LEY 181 DE ENERO DEL 1995

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LEY 181 DE ENERO DEL 1995 por Mind Map: LEY 181 DE ENERO DEL 1995

1. Fomentar la adecuada seguridad social de los deportistas y velar por su permanente aplicación

1.1. Apoyar de manera especial la promoción del deporte y la recreación en las comunidades indígenas a nivel local, regional y nacional representando sus culturas.

1.1.1. El constante aumento y la importancia del desempeño deportivo exitoso de las selecciones nacionales, departamentales, municipales y clubes, representa un componente de prestigio para la comunidad y su contexto. Por ello, las organizaciones deportivas, en conjunto con el público en general, indagan sobre la creación constante de sistemas eficaces que propug-nen por la preparación deportiva. Este fenómeno genera, además, interés en las clases po-líticas con el fin de participar activamente. Por ende, el Estado se ve en la obligación de legislar al respecto. Cada país posee un marco regulatorio para las actividades deportivas, e incluso es conside-rado como derecho fundamental, instaurado en la constitución nacional, cumpliendo de esta manera con lo establecido en el artículo 1 de la Carta Internacional de la Educación Física y del Deporte UNESCO (1978). Así mismo, algunas naciones desarrolladas han ido más allá, estableciendo parámetros regulatorios para el desarrollo de la actividad profesional, como dirigente de procesos pedagógicos y deportivos, siendo cada vez más cualificados y diversos.

1.1.1.1. LEY DEL ENTRENADOR

2. AUTOR: JOSE LUIS MAHECHA LEZMES

3. CLASIFICACIONES

3.1. El deporte en general. es la específica conducta humana caracterizada por una actitud lúdica y de afán competitivo de comprobación o desafío expresada mediante el ejercicio corporal y mental, dentro de disciplinas y normas.

3.2. Deporte formativo. Es aquel que tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral del individuo. Comprende los procesos de iniciación, fundamentación y perfeccionamiento deportivos.

3.2.1. Deporte social comunitario. Es el aprovechamiento del deporte con fines de esparcimiento, recreación y desarrollo físico de la comunidad. Procura integración, descanso y creatividad

3.3. Deporte social comunitario. Es el aprovechamiento del deporte con fines de esparcimiento, recreación y desarrollo físico de la comunidad. Procura integración, descanso y creatividad.

3.3.1. Deporte asociado. Es el desarrollo por un conjunto de entidades de carácter privado organizadas jerárquicamente con el fin de desarrollar actividades y programas de deporte competitivo de orden municipal, departamental, nacional e internacional que tengan como objeto el alto rendimiento de los deportistas afiliados a ellas.

3.4. Deporte profesional. Es el que admite como competidores a personas naturales bajo remuneración, de conformidad con las normas de la respectiva federación internacional.

3.4.1. Deporte profesional. Es el que admite como competidores a personas naturales bajo remuneración, de conformidad con las normas de la respectiva federación internacional.

3.5. IMAGEN

4. CAPITULO I

4.1. MAS INFORMACIÓN

4.2. El objetivo especial de la presente Ley, es la creación del Sistema Nacional del Deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extra escolar y la educación física.