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DECRETO 2270 DE 2019 por Mind Map: DECRETO 2270 DE 2019

1. hace parte integral del presente decreto, se derogan las disposiciones vigentes del decreto 2649 de 1943

2. se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en colombia

3. actualiza las Normas de Aseguramiento Internacional (NAI) vigentes en Colombia. se actualizaron los siguientes estándares:

3.1. • NIA 250- Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros. • NIA 720- Responsabilidades del auditor relacionadas con otra información en documentos que contienen estados financieros auditados. • NIA 800- Auditoría de estados financieros bajo un marco con fines específicos. • NIA 805 – Auditorías de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero. • NIA 810- Encargos para informar sobre estados financieros resumidos. • ISEA 3000- Trabajos para Atestiguar Distintos de Auditoría o Revisiones de Información Financiera Histórica.

3.1.1. la NIA 701 sólo debe ser aplicada a los dictámenes de estados financieros al 31 de diciembre de 2019 de empresas que coticen sus títulos en la bolsa de valores.

4. el Marco Conceptual 2018 emitido por el IASB que define los «activos» como «derechos» sigue siendo un «activo» porque se tiene el «derecho» sobre este bien, otorgado por la propiedad legal.

5. incluye siete cambios importantes que son:

6. Mantiene los mismos artículos del Decreto 2649 de 1993 (título III) sobre registros y libros. en lo que la Supersociedades ha sido clara y enfática, diciendo que puede usarse el mismo plan de cuentas de siempre, con o sin adaptaciones. Es claro que las NIIF se refieren a presentación de Estados Financieros y a criterios como la medición inicial al costo y la medición posterior de estimaciones.existe un solo libro, que es el libro oficial de siempre, y en ese mismo se registran las diferencias, como las del valor razonable. Así lo dijo el Consejo Técnico de la Contaduría en su Concepto 577 de 2014 y lo ordena el artículo 772-1 del Estatuto Tributario.

7. Anexa la Norma Internacional de Control de Calidad (NICC), «El control de calidad es solicitado en las visitas de la Junta Central para determinar si los contadores públicos están aplicando también estándares internacionales de auditoria, si están documentando la aplicación del código de ética profesional y si están considerando las salvaguardas para los servicios profesionales, lo que mejora el ejercicio profesional en el país«.

8. «Anexo No. 6» «estados financieros extraordinarios, asientos, verificación de las afirmaciones, pensiones de jubilación y normas sobre registros y libros» con las siguientes características:

8.1. a. están sujetos a la NIA 315.A129 en cuanto a las afirmaciones sobre (i) transacciones y hechos, (ii) saldos contables y (c) revelaciones.

8.2. b. Crea una nueva excepción a las NIIF en Colombia en cuanto a las pensiones de jublicación, se aplicará el artículo 77 del Decreto 2649 de 1993, modificado por el Decreto 4565 de 2010

8.3. c. vigente el artículo 90 del Decreto 2649 de 1993 en cuanto a la cuenta de revalorización del patrimonio que proviene de los ajustes por inflación, cuestión que no sería aplicable porque estos ajustes debieron eliminarse en su momento contra los ajustes de adopción por primera vez, aunque se mantuvieren en una subcuenta.

9. Incluye la CINIIF 23 «Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias» que las empresas deben implementar mediante una auditoría tributaria que debe documentarse como si la realizara la autoridad fiscal, es decir, aplicando los criterios de la DIAN y revelando las «Posiciones Fiscales Inciertas» que impliquen riesgos de revisión, negación de costos y deducciones, entre otros.

10. el párrafo 7 de la NIC 1 y el Marco Conceptual, para indicar que la materialidad es ”un aspecto de la relevancia especIfico de la entidad, basado en naturaleza o magnitud, o de las a las que se refiere la información en el contexto del informe financiero…»