceso hace posible que se adopten con mayor facilidad en uno u otro tipo de proceso los grandes principios rectores del otro.

2.2.1. j

2.3. Asegura la eficacia de la norma material y regula el mecanismo para su aplicación y cumplimiento.

2.3.1. j

2.4. La unificación respecto al fin del proceso, según la cual el fin del proceso es resolver un conflicto intersubjetivo declarando las consecuencias jurídicas de dicho acto.

2.4.1. j

3. Definición

3.1. La teoría del proceso puede definirse como el conjunto de conceptos, instituciones y principios comunes a las distintas ramas del enjuiciamiento.

4. Los tipos de proceso, similitudes entre proceso penal y civil.

4.1. En ambos procesos las partes dependen de un participante heterónomo que va a realizar la adjudicación.

4.1.1. j

4.2. Las partes deben estar dispuestas como adversarios, es decir cada una debe estar en posición de enterarse de los planteamientos de la otra y refutarlos con defensa.

4.2.1. j

4.3. En ambos procesos hay que mostrarle al juez que los hechos ocurrieron de determinada manera.

4.3.1. j

4.4. En ambos procesos funciona de igual manera el razonamiento del juez. fijación,interpretación y calificación de los resultados.

4.4.1. j