MECANISMO DE ARREGLO PACÍFICO DE CONTROVERSIAS EN UNA SOCIEDAD INTERNACIONAL

MECANISMOS PACIFICOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS BSEC

Comienza Ya. Es Gratis
ó regístrate con tu dirección de correo electrónico
MECANISMO DE ARREGLO PACÍFICO DE CONTROVERSIAS EN UNA SOCIEDAD INTERNACIONAL por Mind Map: MECANISMO DE ARREGLO PACÍFICO DE CONTROVERSIAS EN UNA SOCIEDAD INTERNACIONAL

1. ¿Qué regula sus interacciones?

1.1. el Derecho Internacional

2. ¿Qué es una Sociedad internacional?

2.1. Interdependiente

2.2. Dinámica

2.3. Globalizada

2.4. Diversa

2.5. Heterogenea

3. Antecedentes de la regulación de los mecanismos de arreglo pacífico de controversias:

3.1. Las convenciones de la Haya

3.2. El Pacto de la Sociedad de Naciones

3.3. El Acta General para el arreglo pacífico de las controversias

3.4. El Protocolo de Ginebra

3.5. Carta de San Francisco (se convierte en un obligación general mediante el derecho internacional)

4. ¿Cómo se relaciona con la ONU?

4.1. Porque su objetivo central es el mantenimiento de la paz.

5. ¿Qué son las Controversias internacionales?

5.1. Son un desacuerdo sobre un punto de Derecho o de hecho, una oposición de tesis jurídica o de intereses entre dos Estados que tiene una existencia objetiva con independencia de que así sea reconocida por una parte.

5.2. Tipos de controversias por su cantidad de participantes:

5.2.1. Bilaterales

5.2.2. Multilaterales

5.3. Tipos de controversias por su medio de solución:

5.3.1. Jurisdiccionales

5.3.1.1. Son aquellas en las que la solución se alcanza a través de la aplicación del Derecho internacional, al que se acude en uso de la libertad soberana del Edo. para elegir el medio de solución.

5.3.2. Políticas

5.3.2.1. Los Edos. intentan alcanzar una solución mediante medios políticos, o sea, a través de procedimientos en los que siguen conservando su libertad de acción y decisión y en los que la solución alcanzada no es de por sí vinculante.

6. Tipos de medios:

6.1. Jurisdiccionales

6.1.1. Arreglo judicial

6.1.1.1. Utiliza la aplicación del D.Internacional para resolver discrepancias entre actores internacionales. Es un método judicial y diplomático.

6.1.2. Arbitraje

6.1.2.1. es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal de varios árbitros que dicta una decisión sobre la controversia que es obligatoria para las partes. Al escoger el arbitraje, las partes optan por un procedimiento privado de solución de controversias en lugar de acudir ante los tribunales.

6.2. Políticos o diplomáticos:

6.2.1. Buenos oficios y mediación

6.2.1.1. Es la intervención de un tercero en una disputa. Es aceptable, imparcial y neutral, que carece de poder autorizado sobre las partes de decisión para ayudar a las partes en conflicto a alcanzar voluntariamente su propio arreglo mutuamente aceptado.

6.2.2. Negociación

6.2.2.1. Es un proceso en el cual dos o más partes con un problema o un objetivo emplean técnicas diversas de comunicación, con el fin de obtener un resultado o solución que satisfaga de manera razonable y justa sus pretensiones, intereses, necesidades o aspiraciones.

6.2.3. Investigación, encuesta y determinación de hechos

6.2.3.1. Tiene como objetivo aclarar a través de la información diferencias que existan entre los Edos. involucrados en el conflicto por medio de una comisión especial que actúa como tercero.

6.2.4. Conciliación

6.2.4.1. Es un procedimiento dirigido especialmente a la solución de controversias internacionales mediante un comisión propuesta por individuos que busca términos no vinculantes.