CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS CIVILES Y LOS ELEMENTOS CONSIDERADOS PARA SU ESTUDIOpor Yssel Corado
1. NEGOCIO JURÍDICO: El acto integrado por una o varias declaraciones de voluntad privada, dirigidas a la obtención de un efecto jurídico.
2. CONTRATO: Acuerdo de voluntades anteriomente divergentes, por virtud de la cual las partes que intervienen crean, modifican o extiguen una relación de carácter patrimonial.
3. CONTRATANTES: Partes que intervienen en el Negocio Jurídico y expresan su voluntad de acuerdo sobre un objeto de interés jurídico.
4. NUESTRA LEY: Ver ARTICULOS 1517 Y 1518 C. CIVIL
5. Clasificación de los CONTRATOS atendiendo a su FINALIDAD Y PROPOSITO:
6. PREPARATORIOS: Compromiso de celebrar un contrato a futuro. EJEMPLO: PROMESA DE VENTA
7. TRASLATIVOS DE DOMINIO: Son contratos donde se transmite el bien y la transmisión de la titularidad de los derechos que sobre el mismo se tienen, siempre bajo la perspectiva de que las partes concertantes cumplan con lo que les incumba obligacionalmente. EJEMPLO: Compraventa, donación, permuta.
8. TRASLATIVOS DE USO:A diferencia de los contratos que trasladan la propiedad, aquí se traslada el uso,incluso el dominio de los bienes, pero no la propiedad. Este tipo de contrato puede ser oneroso o gratuito y siempre se trasladará el uso y goce del bien mueble o inmueble, sin embargo no se trasladará la propiedad, la cual siempre será del que contrata con un tercero.Tiene como objeto transmitir el uso o goce temporal de un objeto y; el pago de una renta en dinero o en especie. EJEMPLO: Contrato de arrendimiento, Subarrendimiento o Contrato de comodato.
9. FINALIDAD COMÚN: Compromiso colectivo en la realización de una actividad, como la Sociedad Civil
10. DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: Encomienda la realización de uno o más actos onerosos. EJEMPLO: Contrato de servicios de obra, profesionales, Asesorias Profesionales
11. ALEATORIOS: Seguro, apuestas, lotería, rifas y juegos.
12. GARANTIA: Son aquellos contratos accesorios que se suscriben para asegurar el cumplimiento de un contrato principal. Así, sólo serán exigibles cuando no se cumpla la prestación principal. EJEMPLO: Fianza, Hipoteca y prenda
13. QUE RESUELVAN CONTROVERIAS:Ejemplo: La Transacción: La transacción es un contrato por medio del cual, las partes haciéndose reciprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura.
14. OTROS TIPOS DE CONTRATOS
15. CONTRATOS ATÍPICOS: Son todos los demás que se rigen fundamentalmente por las normas generales de los contratos, así como las de los contratos parecidos. (AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD)
16. CONTRATOS NOMINADOS: Contratos que se les asigna una denominación especial, tienen en el Código Civil o en leyes especiales un tratamiento que regla su formación y efectos.
17. CONTRATOS INNOMINADOS: De conformidad con la autonomía de la voluntad y por la fuerza obligacional de los contratos y según lo más conveniente para las partes.
18. DIFERENCIAS ENTRE UN CONTRATO CIVIL Y UNO MERCANTIL:
19. 1. Las obligaciones Mercantiles son eminentemente Onerosas y deben cumplirse a través de un COMERCIANTE en un negocio propio.
20. En materia CIVIL el interes es fijo y determinado en forma anual, mientras que en MERCANTIL por las fluctuaciones del mercado no es posible fijar una tasa determinada de interés legal.
21. UNILATERAL: Cuando la obligación recae sobre una de las partes contratantes, genera obligaciones para una SOLA de las partes contratantes.
22. BILATERAL: Ambas partes se obligan recíprocamente, generalmente son oneros. EJEMPLO: en un contrato de compraventa el vendedor se obliga a entregar la cosa y el comprador a pagar el precio.
23. REALES: Se requiera para su perfección la entrega material de la cosa.
24. PRINCIPALES: Contratos que subsisten por sí solos. EJEMPLO: Compraventa, contrato de arrendamiento
25. Los CONTRATOS según lo establecido en normas del código civil se dividen en distintos clasificados
26. ACCESORIOS: Cuando tiene por objeto el cumpliento de otra obligación. Depende de otro para poder existir. EJEMPLO: Contrato de prenda que se da para garanticas el pago el préstamo.
27. ONEROSOS: Aquel en que se estipula provechos y gravámenes recíprocos.
28. GRATUITO: Aquel en que el provecho es solamente para una de las partes, solo una de las partes se propone proporcionar al otro una ventaja sin equivalente alguno. EJEMPLO: Donación
29. CONMUTATIVOS: Cuando las prestaciones que deban las partes son ciertas y determinadas desde que se celebra el contrato, de tal suerte que ellas pueden apreciar inmediatamente el beneficio o la périda que les cause este.
30. FORMALES: Son los que se requiere una forma escrita, pública o privada para la validez del mismo: EJEMPLO: Testamento
31. ALEATORIOS: Cuando la prestación debida depende de un ACONTECIMIENTO INCIERTO que determina la ganancia o pérdida, desde el momento en que ese acontecimiento se raliza. EJEMPLO: BIllete de Loteria.
32. INSTANTANEOS: Los que se cumplen en el mismo momento en que se celebran. El pago de las prestaciones se lleva a cabo en un solo acto. EJEMPLO: Compraventa.
33. DE TRACTO SUCESIVO: El cumplimiento de las prestaciones se realiza en un período determinado.
34. CONTRATOS TIPÍCOS: Son aquellos que cuentan con una Regulación Sustancial en las LEYES, es decir aquellos cuyas características esenciales, nacimiento y ejecución se encuentra regulados en la ley.